Hola,
En mi caso reclamamos al Banco Santander y nos respondieron que no nos aceptaban la devolución de ningún gasto. Además, la carta tenía utilizaba términos como desleal refiriéndose a nuestra reclamación dado que acordamos unas condiciones en su momento y reclamar ahora sería como romper un acuerdo entre partes. También hacían referencia a la antigüedad de la hipoteca (pese a que es del 2010). Por la respuesta del Bando de Santander era como si las últimas resoluciones judiciales no fueran con ellos.
¿Alguien ha conseguido alguna devolución de gastos de hipoteca con el Banco Santander?
Saludos
Sí, este ha sido mi planteamiento hasta ahora, pero los tipos progresivos y las (relativamente) altas plusvalías que tengo acumuladas, me hacía dudar. Me preguntava si existia alguna estrategia mejor.
Tamppco tengo minusvalías para compensar, actualmente.
Gracias por las respuestas.
Por lo tanto interesa ir vendiendo anualmente para no pasar al tipo superior? Claro que si recompras existe el problema que cuando el fondo vuelve a subir, tributaria otra vez por la plusvalía.
Si se trata de dos plusvalías de 5.000 en dos fondos diferentes, el tipo sería el 19% en los dos casos?
Gracias
Por lo tanto, ¿en las declaraciones D6 y 720 se debería informar del fondo monetària con su correspondiente ISIN? en caso afirmativo ¿Cuales son los ISIN?
En DeGiro los gastos por conversión de moneda no se muestran de forma separada sinó incluidos en el apunte de cambio de moneda. También seria interesante tener el detalle de estos gastos para tenerlos en cuenta en la declaración del IRPF.
Sí, en este caso existe la adjudicación en los términos que te había comentado.Mi abogado no me ha comentado que esto fuera irregular...
Respecto a los intereses he encontrado esta respuesta en otra web:
Para saber si la legítima devenga algún tipo de interés tendremos que estudiar si el causante ha realizado alguna previsión al respecto. Si es así, estaremos a lo que haya dispuesto el causante y, en caso de que no se haya dispuesto nada en particular, la legítima devengará el interés legal desde la muerte del causante.