Es la decadencia de occidente, que es un proceso lento e irreversible, que sólo podrá observarse en su verdadera magnitud después de muchos años, en un libro de texto igual que los que hoy muestran la decadencia del imperio romano.
Menores márgenes: "Coto a la especulación inmobiliaria: Hacienda gravará las plusvalías logradas en menos de un año"
https://www.idealista.com/news/finanzas/fiscalidad/2017/11/22/749012-coto-a-la-especulacion-inmobiliaria-hacienda-gravara-las-plusvalias-logradas-en-menos
Jajajaj, como ya dijo Cervantes a propósito de la batalla de Lepanto: "la más alta ocasión que vieron los siglos pasados, los presentes, ni esperan ver los venideros"
Es cierto lo que dice mfmelo, no hay que fijarse tanto en el valor de tasación, sino en lo que crees que la propiedad vale, a lo que se pueda luego vender y a tus propios recursos monetarios. Hay veces que un 10% es caro y otras en que un 150% es barato.
Hay algo que parece que nadie ha comentado hasta ahora y que el ejemplo de esta subasta ilustra muy bien. En los frenéticos segundos finales se puede dar el caso de que uno de los postores (postor A) supere la última puja sin conocer que, décimas de segundo antes, el otro postor (postor B) ha ofrecido todavía más que él, y termina la subasta. El sistema ha registrado la puja del postor B antes que la del postor A, y como es superior se la adjudica provisionalmente el postor B. Pues bien, según el
art. 648.6 LEC "Serán admisibles posturas por importe superior, igual o inferior a la más alta ya realizada, entendiéndose en los dos últimos supuestos que consienten desde ese momento la reserva de consignación y serán tenidas en cuenta para el supuesto de que el licitador que haya realizado la puja igual o más alta no consigne finalmente el resto del precio de adquisición"
Según se desprende de la ley, el postor A ha reservado, sin saberlo, su postura con todas sus obligaciones y derechos que conlleva.
Cómo lo veis vosotros?
Un saludo
Completamente de acuerdo. Quien crea en este sistema oligárquico de partidos y acepte el inexistente sitema representativo, la ley electoral y la no separación de poderes, que acuda a votar a la lista que más le guste. Yo tampoco juego con estas reglas tramposas.
Saludos
Yo puedo contar un caso de la Caixa y, por extensión, de su comercializadora inmobiliaria Servihábitat, que me sucedió hace un par de años. El mismo día en que el banco se adjudica una finca por el importe total de la deuda, me pongo en contacto con el letrado del banco para interesarme por la cesión de remate. Me dijo que a partir de la celebración de la subasta tenía que ponerme ya en contacto con la comercializadora Servihabitat. Telefoneo y me presento en sus oficinas centrales, les pongo en antecedentes y les manifiesto mi intención de comprarles el remate, haciéndoles entender que si actuábamos rápido evitarían el pago del ITP, etc etc. Al haberse celebrado la subasta el día anterior, y no pertenecer al departamento jurídico del banco, sino al comercial, no tenían ni idea de qué les estaba hablando, así que me emplazaron a telefonear unos días más tarde para así darles tiempo a estudiar la cesión (y las posibilidades de la finca). Telefoneé durante días obteniendo sólo evasivas hasta que a las tres o cuatro semanas desistí y me olvidé del asunto.
Hace poco más de tres meses recibo una llamada desde Servihábitat, recordándome el asunto y preguntando que si seguía interesado. A mi pregunta sobre el precio me respondió con una cifra que calculé era el precio de adjudicación (que ya incluía I+C) más ITP, por lo que si quería quedármela habría yo de volver a pagar ITP sobre el nuevo precio. Un absurdo, y no me interesa. Me quedo sin finca y ellos con un bien sobrevalorado sin vender. Así funciona La Caixa por lo que a mi experiencia respecta.
Saludos
Yo creo que sí afecta negativamente al subastero, como dice Tristán. Al haber más postores la puja tenderá a elevarse. ¿Que habrá pardillos que pierdan su inversión? pues seguramente, pero eso no le arreglará la vida al profesional de las subastas.
Uy, perdón, donde dije art 257, quise decir art.657. Sorry.
Y no seré yo quien le lleve la contraria al gran Jotaerre. Puedes probar con ir al banco y decir que vienes a cancelar una hipoteca a nombre de (el deudor) por el motivo que se te ocurra. A ver qué te dicen.