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Rolandojavier

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Rolandojavier 19/12/18 17:07
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Buenas tardes, Jorge Escribo de nueva cuenta, para que por favor me puedas orientar para ver que puedo hacer con respecto a que ingrese un escrito de inconformidad en la Subdelegacion 2 del IMSS " SANTA MARIA LA RIBERA" desde el dia 27 de Julio del presente año en el cual hago mencion que en la resolucion de pension que me entregaron el dia 20 de julio de este mismo año, no estan en primer lugar considerando mis 1400 semanas cotizadas, las cuales ya habia tramitado en en el formato que ellos mismo me dieron en esa misma subdelegacion 2 y que se llama SOLICITUD DE ACLARACION DE SEMANAS COTIZADAS, este formato lo recibieron el dia 14 de Marzo del 2018 y medieron respuesta hasta finales del mes de Mayo y me estan considerando las 1400 semanas cotizadas, por lo cual inicie el tramite de mi Pension,misma que me dieron respuesta el 20 de Julio del cual ya hice mencion al principio de este mensaje. Hasta la fecha 29 de Noviembre no me han dado una respuesta a mi ESCRITO DE INCONFORMIDAD para que ya quede considerado a la fecha de mi tramitacion de Pension las 1400 semanas. El segundo punto que exprese en mi ESCRITO DE INCONFORMIDAD es que ellos me estan considerando el 75% de la pension, ya que dicen que me consideran los 60 años cumplidos al dia 7 de Septiembre del 2016 y no al 26 de Junio del 2018 cuando inicie mi tramite de pension en mi clinica de adscripcion y en el que entonces tenia 61.9 años de edad. y de acuerdo a la resolucion de la Tesis Jurisprudencial 5/2017 (10a) y por ende de aplicacion obligatoria a partir del Lunes 30 de Enero del 2017 del articulo 182 de la Ley del IMSS de 1973 que prevé un periodo de conservación de derechos en materia de pensiones igual a 1/4 parte de las semanas cotizadas. que en mi caso serian las 350 semanas ó 6.73 años. Ellos me alegan los de la Subdelegacion 2 que al momento de mi baja 24 de Octubre del 2014 y que deje de cotizar en el IMSS tenia 58 años y que ellos consideran la conservacion de derechos hasta el año 2016 cuando yo cumplia los 60 años, y no hasta la fecha en la que yo realice mi tramite de pension que fue en este 2018. Gracias por el tiempo prestado para leer este mensaje. Saludos
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Rolandojavier 29/11/18 22:56
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Buenas tardes, Jorge Escribo de nueva cuenta, para que por favor me puedas orientar para ver que puedo hacer con respecto a que ingrese un escrito de inconformidad en la Subdelegacion 2 del IMSS " SANTA MARIA LA RIBERA" desde el dia 27 de Julio del presente año en el cual hago mencion que en la resolucion de pension que me entregaron el dia 20 de julio de este mismo año, no estan en primer lugar considerando mis 1400 semanas cotizadas, las cuales ya habia tramitado en en el formato que ellos mismo me dieron en esa misma subdelegacion 2 y que se llama SOLICITUD DE ACLARACION DE SEMANAS COTIZADAS, este formato lo recibieron el dia 14 de Marzo del 2018 y medieron respuesta hasta finales del mes de Mayo y me estan considerando las 1400 semanas cotizadas, por lo cual inicie el tramite de mi Pension,misma que me dieron respuesta el 20 de Julio del cual ya hice mencion al principio de este mensaje. Hasta la fecha 29 de Noviembre no me han dado una respuesta a mi ESCRITO DE INCONFORMIDAD para que ya quede considerado a la fecha de mi tramitacion de Pension las 1400 semanas. El segundo punto que exprese en mi ESCRITO DE INCONFORMIDAD es que ellos me estan considerando el 75% de la pension, ya que dicen que me consideran los 60 años cumplidos al dia 7 de Septiembre del 2016 y no al 26 de Junio del 2018 cuando inicie mi tramite de pension en mi clinica de adscripcion y en el que entonces tenia 61.9 años de edad. y de acuerdo a la resolucion de la Tesis Jurisprudencial 5/2017 (10a) y por ende de aplicacion obligatoria a partir del Lunes 30 de Enero del 2017 del articulo 182 de la Ley del IMSS de 1973 que prevé un periodo de conservación de derechos en materia de pensiones igual a 1/4 parte de las semanas cotizadas. que en mi caso serian las 350 semanas ó 6.73 años. Ellos me alegan los de la Subdelegacion 2 que al momento de mi baja 24 de Octubre del 2014 y que deje de cotizar en el IMSS tenia 58 años y que ellos consideran la conservacion de derechos hasta el año 2016 cuando yo cumplia los 60 años, y no hasta la fecha en la que yo realice mi tramite de pension que fue en este 2018. Gracias por el tiempo prestado para leer este mensaje. Saludos
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Rolandojavier 25/07/18 22:20
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Jorge, buenas tardes. Creo que no me expliqué bien. La baja de la empresa fue el 24 de octubre del 2014. Tengo 1400 semanas cotizadas, fecha de nacimiento 7 de septiembre de 1956. Empecé hacer mi trámite en el imss para la pensión de cesantia en edad avanzada en marzo del 2018. La resolución me la dieron el 20 de julio del 2018, pero únicamente me están contabilizando 1158 semanas cotizadas y el 75% de la pensión al año 2016 con 60 años. Estoy elaborando mi Recurso de inconformidad contra la resolución emitida por semanas cotizadas que deben de ser 1400 y por el porcentaje de la pensión que debe de ser mayor a los 75% que me están dando. Esto conforme a la tesis de jurisprudencia publicada el 27 de Enero del 2017 correspondiente al artículo 182 de la ley del seguro social de 1973 vigente hasta el 30 de junio del 1997 en la que prevé un periodo de conservación de derechos en materia de pensiones, la cual a la letra dice "pues extiende el beneficio para ejercer los derechos adquiridos en los seguros de invalidez, vejez, cesantia en edad avanzada y muerte por un periodo igual a la CUARTA PARTE DEL TIEMPO COTIZADO, el cual no puede ser menor de 12 meses. En virtud de esa norma legal, la baja del asegurado no implica que, desde ese momento, deje de gozar del derecho a obtener una pensión en los ramos mencionados, sino que el derecho que hubiese adquirido en el tiempo de aseguramiento y que no haya ejercido a la fecha de la BAJA, se extiende por el periodo señalado por la ley"... entiendo que me corresponde la conservación de derechos a 350 semanas (6.73 años) por la cuarta parte del tiempo cotizado de mis 1400 semanas.
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Rolandojavier 25/07/18 03:22
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Jorge, buenas tardes. Ya tengo mi resolución de pensión. La duda que tengo es que únicamente me están pagando el 75% de la pensión como si tuviera 60 años. El 7 de septiembre del 2018 cumplo 62 años. Y me dieron de baja de la empresa el 24 de octubre del 2014. La resolución de la pensión me la dieron el 20 de julio del 2018. Es correcto que me estén pagando el 75 % de la pensión por cesantia en edad avanzada la considera el IMSS con fecha 7 de septiembre del 2016. Gracias y espero tu comentario al respecto. Saludos
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Rolandojavier 26/03/18 21:01
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Gracias por la información. Si decido pensionarme en estos momentos que estoy vigente con mis derechos ante el IMSS, Con cual LEY del seguro me conviene perdonarme con la de 1973 o 1997. Y si no ejercicio mi crédito del INFONAVIT tengo que tramitar mi aportación como trabajador y de la empresa ante que instancia. Gracias
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Rolandojavier 16/03/18 02:40
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Buenas tardes, me pienso dar de nuevo de alta ante IMSS por mi cuenta y quiero saber cuanto estaría pagando al bimestre si me doy de alta con mi ultimo salario formal que fue de (salario base de cotización) $ 547.54 esto fue en el año 24-10-2014. actualmente no estoy vigente en el IMSS y quiero pensionarme bajo la ley del IMSS de 1997. tengo mas de las 1250 semanas cotizadas. y requiero estar vigente con los derechos del IMSS para pensionarme. Cumplo 62 años en Septiembre de este año. Gracias por la orientación que me proporcionar. Saludos
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