Buenas tardesEn caso de explotar varios apartamentos turísticos con una SL que es la propietaria de los apartamentos, me surgen las siguientes dudas:1-El servicio de Airbnb es con tipo de iva 0%? (facturan desde Irlanda)2-El importe bruto que se le cobran a los huespedes se contabiliza a "pelo" o hay que realizar algún tipo de factura?Gracias
Buenas tardesYo he comprado unos 200$ en distintas propiedades y en 4 días la valoración que dan es de 330$... cierto es que no he intentado retirar este dinero, ni tengo intención y si lo pierdo tampoco me sofocaré en exceso. Creo que es algo en lo que hay que estar, con una exposición baja y... quien sabe. Para bien o para mal, a mi no me lo van a contar.Saludos y feliz año.
Buenos díasAntes que nada decir que mis conocimientos en crowdlending es muy bajo, y después de mirar distintas plataformas, la que más me convenció con diferencia fue Mintos. Hace unos meses me decidí a meter 1.000 eur para probar y la rentabilidad que me está dando supera el 11%. Creéis que es seguro tener dinero en una plataforma de estas características, o más concretamente en Mintos?Muchas gracias de antemano.
Buenas
Aun a riesgo de llevarme una colleja, me gustaría que me aclararme, ya que no es un tema menor, y en caso de que esté equivocado, la empanada tampoco, ahí voy:
Situando en le tiempo la subasta en 2009 y teniendo las siguientes cargas antes expuestas:
Embargo C: Seg. Social 136.095 € fecha: feb-94, prorrogada por la anotaciónL en ene-98
Embargo E: BSCH 118.847 + 24.040 fecha: abr-95, prorrogada por la LL en abr-98. Tiene expedida certificación de cargas en abr-95
Embargo O: Seg. Social 9.558 + 1.919 + 344 fecha: jul-01, prorroga por 4 años en jun-05. Tiene expedida certificación de cargas en jul-01
Embargo Q, el de la subasta: AEAT 821.682 + 162.445 + 41.084 fecha: jun-02, prorrogada por cuatro años en jun-06
Se ejecuta el embargo Q de la AEAT, por lo que con el mandamiento de cancelación de cargas el RP borra esa carga, pero las anteriores anotaciones de embargo CADUCADAS, o las borra o se renuevan con fecha posterior a la Q, por lo que serán siempre posteriores, y por lo tanto no nos afectan.
Quedo a la espera de aclaración.
Muchas gracias