Dos cuestiones:a) La primera es que compruebes si tienes la obligación y/o puedes presentaar las declaraciones de IVA.b) Si las facturas son de 2021 deben declararse en 2021. Pero si esas facturas corresponden a Inmovilizado (Como sería una furgoneta, una máquina cualquiera, etc. ) lo declaras como tal y podrás desgravarte la parte proporcional en diez ó en 20 años, lo que tú elijas.c) Puedes hacer una consulta VINCULANTE a Hacienda para no tener pegas después.Saludos