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Interpretación Disposición Transitoria 34
Diferencia entre JAV de una persona en diciembre 2023 y enero de 2024.
pepeme07/03/24 00:30
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Interpretación Disposición Transitoria 34
pepeme05/03/24 16:16
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Interpretación Disposición Transitoria 34
Me puedes decir en que número de mensaje aparece esa resolución. Solo he encontrado un mensaje con una resolución pero todos los datos están en blanco.Gracias.
pepeme01/03/24 16:50
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Interpretación Disposición Transitoria 34
Cuidado, en las cartas de propuesta de resolución que se han subido a este foro pone en el último párrafo que "Esta información tiene carácter orientativo".
pepeme21/02/24 19:08
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Interpretación Disposición Transitoria 34
"Quiero presentar una queja debido a la falta de claridad en la aplicación de la disposición transitoria trigésima cuarta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que fue añadida por la Ley 21/2021, de 28 de diciembre. La falta de información clara sobreel criterio a aplicar este año está teniendo un impacto negativo en los derechos y beneficios de las personas interesadas en acogerse a la jubilación anticipada voluntaria. Además, quiero destacar que la página web donde se puede simular la JAV no ha sido actualizada adía de hoy, XX de febrero de 2024, con los criterios de la DT 34."Yo puse dos reclamaciones, una a la Dirección general de la Seguridad Social y otra a la gerencia de informática de la Seguridad Social.Acceso a la pagina de sugerencia y quejas de la Seguridad Social:https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/SugerenciasQuejas
pepeme21/02/24 18:33
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Interpretación Disposición Transitoria 34
Apartado "Importe de la Pensión" en la página 1 del informe pdf de cualquier simulación:"Puesto que se ha calculado una pensión de jubilación en su modalidad anticipada voluntaria, su cuantía se ve minorada mediante la aplicación de un coeficientereductor, por cada mes o fracción de mes que falte para alcanzar la edad necesaria para acceder a la pensión de jubilación ordinaria. Los coeficientes reductoresvarían en función de los períodos de cotización acreditados y los meses de anticipación, de acuerdo con la escala prevista en el artículo 208 del Real DecretoLegislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social"Creo que se refiere a estos coeficientes reductores de la base reguladora, no se refiere a los coeficientes que se aplican a la pensión máxima.
pepeme21/02/24 18:04
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Contestación de otra queja que puse al INSS:"FECHA: 16/02/2024Asunto: Contestación queja Analizada la queja formulada por usted el día 15/02 /2024 en el Registro del buzón de quejas y sugerencias de la Dirección Provincial del INSS de XXXXXXX, en relación con la falta de claridad en la Ley General de la Seguridad Social, consultada la Unidad correspondiente, debo informarle de lo siguiente: Ante las discrepancias existentes sobre la aplicación de la Disposición Transitoria 34ª y, en concreto, sobre la aplicación del doble cálculo, coeficientes reductores de la DT 34 sobre el tope vigente en la fecha del hecho causante, así como sobre la normativa aplicable en la fecha del hecho causante se ha planteado una consulta a la Subdirección correspondiente, y una vez contestada, se procederá a la adaptación de nuestros aplicativos para realizar los informes previos de Jubilación. Espero que la información anterior le haya resultado de utilidad y sirva para aclarar todas las dudas. En todo caso me pongo a su entera disposición para solventar las dudas o aclaraciones que pueda necesitar ahora o en el futuro. Finalmente, debo advertirle que las quejas formuladas recurso administrativo, ni paralizarán los plazos establecidos en la normativa vigente. (Art. Del R.D. 951/2005, de 29 de julio). Atentamente, reciba un cordial saludo.Firmado por el director provincial"Espero que la consulta a la Subdirección correspondiente tengan contestación este año... :)Os ánimo a poner más quejas. Sería bueno que este tema se mencionara en algún medio de comunicación.
pepeme19/02/24 17:53
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Lo que no logro comprender es por qué este tema no recibe cobertura en los medios de comunicación.
pepeme16/02/24 18:40
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Interpretación Disposición Transitoria 34
Han contestado esto a la queja que puse sobre la actualización del simulador web:Buenos días:En relación con su queja sobre que quiere destacar que la página web donde se puede simular la JAV no ha sido actualizada a 15 de febrero de 2024, esta Unidad informa: En primer lugar, le pedimos disculpas por las molestias que le hayamos podido ocasionar.La actualización en el simulador de la web se realizará en un breve espacio de tiempo. Se están finalizando los trabajos para que esté disponible lo antes posible.Gracias por su colaboración que nos ayuda a mejorar el servicio que este Instituto presta a los ciudadanos. Atentamente.Os ánimo a poner más quejas, a ver si nos hacen caso. La falta de una información clara sobre el criterio a aplicar este año está teniendo un impacto negativo en los derechos y beneficios de las personas interesadas en acogerse a la jubilación anticipada voluntaria.