Hola,
Según comentas el inicio de la operación fué posterior al 1994, por lo que no procede aplicar coeficientes de abatimiento, y por tanto creo que es correcto que te retengan el 19%.
Otra cosa será en el momento de efectuar la declaración de IRPF que tendrás que valorar las bonificaciones del 75% y 40%
En la respuesta que me hace Harko hay un enlace del al.rodrigo muy instructivo.
Saludos,