pirfu
11/06/14 17:56
Ha respondido al tema
Donacion dinero a un hijo para compra de primera vivienda
En la página de la junta esto es lo que se indica, yo entido que lo que comentas es correcto.
1) Los 120.000 euros hacen referencia a la cantidad donada no al importe del inmueble ¿correcto?
2) El 99% es una reduccion sobre lo donado, no quiere decir que el impuesto pase a ser del 1%
3) Lo unico que si cambia sería, según creo, la cuantia del impuesto, en la Ledy 18/2011de 23 de Diciembre se indica lo que expongo mas abajo, por lo que creo que el porcentaje a aplicar en el caso de donación de 40000 euros sería del 12.75 ya que se indica que:
hasta
47.930,72 4.685,10 7.987,45 12,75
4) Por tanto, si no me equivoco los calculos quedarían como sigue.
Base imponible: 40000 euros.
Base liquidable: 400 euros
Aplicando Tarifa: 400 al 12.75 = 51.
NO SE DE DONDE SACAN EN HACIENDA LO QUE ME HAN COMENTADO O SI ES QUE SE LO HAN INVENTADO:
A) El importe maximo de la vivienda es 120000 (entiendo que es mentira, los 120000 hacen referencia a la donacion maxima).
B) Se aplicaria un 1%, o sea, 40000 al 1% = 400 (creo que se lo han inventado).
Agradecer vuestra opinion de ante mano.
REDUCCION
Adquisiciones inter vivos
Junto a las reducciones generales por adquisición de empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades, así como explotaciones agrarias, existen estas otras reducciones autonómicas:
1. Mejora autonómica de la reducción por la adquisición de empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades.
La reducción alcanzará el 99% cuando el donatario, cualquiera que sea su parentesco, viniera prestando servicios en la empresa y tuviera encomendadas tareas de gestión o dirección de la misma.
2. Reducción autonómica del 99% de las cantidades donadas a descendientes para la adquisición de la primera vivienda habitual.
Base máxima de reducción:
• 120.000, para menores de 35 años
• 180.000, para personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
3. Reducción autonómica del 99% de las cantidades donadas a parientes para la constitución o ampliación de una empresa individual o negocio profesional con domicilio en Andalucía.
Base máxima de reducción:
• 120.000, para menores de 35 años.
• 180.000, para personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
PORCENTAJE
La cuota íntegra del impuesto regulada en el artículo 21.1 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se obtendrá aplicando sobre la base liquidable los tipos que se indican en la siguiente escala:
Base
liquidable
hasta euros Cuota
íntegra euros Resto base
liquidable hasta euros Tipo
aplicable
%
0,00 0,00 7.993,46 7,65
7.993,46 611,50 7.987,45 8,50
15.980,91 1.290,43 7.987,45 9,35
23.968,36 2.037,26 7.987,45 10,20
31.955,81 2.851,98 7.987,45 11,05
39.943,26 3.734,59 7.987,46 11,90
47.930,72 4.685,10 7.987,45 12,75
55.918,17 5.703,50 7.987,45 13,60
63.905,62 6.789,79 7.987,45 14,45
71.893,07 7.943,98 7.987,45 15,30
79.880,52 9.166,06 39.877,15 16,15
119.757,67 15.606,22 39.877,16 18,70
159.634,83 23.063,25 79.754,30 21,25
239.389,13 40.011,04 159.388,41 25,50
398.777,54 80.655,08 398.777,54 31,75
797.555,08 207.266,95 en adelante 36,50».