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Justificación deducción de vivienda habitual
Una currada cojonuda!!
pero si en Junio no sabemos nada aun... que hacemos?
Si ellos abren expediente tb para los años anteriores pero a mi me llega la carta....pongamos por caso el 2 de Julio, dariamos por prescrito el año 2009? o como ellos lo han abierto el XX de Junio pringo igual?
RaulFer05/04/14 23:22
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Justificación deducción de vivienda habitual
Por lo q veo de 2010 y 11 ya te lo han dicho ellos, y de 2009 has tenido q llevar tu las facturas...
Se han pasado un poco contigo, no.?
Desde q te llego la primera carta cuanto ha pasado hasta la carta de solicitud de facturas... De 2009?
Ánimo, lo siento. Una panda de HP
RaulFer05/04/14 16:30
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Justificación deducción de vivienda habitual
Entonces Chimo con lo que dice amphi76.. que te reclamen 2009 no es correcto sin saber el gasto
RaulFer05/04/14 16:08
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Justificación deducción de vivienda habitual
Entonces Chimo nos damos por jodidos....
me doy por jodido!!
Ahora veremos si me dan caña solo por 2012 o por los 4 enteros.... dios que llegue pronto el 30 de Junio y nos quitamos la de 2009.......
Si se alega que no habia mala Fe no quitan la sancion? (ahi te ahorrarias una pastaaaaaa)
Chimo, puedes pagarlo en comodos plazos? o te obligan ha pagarlo al mes?
Chimo, eso que digiste de que te imputaban la vivienda como renta,...., como ha quedado? eso no puede ser!
RaulFer04/04/14 22:17
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Justificación deducción de vivienda habitual
Chimo....
Hay algo que no entiendo
Pq os mandan la liquidación de 2009 al 2012, sin comprobar por ejemplo los consumos de 2009-2010-2011?
No podría darse el caso q en 2012, no tuvieras consumos por ciertas circunstancias pero en años anteriores SI....
Como se sanciona sin esa comprobación?
RaulFer04/04/14 17:44
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Justificación deducción de vivienda habitual
TEAR
Los Tribunales Económico-Administrativos son el primer recurso al que los contribuyentes pueden acceder cuando estiman que una reclamación de Hacienda no es justa. Teóricamente son independientes, aunque estén formados por personal de la Agencia Tributaria, pero generalmente favorecen a la Administración frente al contribuyente.
En algunas ocasiones las cuestión es meramente interpretativa. Uno de los principales problemas es que en nuestro país hay tantas normas que es posible encontrar una que indique una manera de actuar en determinadas circunstancias y otra que nos diga es ésa es incorrecta, por no hablar de los vacíos legales de normativas poco claras. En estos casos Hacienda establece un criterio, que ellos creen que es el correcto aunque luego eso no sea así, y el TEAR generalmente lo da por bueno, por lo que el contribuyente tiene poco que hacer ahí.
En otros casos, también muy habituales últimamente, la resolución del TEAR favorece inicialmente al contribuyente, que consigue anular el procedimiento, pero eso acaba volviéndose en su contra. Esto se debe a que ya no está en vigor el criterio del “tiro único”, lo que permite a Hacienda repetir liquidaciones anuladas por errores formales. Esto supone que una vez que el TEAR falla a favor del contribuyente por ese motivo ya le está dando a la Administración un arma para iniciar un nuevo procedimiento que, no repitiendo el error que generó la anulación anterior, pueda resultar favorable a Hacienda.
¿Es por tanto el TEAR a donde debemos recurrir en caso de no estar de acuerdo con Hacienda? Con esta perspectiva parece que no, y que deberíamos optar directamente por ir por la vía contencioso-administrativa, pero el problema es que estos procedimientos pueden ser mucho más largos y con la entrada en vigor de las tasas judiciales esta opción no es gratuita para los demandantes.
Además hay que tener en cuenta que dependiendo de la cantidad en litigio el contribuyente podría estar obligado a avalar la cantidad reclamada, por lo que además de los inconvenientes propios del ligio y del coste judicial del mismo podríamos vernos obligados a asumir un coste financiero que será mayor cuanto más alargue el procedimiento.
¿Qué otras opciones tenemos? Pues la verdad es que no muchas y eso que, desgraciadamente, la manera de actuar y los criterios que Hacienda establece en ciertos casos no son ajustados a derecho. Pero todo esto no debe ser un freno para aquellos que, en defensa de sus derechos, quieran aprovechar todos los recursos a su alcance para conseguir que finalmente le den la razón.
RaulFer04/04/14 17:39
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ten presente que solo te pueden pedir hasta el año 2009, por lo de la cuenta vivienda no te preocupes...
Y en 2 meses tacha tambien 2009... venga q estamos en Abril...
Aclarame una cosa,
Yo presente un recurso, cuandoreciba la siguiente carta sera pq me dicen que ok o a pagar,no? y ahí ya no me puedo escapar más... tengo que pagar si o si en 1 mes?
a partir de ahi, solo queda el TEAR? que es? como funciona? necesitas abogados?.... Gracias
RaulFer04/04/14 17:21
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Y con todo eso te lo tiran para atras?
RaulFer04/04/14 17:16
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Por lo que desde Febrero estas esperando la contestacion a tu recurso. (creo entender q tu aun no habias cobrado/pagado la renta del pasado año)
A mi si que me pagaron... la cartita me ha llegado ahora a mediados de Marzo
Y mientras tanto no te paso como a Chimo que le llegaron de los diferentes años...
Pues si, lo de desgravar... como que lo que hay que hacer es quitarse la hipoteca de mierda y que le den a todos.... pero a nosotros el cabr...n de Montoro ya nos ha sacado del sistema... y eso amigo a 25 años de una hipoteca es mucha pasta.... pero que se le va hacer...
Que alegaste tú?
RaulFer04/04/14 16:48
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dvince
Puedes decirme los plazos? cuando te llego la primera notificacion,hiciste el recurso y te lo desestimaron, pero cuando te ha llegado la carta a pagar? y entiendoo que ahora estas a la espera de la respuesta a tu segundo recurso?
Mientras tanto no te ha llegado nada mas, he creido entender....
Que haras, si te lo tiran para atras, pagaras? ya te han dicho q nunca mas podras desgravar esa vivienda aunq tengas consumos...?
Muchas gracias... y si, estoy contigo... aqui alguno habla como si fueramos Barcenas...