la de ibercaja es mejor ( te dan un 3% el segundo año), pero es mas primitivo en la operativa, es mas probable que tengas que pasar por oficina, o llamar por telefono
yo tuve problema en el alta y lo arregle entre teléfono y correo ( les tuve que mandar foto del DNI por correo) . Pero no he necesitado ir a una oficina.
En la renta tradicional, el modelo 100, tienes obligación de incluir intereses obtenidos en el extranjero y tributar por ellos si no lo has hecho ya.El modelo 720, si tienes que hacerlo, solo es una declaración de fondos en el extranjero. No pagas nada, es decir a hacienda, oye, tengo X dinero fuera de España.Y es una declaración previa a la del modelo 100.Sobre si hacienda se entera. En general, si, siempre, igual no en la renta actual pero posteriormente si, porque en general, los bancos (sobre todo en la unión europea) comparten datos fiscales. (Esto da ya para otra película). Pero vamos, si tienes obligación de declarar y no lo declaras, probablemente te sancionen
No pagas más, es simplemente una declaración extra que tienes que hacer, y que además una vez hecha la primera vez , te obliga a repetir mínimo al año siguiente (si no me equivoco).En mi caso tenia dinero disponible el año pasado y tengo este, pero el año que viene se va todo a un piso, y estoy esquivando el 720 para no tener que estar dando cuentas. Si tuviera el dinero indefinidamente me metería sin duda, porque es un trimestre más con buenos intereses