¿Sabes si cobran comisión de custodia por mantener ese valor en la bolsa de Frankfurt? Estoy haciendo una operación al semestre para evitar estas comisiones y no tengo claro si esa comisión de custodia estaría también exenta.
De todas formas, teniendo en cuenta que le pierdo un 30% al valor, casi seguro que dejo que lo traspasen a Alemania.
Me acaban de mandar este correo desde ING:
Estimado Cliente:
Te informamos de que la compañía BAYER (DE000BAY0017) se va a excluir de cotización en el mercado español. Los títulos cotizarán hasta el día 11/07/2019.
Como accionista puedes escoger entre las siguientes opciones:
? Vender tus acciones en el mercado español a través de nuestra web, hasta el día 11 de julio.
? Acudir a la Sales Facility, para aquellos clientes que tuvieran en cartera las acciones a fecha 07/06/2019. En esta opción, Bayer se encargará de vender tus acciones. El precio unitario de venta será el mismo para todos los que acudan y se venderán al precio medio de mercado al que las acciones coticen en el momento de la venta (18/07/2019).
Para acudir a esta opción, deberás comunicárnoslo antes de las 9 h del 5 de julio de 2019, en nuestro Servicio Bróker NARANJA en el teléfono 91 206 66 99.
? No tomar acción alguna. En este caso, se tomará la opción por defecto, traspasar tus acciones al mercado alemán.
A partir del día 11/07/2019, te comunicamos que en caso de no recibir respuesta por tu parte, la opción que se tomará por defecto, será traspasar tus acciones al mercado alemán.
Atentamente,
El Equipo de ING
¡Muchas gracias! Voy a rellenarlo así, aunque voy a tener que introducir todos los dividendos fila a fila para les quede más claro y sólo dejan 10 filas!
Gracias por las respuestas! He estado indagando un poco más y un compañero tiene vendidos dos puts ahora mismo y él los ve como una especie de cobro de un 2% de interés a un determinado plazo. De todas formas él me dice que si le baja el precio por debajo del strike se compra un futuro en ese mismo momento y a aguantar hasta que suba.
Buenas; tengo una duda con esto. Tuve pérdidas en los CFDs en 2015 que no pude compensar en el IRPF 2015 y me salió una cantidad a compensar en los 4 ejercicios posteriores. En 2016 volví a tener pérdidas que tampoco puedo compensar en el IRPF 2016 y de hecho me sale un cantidad pendiente de compensar para años posteriores, pero no parece sumar la que arrastro de 2015 junto con la de 2016.
Mi consulta es qué año tiene prioridad para ir compensando. A mi me interesa "tirar" primero de las pérdidas de 2015 que son las que van a caducar antes, pero no sé si es correcto. Si en el ejercicio 2017 tuviera de nuevo pérdidas me gustaría usar lo que me quede de 2015, después de 2016 y por último 2017 que es lo que caducará más tarde. Todo esto es para anotar en mi contabilidad personal todo lo necesario.
Gracias.
Hola, tengo el mismo problema. Eran 43,50 EUR brutos que se quedaron en 32,03 EUR con la retención del 26,38% que me aplicaron. Entiendo que únicamente me ha retenido Alemania, porque en los datos fiscales no me aparece este dividendo.
¿Debería meter algo en la casilla 025 junto con el resto de dividendos españoles? Lo de la casilla 528, teniendo en cuenta que sólo se recuperaría el 15%, ¿hace el programa el cálculo o tengo que calcularlo yo?
Gracias.
Gracias, este año tengo pérdidas y me interesaba incrementar las cantidades en estas casillas, para compensar. Con los cambios que hacen todos los años es imposible planificarse.
Buenas; tengo bastante lío con la norma antiaplicación y me he leído todo el mensaje y sigo sin tenerlo claro.
- Compré 1000 acciones de Santander el 01/05/2015.
- Vendí 1000 el 30/12/2015 con minusvalías.
- Compré 1500 el 31/12/2015 a un precio similar al anterior.
La compra no respeta los dos meses por lo que estaríamos en la norma antiaplicación. Al declarar esto en el IRPF 2015 como pérdida patrimonial, voy a marcar la casilla "no imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos". Con esto no me estarían contando estas pérdidas para compensar otras ganancias.
Y ahora la pregunta, cuando venda las 1500 que me quedan en 2016, ¿podré compensar las pérdidas de las 1000? Es decir, venta de las 1500 + venta de las 1000 - compra de las 1500 - compra de las 1000, es decir, lo declararía todo en el IRPF 2016? Si no hago esto, me quedo sin compensar las pérdidas de 2015.
Gracias y un saludo.
Gracias por la explicaciones. En Datos Fiscales no viene nada de derivados, ni futuros ni CFDs ni divisas. Sólo dividendos de acciones españolas, acciones y derechos de suscripción. El año pasado no me compliqué y metí todo en 3 grupos en esa casilla, uno para divisas, otro para futuros y otro para CFDs sumando los ajustes de efectivo, pero este año tengo muchos más movimientos y no me hacía gracia perder esa "comisión" y además tributar por esos ajustes de efectivo de los CFDs.
Te pongo un ejemplo, el broker es Clicktrade:
Instrumento: Mapfre SA
Fecha de pago: 18/06/15
Tasa bruta: 0,08 €
Participación: 700
Gross Amount: 56 €
Comisión de ajuste: -11,2 €
Importe de ajuste: 44,8 €
Yo cobré 44,80 € en la cuenta de Clicktrade, por lo que se me ha ido un 20% de retención sobre el bruto de 56 €. La casilla este año es la 300, eligiendo el tipo=5, pero no hay ningún sitio para meter la retención ya aplicada. Si meto los 44,80 € de ganancia me van a retener otro porcentaje por IRPF (no sé si es el 19% o el 20%), con lo que pagaría impuestos dos veces.
En el borrador no aparece nada de CFDs, aunque yo los declaro todos los años para evitar problemas.
Seguro que tiene esa trampa aunque no lo digan. Que para sobresuscribir tengo que comprar más derechos, aunque los de Clicktrade me han dicho que son 2,20€ y nada de que tenga que comprar más derechos.
De todas formas ya me da igual porque vendí los derechos en mercado el jueves.