Muchas gracias. No es mi caso. Estoy en la WEB que me dices (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2023/c17-deducciones-autonomicas-cuota/comunidad-madrid.html) y no veo nada que me indique que puedo desgravarme escritura y/o registro. Gracias
Gracias Leopol72.Entonces lo que me recomiendas es que aparezca reflejado en la escritura el uso como vivienda habitual del piso que voy a comprar, empadronarme inmediatamente usando esa misma escritura y, después, tendría casi un mes para pagar el ITP beneficiándome del descuento por vivienda habitual, ¿no?Lo del cheque conformado suena bien en cuanto a seguridad pero aplican unas comisiones brutales. ¿No hay nada más razonable?Gracias
Muchas gracias. Sí, tenía conocimiento de esa recomendación del FMI y, precisamente por eso, precisamente porque en estos casos se suele utilizar al FMI como el malo de la película, lo de la confiscación ya no es una cuestión que se pudiera atribuir al sesgo ideológico que pudiera tener este Gobierno. Por eso lo veo algo inminente. En cuanto a lo de salir del Euro también me parece remoto pero el Gobierno está presionando a tope para que España sea rescatada sin contrapartidas y no sé hasta qué punto van a mantener ese pulso. Lo dicho, gracias. Me planteo irme a vivir a otro país. Un saludo
Hola Carlospmc. Muchas gracias por leerme y por tu completísima respuesta. Las conclusiones que saco son:Que no hay manera de evitar una posible confiscación. ¿Ni siquiera irme a vivir a otro país?Pongámonos más apocalípticos. imaginemos que volvemos a la peseta. En ese caso, ¿si sería recomendable invertir en fondos diversificados a nivel global?Lo dicho, muchas gracias :)
Hola de nuevo. Creo que lo tengo bien, de acuerdo con la ayuda recibida :). Me da el aviso ya conocido del debate
www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/3269718-modelo-303-resemen-anual-ano-2016: "Ha indicado que NO tributa exclusivamente en régimen simplificado y no hay contenido en la liquidación del régimen general". Así que sigo adelante. De nuevo, mil gracias. :)
Acabo de leer lo que me sugieres. Muchas gracias. Por cierto, en la primera pantalla que sale creo que así está bien cubierta pero tengo dudas en la pregunta "¿Existe volumen de operaciones (art. 121 LIVA)? (SI/NO)".
Y en la página 4, en la casilla 80 entiendo que hay que poner la base imponible, ¿no?
Gracias mil
Hola. Gracias a todos por leerme. Estoy haciendo el 303 del primer trimestre, con retraso. Sí soy un desastre pero en parte es culpa mía y en parte es culpa de la empresa que alquiló el garaje, que sólo me pagó Enero y no pagó ni Febrero ni Marzo. Bueno, un desastre pero tendré que hacer el 1T al menos para el pago de Enero. El caso es que estoy buscando la actividad con epígrafe 8612 en el modelo y no la encuentro. En Diciembre sí que la puse. No sé qué hago mal. Qjuiero acabar con este rollo del garaje poque me jubilo ya, plasplasplas, y no quiero tener problemas con la jubilación por estar en el censo de empresarios. Harto de haber alquilado el cochino garaje. Bueno, gracias por todo y a todos..
Hola de nuevo y gracias por la gran ayuda que pe¡restáis. Leer ya es ayudar. Esta duda ya es de nota, creo. Si soy funcionario con dedicacio´n exclusiva, ¿puedo hacer esto que estamos hablando de alquilar una plaza de garaje con IVA?
Gracias
No lo había visto desde ese punto de vista. Yo, en general, pienso que cuantos menos gastos deducibles tenga más impuestos pago y es mejor para todos. Pero bueno. Sigo con la duda de donde ponerlo. Hay muchas casillas y algunas me suenan parecidas. Encima las han cambiado con respecto a las de años anteriores.