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- Deducción por familia numerosa
Adjunto enlace del modelo 143 para solicitar el pago anticipado de esta deducción. Agencia Tributaria: Modelo 143. IRPF. Abono anticipado deducción de familia numerosa, por ascendiente con dos hijos o...
renciayera16/07/25 19:59
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Renta 2024 y plan MOVES III
"Bacalo" Da gusto leerteUn saludo
renciayera16/07/25 19:58
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Re: Renta 2024 y plan MOVES III
de
Bacalo
renciayera14/07/25 09:11
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Ayudas por nacimiento: mejor deducciones en IRPF u obtención de ayuda en efectivo.
Creo que es lo mismo.Como bien dices cualquier deducción no te rebaja el importe a pagar si no que lo que te baja es la base imponible del IRPF.En cuanto a cobrarla o no conrarla mes a mes pués igual lo mismo.Si no la cobras mes a mes pones la deducción y te rebaja la base imponible.Si la cobras pones la deducción te rebaja la base imponible y después le sumas lo cobrado con lo que te deja la base imponible igual que antes.Salvo superior criterio
renciayera13/07/25 16:10
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Donación colacionable
Gracias
renciayera13/07/25 11:39
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Donación colacionable
Perdón, me equivoque en los tercios de mejora y de libre disposiciónRenuevo el asunto inicial Una pregunta/duda.Una donación colacionable, se tiene que tener en cuenta a la hora del reparto de la herencia.El favorecido con la donación colacionable deberá descontar del importe a heredar el valor de la donación recibida en su día.Entiendo que sólo se tendrá en cuenta en el tercio de la "Legítima"Mejor con un supuestoDos hermanos A y BA recibe de su padre una donación colacionable valorada en 10.000,00Al fallecimiento del padre el caudal hereditario llega a 120.000,00* Terció de la legítima 120.000 / 3 = 40.000,00-----A repartir 40.000 + 10.000 = 50.000 / 2 = 25.000,00--------Hijo A ya recibió 10.000,00 Ahora recibe 25.000 - 10.000 = 15.000,00--------Hijo B recibirá su legítima completa = 25.000,00Tercio de mejora no varía = 40.000,00Tercio de libre disposición no varía = 40.000,00¿Es así? - Espero comentarios
renciayera13/07/25 11:33
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Donación colacionable
renciayera08/07/25 12:50
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Cambio de divisa: fiscalidad
Y no será mejorCasilla 0304 Si hay gananciasCasilla 0305 Si hay pérdidasEstas ganancias / pérdidas, no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales
renciayera08/07/25 09:56
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Cambio de divisa: fiscalidad
No te endiendoCasilla 0027 Intereses de cuentas y depósitos y de acios financierros en gererlCasilla 0028 Intereses deactivos financieros........Casilla 0029 Dividendos y demás renimiento.....Casilla 0030 Rendimientos de letras del Tesoro....Nada que ver con las casillas que indicas en tu comentario
renciayera07/07/25 18:45
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Cambio de divisa: fiscalidad
¿Pero en qué apartado del modelo se declaran'Rendimiento del capital mobiliario o Ganancias patrimoniales y¿En qué número de casilla?
renciayera02/07/25 09:59
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Modelo 130 autónomo con actividad exenta
El porcentaje del gasto de difícil justificación como bien dices para 2024 y 2025 es el 5%El 7% que te indican antes era para el 2023Un saludo
renciayera02/07/25 09:56
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Modelo 130 autónomo con actividad exenta
¿Casilla para el Iva en la declaración del IRPF?Supongo que te refieres a la casilla 0205 esta casilla solamente es para el Iva soportado en recargo de equivalencias y/o compensación de agricultura ganadería y pesca.El Iva soportado en actividad exenta va como más importe del gasto y ya se incluye como más gasto en las casillas correspondientes de Reparaciones, Suministros etc.Pienso que es así
renciayera26/06/25 10:36
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Ganancia patrimonial venta casa (Sin final de obra)
Entiendo que el valor de referencia se utiliza a los efectos delpago de impuestos, en la compraventa a los efectos de determinar una ganancia/pérdida patrimonial, los valores de adquisición y transmisión serán los efectivamente satisfechos,Ver consulta vinculante V1694-22
renciayera26/06/25 09:13
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Placas solares
Mira la consulta vinculante V2245-24 contesta literalmente tu pregunta
renciayera25/06/25 18:23
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Instalación Ascensor piso arrendado - Declaración renta
Entonces "Bacalo"Suponiendo que el ascensor (nuevo) en vivienda arrendada se instala el 1 de Julio. Este año haremos dos tipos de amortizacionesAscensor 3% del coste prorrateado a cada comunero por la mitad del período impositivoVivienda 3% del valor de construcción por la totalidad del período Al ejercicio siguiente ya será el 3% de ambos conceptosY habrá que controlar por separado las dos amortizaciones para no sobrepasar en ninguna de las dos el valor de coste.¿Es así?
renciayera25/06/25 17:59
Ha recomendado
Re: Instalación Ascensor piso arrendado - Declaración renta
de
Bacalo
renciayera24/06/25 12:07
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Modificaciones CNAE 2025
¿Esperando comentarios al respecto?
renciayera24/06/25 09:50
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Letras tesoro irpf - Declaración de la Renta
Seguramente porque tienes excesos de reducciones en tu base imponible general.Por ejemplo reducción por tributación conjunta Esta reducción se aplicará, en primer lugar, a la base imponible general sin que pueda resultar negativa como consecuencia de tal minoración. El remanente, si lo hubiera, minorará la base imponible del ahorro, que tampoco podrá resultar negativa.
renciayera24/06/25 09:37
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Obligación Renta 2024
Copio y pego del manual IRPDF 2024 No están obligados a presentar declaración por la cuantía y naturaleza de las rentas obtenidas: (...) 2. Los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2024 exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital (mobiliario o inmobiliario) o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, sometidos o no a retención, hasta un importe máximo conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros, en tributación individual o conjunta Así que como entre los rendimientos íntegros del trabajo (20.500 Eu) y las ganancias patrimoniales (213 Eu) superas los 1.000 euros, estás obligado a declarar
renciayera23/06/25 10:38
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Lío con nuestro hijo en la declaración
RectificoEn la declaración conjunta del padre/madre con el hijo el importe de la reducción es de 2.150,0 EuCopio y pegob) En declaraciones conjuntas de unidades familiares formadas por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro (2ª modalidad de unidad familiar, en los casos de separación legal o cuando no exista vínculo matrimonial) se aplicará una reducción de la base imponible de 2.150 euros anuales, con carácter previo a las reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, incluidos los constituidos a favor de personas con discapacidad, así como a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad y a la Mutualidad de previsión social de deportistas profesionales previstas en la Ley del IRPF.Esta reducción se aplicará, en primer lugar, a la base imponible general sin que pueda resultar negativa como consecuencia de tal minoración. El remanente, si lo hubiera, minorará la base imponible del ahorro, que tampoco podrá resultar negativa.
renciayera23/06/25 09:19
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Lío con nuestro hijo en la declaración
Es que creo que hay dos conceptos:Por tibutación conjunta aquí solamente el contrbuyente que hace la declaración conjunta con su hijo Eu. 3.400,00, el otro nadaMínimo por descendientes aqui cada cónyuge debe de estipular el 50% de los 2.400,00 Eu. esdecir 1.200,00 cada unoSalvo superior criterio
renciayera22/06/25 20:01
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Reducción por inicio de una nueva actividad - Declaración de la Renta
Entiendo que SI en el manual del IRPF sólo cita como exclusion:ExclusiónLa reducción no resulta de aplicación en el período impositivo en el que más del 50 por 100 de los ingresos del mismo procedan de una persona o entidad de la que el contribuyente haya obtenido rendimientos del trabajo en el año anterior a la fecha de inicio de la actividad.