Pepe Cots
30/11/16 09:20
Ha comentado en el artículo
Cómo tramitar tu pensión ISSSTE: Paso a Paso
Buen día,
Antes que nada reciba mi más sentido pésame por el fallecimiento de su amigo, intentaré asesorarle de la mejor forma posible, pero en estos casos puede ser complicado ya que no conocemos todos los detalles del acuerdo de divorcio.
Según el Artículo 131 de la Ley del ISSSTE si que tendrían derecho a obtener una pensión por orfandad, que en este caso corresponde al 100% del salario que el trabajador percibía antes de su fallecimiento. Le invito a que acceda a este link donde puede encontrar mayor información:
http://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/3380232-que-hacer-cuando-fallece-pensionado-issste-tramites-documentacion
Entiendo que si los hijos son menores esta prestación la recibiría la madre, la cual se encargaría de gestionar este importe hasta que estos fuesen mayores de edad. De hecho en el Artículo 135 de esta misma ley se establece que el divorciado si tiene derecho a esta prestación siempre que éste estuviese ministrándole alimentos por condena judicial, pero en este caso el dinero sería para los niños.
Espero esta información le resulte de ayuda, para cualquier otra duda no demore en contactarnos,
Saludos y ánimos.