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Pardillo619

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Pardillo619 20/06/26 22:32
Ha guardado Re: Abengoa levanta el vuelo de Pardillo619
Pardillo619 20/06/26 18:17
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Al parecer, se te ha olvidado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10544Artículo 373. Intervención del Gobierno en las sociedades anónimas.1. Cuando el Gobierno, a instancia de accionistas que representen, al menos, la quinta parte del capital social, o del personal de la empresa, juzgase conveniente para la economía nacional o para el interés social la continuación de la sociedad anónima, podrá acordarlo así por real decreto, en que se concretará la forma en que ésta habrá de subsistir y las compensaciones que, al ser expropiados de su derecho, han de recibir los accionistas.2. En todo caso, el real decreto reservará a los accionistas, reunidos en junta general, el derecho a prorrogar la vida de la sociedad y a continuar la explotación de la empresa, siempre que el acuerdo se adopte dentro del plazo de tres meses, a contar de la publicación del real decreto. ___________________________________________________________________________Respecto al Banco Popular, hay cientos de sentencias ganadoras a favor de los accionistas,  y las demandas de la salida a bolsa del Banco Popular no fueron la única razón para ganarlas, como la IA o tú has publicado, ya que los medios de "persuasión-manipulación " de la Botina no las publican y silencian, interesa que se olviden cuanto antes.Un botón de muestras: El bufete Fieldfisher JAUSAS ha destacado como uno de los despachos pioneros en la defensa de los inversores frente al Banco Popular, publicando incluso el Observatorio de Jurisprudencia del Banco Popular. Sus estrategias legales se han centrado en reclamar la nulidad de la adquisición de acciones por error en el consentimiento y falseamiento de la información contable. https://www.lawyerpress.com/2021/07/16/fieldfisher-jausas-publica-el-segundo-observatorio-de-jurisprudencia-del-banco-popular/https://www.europapress.es/economia/finanzas-00340/noticia-86-sentencias-contra-banco-popular-2019-fueron-favorables-inversor-fieldfisher-jausas-20200512123326.htmlhttps://www.arriagaasociados.com/2020/10/sentencias-acciones-banco-popular/https://vallverduabogados.es/actualidad/banco-popular/juicios-ganados-2021/Y todavía no ha terminado: La instrucción del asunto penal del Banco Popular por la salida a bolsa de 2016 y las irregularidades en los estados financieros de 2015 y 2016  hasta la intervención, ha tocado a su fin. El Juez ha decidido que haya juicio para el expresidente de la entidad Ángel R., a otros 10 directivos del banco, a PricewaterhouseCoopers, así como a dos auditores de esta firma por la ampliación de capital de 2016 a la que los inversores acudieron, según el magistrado, engañados puesto que los estados financieros de ese año y de 2015 no reflejaban la imagen fiel del balance ni del patrimonio.Respecto del Banco Santander, el juez rechaza la apertura de juicio oral en concepto de partícipe a título lucrativo e indica que debe mantenerse su posición como responsable civil subsidiario al ser el sucesor universal del Banco Popular y, por tanto, debe ser la responsabilidad civil subsidiaria el ámbito en el que las partes acusadoras planteen sus legítimas peticiones. Esto implica que de haber condena, el Banco Santander aunque no pueda ser condenado por delito, sí podría asumir obligación de indemnizar a los accionistas y reparar el daño causado por los delitos, si así se establece en la sentencia.En el caso de PwC, a la que la Fiscalía finalmente no ha acusado, pero sí el resto de las acusaciones, excepto la OCU, el juez indica que, sin perjuicio de su responsabilidad directa como acusado, ha de responder de forma subsidiaria en relación con los hechos por los que vienen acusados los dos auditores de la mercantil. "El que lucha puede perder, el que no ya ha perdido" Esta frase, atribuida con frecuencia al dramaturgo alemán Bertolt Brecht, encierra una poderosa lección de vida. Nos recuerda que intentar algo conlleva un riesgo, pero quedarse inmóvil garantiza el fracaso. La verdadera derrota no ocurre al fallar en el intento, sino al renunciar de antemano a luchar por lo que uno quiere. Enfrentar los desafíos, aunque el resultado sea incierto, siempre deja aprendizajes y evita el arrepentimiento. 
Pardillo619 20/06/26 17:08
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Primeramente habrá que leer la sentencia.No soy letrado, aunque algunos conocimientos  poseo. Acorde a lo que podeis "interpretar" analizar " entender" y "sentenciar" a continuación, como hacen los señores/as de la bata negra, se contradice a lo publicado; si el concurso es declarado culpable, no es posible obtener la exoneración de las deudas pendientes. Esto significa que los afectados arrastrarán las deudas insatisfechas de forma indefinida. Además, estas conductas pueden derivar en responsabilidades penales por delitos de insolvencia punible.... Estas conductas ilícitas llevan aparejados diferentes tipos de penas. Entre ellas se incluye, en algunos casos, la de prisión.....Os copio enlaces:https://libertadsindeudas.com/concurso-acreedores-culpable/https://www.devesa.law/cuando-el-concurso-de-acreedores-se-califica-como-culpable/https://www.google.com/search?q=ley+concursal+concurso+culpable&rlz=1C1YTUH_esES1059ES1059&sca_esv=b6875f533da1df49&ei=xak2arSXHuvi7_UPh4ru2Ao&biw=1366&bih=641&oq=ley+sociedades+capital+concurso+culpables&gs_lp=Egxnd3Mtd2l6LXNlcnAiKWxleSBzb2NpZWRhZGVzIGNhcGl0YWwgY29uY3Vyc28gY3VscGFibGVzKgIIADIFEAAY7wUyBRAAGO8FMgUQABjvBTIFEAAY7wUyCBAAGIkFGKIESJ2oAlDgDFiP4QFwAngAkAEAmAGvAaABkweqAQMwLje4AQHIAQD4AQGYAgWgAtoDwgILEAAYiQUYogQYsAPCAggQABjvBRiwA8ICCxAAGIAEGKIEGLADwgIIEAAYgAQYogSYAwCIBgGQBgWSBwMyLjOgB8wdsgcDMC4zuAfBA8IHBTItNC4xyAcjgAgB&sclient=gws-wiz-serp Situaciones que permiten presumir que el concurso es culpable (Art.444):  Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-4859  Y así sucedió:Cuando el deudor no presenta las cuentas anuales en los Registros que correspondan en alguno de los tres últimos ejercicios anteriores a la declaración del concurso....https://www.diariodesevilla.es/economia/Abengoa-Acaba-pagando-por-Multas-CNMV-consejo-presidido-Urquijo_0_1671134073.htmlhttps://www.diariodesevilla.es/economia/concurso-abengoa-fortuito-culpable-juez_0_2004370665.htmlYa sabréis aquello de que el derecho es interpretable............jajajaajaja, por no llorar.https://theobjective.com/gente/2025-07-08/pedro-gonzalo-tios-teresa-urquijo-felipe/ https://www.elconfidencialdigital.com/monarquia/articulo/espana/VI-Patronato-Fundacion-Princesa-Asturias/20180405214424013924.html" La Fundación Princesa de Astrurias ha hecho nuevas incorporaciones. Entre ellas ha nombrado a su nuevo presidente, Luis Fernández Vega-Sanz, que sucede en el cargo a Matías Rodríguez Inciarte. Perpo además, el Patronato se ha extendido con dos nuevos miembros: Teresa Sanjurjo  y Gonzalo Urquijo. Este último es presidente de Abengoa....."
Pardillo619 20/06/26 13:46
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 El juicio por la quiebra de Abengoa ya tiene nueva fecha. 24 junio 2026.El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Sevilla que tramita el concurso ha citado a las partes a las puertas del verano para decidir si la compañía andaluza quebró por culpa de una gestión negligente del consejo que encabezaba Gonzalo Urquijo o si se debió a otro tipo de causas, según confirman fuentes al tanto del procedimiento a El Confidencial. https://www.163.com/game/article/DK3UFFO400318PFH_mobile.html?live-news-5880035-2026-05-04-gonzalo-urquijo-expresidente-de-abengoa-en-una-imagen-de-archivo-efe-04-05-2026- En un principio, el juicio iba a celebrarse el pasado mes de noviembre, pero el juzgado —que ha tenido tres cambios de jueces— decidió suspender la cita hasta emplazar a los herederos del fallecido Josep Piqué, uno de los exconsejeros afectados por la pieza de calificación del concurso. Una vez resuelto este incidente procesal, el juicio ya tiene nueva fecha, el 24 de junio, que debería ser la definitiva. - YOTMLa jueza, según las mismas fuentes, ha rechazado practicar casi todas las pruebas y testificales propuestas por las partes con la excepción del informe pericial que han encargado los exconsejeros a KPMG.La calificación del concurso corresponde al juez, que deberá determinar, tras escuchar a los acreedores, al administrador concursal y a la propia compañía, si la quiebra de Abengoa es imputable a sus administradores (concurso culpable) o si obedece a factores externos no atribuibles a estos (concurso fortuito). Abengoa se declaró en concurso de acreedores en febrero de 2021.TE PUEDE INTERESAR Ruth UgaldeEl administrador concursal de la compañía, EY, ya presentó hace tiempo su informe en el que pide que se declare que el concurso fue fortuito y exime de responsabilidad a Urquijo y sus ocho consejeros. Hasta la fecha, todos los concursos de las diferentes sociedades de Abengoa se han declarado fortuitos.Además del informe del administrador concursal, la Ley Concursal permite que aquellos acreedores titulares de créditos superiores a un millón de euros o que representen el 5% del pasivo puedan presentar informes con su propuesta de calificación.En este concurso, solo The Saudi British Bank (SABB), acreedor de la compañía, cumple con estos requisitos, y en su informe sí pide que sean declarados culpables Urquijo y sus consejeros. Cabe recordar que Inversión Corporativa, la sociedad que aglutina a las familias fundadoras de Abengoa, entre las que se encuentran el expresidente Felipe Benjumea y su familia, los Aya, los Abaurre, los Solís y los Sundheim, también pedía que se declarase la culpabilidad de Urquijo, pero la jueza ha rechazado su informe tras constatar que no están legitimados para presentarlo al no ser acreedores.TE PUEDE INTERESAR Álvaro ZarzalejosLa calificación culpable del concurso no tiene consecuencias penales, pero sí civiles. En caso de ser declarados culpables, Urquijo y sus consejeros pueden ser obligados a asumir responsabilidades económicas de la compañía —mediante el pago de las deudas pendientes a los acreedores— o ser inhabilitados para ser administradores de otras empresas, por ejemplo.El juicio por la quiebra de Abengoa ya tiene nueva fecha. El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Sevilla que tramita el concurso ha citado a las partes a las puertas del verano para decidir si la compañía andaluza quebró por culpa de una gestión negligente del consejo que encabezaba Gonzalo Urquijo o si se debió a otro tipo de causas, según confirman fuentes al tanto del procedimiento a El Confidencial. https://www.pressreader.com/spain/el-confidencial/20260504/281659671653243
Pardillo619 28/05/26 22:38
Ha respondido al tema Cox: seguimiento y noticias de la "nueva Abengoa"
 La codicia de Enriquito no tiene límites.Bastante ha tenido con el expolio de Abengoa en colaboración con su madrina Botina, que porfía con su ambición desmedida por la que ya le han parado los pies....no vaya a ser que se destape el tarro de deudas pendientes de nuestra empresa usurpada y tengan que devolver prontamente, la deuda abismal que atesora y arrastra.Eso sí, publicidad no hay duda que consiguirá, y nada más. Si supieran los accionistas madridistas la que hay detrás de la trastienda.....  https://www.20minutos.es/deportes/futbol/enrique-riquelme-negocia-andbank-tras-negativa-santander-bbva_6973987_0.htmlhttps://www.abc.es/deportes/real-madrid/aval-riquelme-viene-andorra-20260522203350-nt.html#goog_rewardedhttps://www.elperiodico.com/es/deportes/20260522/banca-espanola-niega-aval-enrique-riquelme-real-madrid-130541399https://www.diariodesevilla.es/economia/Cox-Energy-adjudica-activos-Abengoa_0_1785121806.html#goog_rewarded 
Pardillo619 26/05/26 20:00
Ha recomendado Re: GOWEX de Nacmorn
Pardillo619 26/05/26 19:57
Ha recomendado Re: GOWEX de rufufu
Pardillo619 26/05/26 19:57
Ha recomendado Re: GOWEX de Manzana77
Pardillo619 25/05/26 20:28
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Otro que bien baila.....Aznar pactó una comisión del 1% con Abengoa para conseguir adjudicaciones en la Libia de Gadafi https://www.eldiario.es/politica/aznar-contrato-gadafi-funcionario-expresidente_1_4554938.htmlhttps://www.elplural.com/politica/espana/negocios-ni-uco-ni-udef-investigaron-100000-euros-aznar-gadafi-mapa-lobby-gonzalez_390882102  https://www.eldiario.es/economia/aznar-abengoa-contratos-libia-gadafi_1_4551681.htmlBasta ya de tanto mamoneo!Por una ley contra el aforamiento, como en el resto de Europa: España, paraíso de los aforados: tiene 250.000 frente a los 19 de Francia o uno en Italia https://theobjective.com/espana/2025-06-01/espana-paraiso-de-los-aforados/Al parecer, las palabras se las lleva el viento.... No se ha hecho absolutamente nada.¿POR QUÉ ESPAÑA ES EL PAÍS CON MÁS AFORADOS DEL MUNDO? https://www.youtube.com/watch?v=VjdAbohJ2Zo
Pardillo619 23/05/26 00:15
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
La codicia de Enriquito no tiene límites.Bastante ha tenido con el expolio de Abengoa en colaboración con su madrina Botina, que porfía con su ambición desmedida por la que ya le han parado los pies....no vaya a ser que se destape el tarro de deudas pendientes de nuestra empresa usurpada y tengan que devolver prontamente, la deuda abismal que atesora y arrastra.Eso sí, publicidad no hay duda que consigue. Si supieran los accionistas madridistas la que hay detrás de la trastienda.....  https://www.20minutos.es/deportes/futbol/enrique-riquelme-negocia-andbank-tras-negativa-santander-bbva_6973987_0.htmlhttps://www.abc.es/deportes/real-madrid/aval-riquelme-viene-andorra-20260522203350-nt.html#goog_rewardedhttps://www.elperiodico.com/es/deportes/20260522/banca-espanola-niega-aval-enrique-riquelme-real-madrid-130541399https://www.diariodesevilla.es/economia/Cox-Energy-adjudica-activos-Abengoa_0_1785121806.html#goog_rewarded
Pardillo619 22/05/26 18:07
Ha recomendado Re: Abengoa levanta el vuelo de Pere B
Pardillo619 22/05/26 17:41
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
https://www.economiadigital.es/empresas/cox-riquelme-vetada-ayuso-aldesa.html Zapatero salpica las elecciones del Real Madrid: Riquelme (Cox Abengoa) participó con Aldesa en la oferta vetada por Ayuso 
Pardillo619 21/05/26 21:23
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Artículo 373. Intervención del Gobierno en las sociedades anónimas:https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-105441. Cuando el Gobierno, a instancia de accionistas que representen, al menos, la quinta parte del capital social, o del personal de la empresa, juzgase conveniente para la economía nacional o para el interés social la continuación de la sociedad anónima, podrá acordarlo así por real decreto, en que se concretará la forma en que ésta habrá de subsistir y las compensaciones que, al ser expropiados de su derecho, han de recibir los accionistas.........  La Constitución Española de 1978 utiliza la expresión “interés general” en los siguientes artículo, hasta en doce ocasiones. La utilización en el texto constitucional del término “interés general” tiene en todos los casos un carácter estratégico, usado como conveniencia para validar las diferentes propuestas normativas oportunas..... “Art. 30.3. Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.”“Art. 34.1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la ley.”“Art. 44.2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.”“Art. 47. Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.”“Art. 128.1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.”“Art. 128.2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio, y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.”“Art. 149.1.20ª puertos de interés general aeropuertos de interés general”“Art. 149.1.24ª obras públicas de interés general”“Art. 150.3. El Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas, aun en el caso de materias atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés general.”“Art. 155.1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.”“Art. 103.1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.”
Pardillo619 21/05/26 14:56
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Solicitud al Gobierno¡Exigimos al gobierno la aplicación plena del art. 373 para garantizar la transparencia y justicia en las decisiones! Una vez que el gobierno nos ha respondido, hay que actuar, es decir, iniciar la recogida de documentación para acreditar quiénes somos, cuantas acciones tenemos y entregarla al ministerio de economía.  Lo relevante es que el gobierno se ha hecho eco de nuestra solicitud, (con la ayuda del Defensor del Pueblo, que no de su Adjunta II, Patricia Bárcena, elementa incompetente y presuntamente al servicio de la banca acreedora de Abengoa), lo cual acredita que el art. 373 de la ley de sociedades está VIGENTE y es APLICABLE. Los que han emprendido acciones legales, pueden asimismo sumarse a la solicitud, ambas actuaciones son compatibles y en nada excluyentes con nuestra iniciativa.No tod@s estamos con abogados, hay que pagar precios caros, además de por cómo funciona (lentitud) la justicia en este país. Asimismo, hay que añadir gastos de peritos y procuradores. Si se pierde, las costas (minutas) del contrario. Allá cada cual.Al menos, esperad de 5-10 años, os diría. Un triste y lamentable ejemplo:https://www.farodevigo.es/economia/2023/11/22/infinito-caso-pescanova-cobra-94921932.htmlhttps://www.lavozdegalicia.es/noticia/economia/2023/12/04/sousa-paga-plazos-300-euros-responsabilidad-quebrar-pescanova-titular-1-col-cuerpo-166-noticias-secundarias-5-lineas/0003_202312G4P19991.htm https://www.lavozdegalicia.es/noticia/economia/2023/10/14/justicia-zanja-quiebra-pescanova-238-millones-indemnizaciones/0003_202310G14P28991.htm  El estado es el máximo accionista individual y no debiera ser flagrante cómplice con su pasividad, del presunto expolio cometido con todos los miles de accionistas, trabajadores y contribuyentes de este país, lo cual se investiga en los juzgados y fiscalía porque han visto indicios de varios graves delitos.Posee un 3,15% del capital accionarial, es el máximo accionista individual. El hecho de que no forme parte activa de nuestra solicitud, no le exime de salvaguardar el interés social y nacional de los contribuyentes, es decir, de los ciudadanos que, con sus impuestos, (más de 400 millones €) han financiado indirectamente la inversión en Abengoa, así como de sus accionistas propietarios, lo cual ha supuesto, entre otras calamidades:  ¿Vosotr@s prestaríais-avalaríais a alguien que está quebrado y no presenta sus cuentas, como ocurrió, como se establece legalmente por la ley?Eso en Derecho se llama malversación de fondos públicos....... La malversación es un delito que cometen las autoridades o funcionarios que sustraen o consienten que un tercero sustraiga caudales o efectos públicos que tienen a su cargo. Está regulada en los artículos 432 a 435 del Código Penal, dentro de los delitos contra la Administración pública. Se refiere a la apropiación indebida o administración desleal de recursos públicos por parte de funcionarios o autoridades. Supone un quebrantamiento de la confianza depositada en quienes gestionan el patrimonio público.  https://www.capitalradio.es/noticias/bolsa/desage-millonario-para-estado-accionistas-empleados-pasara-abengoa-cae_79122751.html  https://okdiario.com/economia/abengoa-cierra-financiacion-prestamo-ico-230-millones-5991867https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/10709876/08/20/Abengoa-cierra-su-acuerdo-de-reestructuracion-con-los-acreedores-y-evita-la-quiebra-por-falta-de-liquidez.html El gobierno es garante de la seguridad jurídica en un país democrático y progresista, por lo que debe velar por el cumplimiento de la ley; resulta insoslayable el mandato constitucional que obliga a la Administración Pública a servir con objetividad los intereses generales. Constitución Española. “Art. 128.2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio, y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.”  
Pardillo619 21/05/26 14:41
Ha recomendado Re: Abengoa levanta el vuelo de Pere B
Pardillo619 16/05/26 15:54
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Corrijo  al final de mi escrito, en el penúltimo párrafo:"Hemos tenido demasiados iluminados que nos orientaron por la senda del inequívoco devenir; eso sí, habia que pagar 300€ como en ABENGOASHARES,  aderezándolo con esa trufada pretendida bonhomía, que tú ahora, me atribuyes y admiras, dices, por mi trabajo y determinación; gracias..... listillo trader aficionado con experiencia.....
Pardillo619 16/05/26 14:06
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
No estás muy informado por los comentarios que viertes, que incitan a la sospecha por sus contenidos capciosos e inveraces.En primer lugar, comentas que " El gobierno ya ha tenido oportunidades de intervenir y no lo ha hecho ". No lo hará, si no se cumplen los requisitos normativos del artículo 373 que he invocado,  reseñados ante nuestra solicitud de aplicación del mismo. Una vez reunida la quinta parte del capital social - el cual se niega a facilitarnos- se procedería a incoar el expediente, además de que se requiere que adjuntase por el que suscribe, una exposición de las razones de conveniencia para la economía nacional....Ya la tengo elaborada, por cierto. Quizás lo publique.Le recuerdo la contestación dada y la legislación que puede consultar en el enlace siguiente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10544 "En este sentido, nos complace informarle de que para solicitar al Gobierno la continuación de una sociedad anónima, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, será preciso que nos remita la siguiente documentación:1º) Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando debidamente tanto la identidad de éstos como la participación que ostentan en el capital social.2º) Exposición las razones de conveniencia para la economía nacional o para el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de continuación de la sociedad anónima....... "En segundo lugar  comenta que "Si realmente se quiere avanzar, lo suyo sería buscar una asociación de afectados con reconocimiento jurídico o un abogado especializado en derecho mercantil que lleve el caso con un presupuesto claro, no una recogida de firmas y dinero por canales informales."También, aquí, prosigue con su pertinaz y descalificadora línea argumental, indicándonos que lo suyo sería buscar una asociación de afectados con reconocimiento...... Le copio respuesta cumplida del ministerio que desvirtua sus manifestaciones, comunicación recibida por email de 18 de diciembre´23 del ministerio de economía, comercio y empresa: Para:​Usted​Lun 18/12/2023 12:49Estimado Sr.______________________________ Una vez realizadas las consultas internas pertinentes, le trasladamos la siguiente información: En relación a su siguiente consulta al buzón ciudadano del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa: "¿Puedo yo recoger la documentación en nombre de los accionistas que firmaron y desean solicitar la aplicación del susodicho art. 373 y dirigirme al gobierno y entregarla, o se debe crear una asociación de accionistas e inscribirla en el registro mercantil con sus estatutos?" Le informamos de que el artículo 373 de la Ley de Sociedades de Capital no establece ningún formalismo concreto para la acreditación. Por lo tanto, será válida cualquier forma que permita acreditar fehacientemente que la solicitud al Gobierno se realiza por accionistas que representen al menos un quinto del capital social. Reciba un cordial saludo. Área de InformaciónSubdirección General de ComunicaciónMinisterio de Economía, Comercio y Empresa Hay decenas de abogados especializados......., jajajajaja, y asociación de afectados con reconocimiento jurídico....., jajajajaja, los cuales, cobran minutas mínimas de 800€ para empezar, más gasros de peritos, procuradores, costas, etc., que no garantizan la viabilidad de la reclamación que puede durar más de 10 años y prescribir, como sucede frecuentemente en la jurisdicción española, aunque sí tienen la desfachatez de asegurártelo -poderoso caballero es don dinero- y descaradamente así nos lo prometen con impunidad absoluta. Claro, claro, dices que los 30€ generan desconfianza y sospecha..... y mi trabajo, consultas, gastos, insultos y difamaciones que he tenido que afrontar amén de la dedicación invertida.....¿Usted o alguién lo haría gratuitamente?Asimismo, la asociación de afectados- ABENGOASHARES- por ejemplo; con el señor Marcos de Quinto arropado al principio de su constitución y posteriormente, el señor Clemente Fernández, los cuales dejaron evidentes muestras de su desatino y engaño a los crédulos que confiaron en sus proclamas traicioneras. Basta recordar al último, el cual insuflaba a los accionistas, el no votar en la junta convocaba por las cuentas anuales de Abengoa, donde se desaprobaba la gestión de la banca acreedora y los consejos administrativos que la dirigían, encabezados por Urquijo con sus desmanes y emolumentos, para posteriormente un mes después, cambiar radicalmente la intención de voto, solicitando dar el beneplácito al expolio cometido, autorizándolo, además de anunciarnos que iba a emprender acciones judiciales contra los responsables del entuerto perpetrado..... Comentas que "La empresa no tiene actividad real, los activos están vendidos o en manos de los acreedores, y la economía nacional no va a rescatar algo que ya no genera valor."Según argumentas ¿ para qué buscar una asociación de afectados con reconocimiento jurídico o un abogado especializado en derecho mercantil que lleve el caso si la empresa no tiene valor, ni futuro.....? Pues los activos que nos han usurpado y conferidos a COX y su principal valedor, el banco Satander, al parecer, si que están actualmente dando beneficios. Y digo en este momento presente, porque como muchos desconocen, el gobierno está nuevamente siendo garante de COX, pero se obvian las deudas que se arrastran, pasivos, etc, que tarde o temprano pasaran factura.... a los bolsillos de los contribuyentes, a menos que la justicia europea tome cartas en el asunto por la presunta malversación de fondos otorgada a Abengoa en periodo COVI y otros acaecidos. Abengoa no ha quebrado, los activos se los llevaron a otra empresa filial creada, Abenewco, y de allí a Coxabengoa, en un ejercicio de marrullería financiera descaradamente consentido  y sin temor por el momento.....avalado por entidades públicas entre otros actores.....Todo ello SIN JUSTIFICAR NI GARANTÍAS...y carta de apoyo con Eureka-Re, aseguradora con domicilio en Barbados (paraíso fiscal)https://www.diariodesevilla.es/economia/Cox-Energy-adjudica-activos-Abengoa_0_1785121806.html  "En cuanto a avales y demás acreedores financieros, “la oferta lo es sin subsistencia de garantías, y con asunción de los pasivos derivados de los avales vivos”; afirma, “sin justificar.... y ampliación de los avales existentes, con las entidades financieras del pool de bancario del grupo, también, con entidades públicas, “lo que tampoco justifica”; ..” Es inaudito como el ICO (instituto de crédito oficial) concedió préstamos sin  auditarse ni siquiera haberse presentado en tiempo y forma las cuentas del 2019, y que el 16/11/2021 finalmente se aprobaron, por el "administrador concursal" (Guillermo Ramos) de Ernst & Young, (EY)  junto con la connivencia de Abengoashares y Clemente Fernández, que pidieron interesadamente, el SÍ a los accionistas, cuando un mes antes se oponían.https://www.diariodesevilla.es/economia/Abengoa-aprueba-cuentas-2019-acciones-responsabilidad-exconsejeros_0_1629737526.html "Clemente Fernández desveló a la totalidad del grupo coordinador de la sindicatura, en el que están los tres síndicos, un dato que la gran mayoría desconocía: para lograr que él y José Joaquín Martínez Sieso entraran en el consejo de la filial operativa, se comprometieron a que los accionistas aprobaran las cuentas de 2019 y de 2020. Los dos ejercicios, sin más contraprestaciones...el riesgo para los acreedores sin que las cuentas de 2019 estén aprobadas es muy alto en un concurso culpable, por todas las cuestiones explicadas que se hicieron en ese ejercicio. “Si se validan las pérdidas de 487 millones, se valida la causa de disolución”...https://us19.campaign-archive.com/?u=c501e688d749a2573106970b7&id=56c8ee8b67"Porque aprobar las cuentas avalaría las operaciones hechas, incluyendo la pérdida del A3T.... Los abiertamente partidarios de aprobar las cuentas esgrimen, por su parte, que rechazarlas por segunda vez (ya se hizo en la junta general del primero de octubre) permitiría también a la administración concursal, ejercida por EY Abogados, tomar el camino de la liquidación (aunque la ley igualmente abre en ese caso la vía de la reformulación). Eso sí, de usar esa vía, el concurso culpable, aseguran fuentes jurídicas, sería inevitable, lo que daría lugar a una pieza penal separada, además de la querella penal ya existente. Los partidarios del no a las cuentas mantienen que ese riesgo es menor, precisamente porque los anteriores administradores y los acreedores no querrán arriesgarse a ese escenario penal....Ambos episodios no dejan dudas del interés cierto de los acreedores financieros por asegurar cuanto antes y para siempre la aprobación de las cuentas de 2019, tanto cuando quien proponía en su nombre era Urquijo como ahora, cuando la administración concursal defiende los mismos planteamientos.Que así haya sucedido refuerza el temor de que, aprobadas las cuentas, se acelere la liquidación por alguna de las vías posibles, y no haya ocasión a permitir un rescate que sí asegure a los accionistas un porcentaje relevante de Abenewco1 (volviendo a poner dinero) y la supervivencia de la matriz, de forma que a futuro su inversión en acciones de Abengoa SA pueda tener valor también..."https://us19.campaign-archive.com/?e=e28ad69e3a&u=c501e688d749a2573106970b7&id=bb3fd6695d Añades que: "Lo de  "En cuanto a los enlaces de change.org y el foro, están muy bien para mantener informada a la gente, pero la efectividad de estas peticiones es muy baja "No tienes vergüenza, "querido".No sabemos si se habrán conseguido las cifras de capital social demandadas, sin concreción por el gobierno todavía, aunque ya nos anticipaban que:  De: Información.General <informacion.general@economia.gob.es>Enviado: martes, 19 de marzo de 2024 11:12Para: jmpsAsunto: RE: Solicitud aplicación del art. 373 ley sociedades de capital Estimado Sr. : Una vez realizadas las consultas internas pertinentes, le trasladamos la siguiente información: Desde el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa no podemos confirmarle si las cifras del capital social de ABENGOA, S.A. en la actualidad son las que indica en su correo. Tal y como consta en la página web de la CNMV, dicha empresa figura como en liquidación, luego podrían haberse producido eventos que hayan alterado la composición del capital social..... Como no obtenemos respuesta todavía, procederemos a reclamarlo ante las instancias europeas concernientes (Defensor Pueblo Europeo, Fiscalía europea).  Ya hay 2061 firmas verificadas, a la petición en la iniciativa: https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true ¡A ver cuántas consigues tú!, además de los numerosos interesados que se han sumado y  entregado la documentación requerida, pendiente de cotejar una vez nos respondan los organismos competentes.Ya que tus alegatos al derrotismo y al tragar mierda, con sus aleccionadoras enseñanzas  altaneras del efectivo proceder en la reivindicación, " Si realmente se quiere avanzar, lo suyo sería buscar una asociación de afectados con reconocimiento...." , le conmino a que mueva el culo y de ejemplo, ya sabes, "el movimiento se demuestra andando".Hemos tenido demasiados iluminados que nos orientaron por la senda del inequívoco devenir, aderezándolo con esa trufada pretendida bonhomia que me adereza. Gracias, listillo."Dicho esto, y con todo el respeto, me veo en la obligación de aportar una visión más realista y fría, que quizá no sea lo que muchos quieran oír, pero creo que es necesaria para no generar falsas expectativas." Señor Carlos , no sea usted tan necio ni tergiversador, nunca se ha pretendido por mi parte el engendrar falsas expectativas , simplemente el abogar por la defensa de la dignidad y la lucha por nuestros legítimos derechos, se gane o se pierda.Dale recuerdos a la Botina y sus adláteres, de nuestras partes.https://www.rankia.com/usuarios/carlos-martinez-ro
Pardillo619 15/05/26 06:01
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Como ya ha hecho mucha gente afectada, estoy organizando la recogida de documentación para reunir el 20% del capital social/quinta parte y entregarla al gobierno, en aras de incoar el consiguiente expediente administrativo para solicitar la aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital, como me requirieron el pasado 25 de septiembre´2023. Os mando estos dos enlaces donde podréis acceder a más información para iniciar las acciones que perseguimos en orden a recuperar lo que hemos perdido por el momento.Hay que actuar ya, es decir, iniciar la recogida de documentación para acreditar quiénes somos, cuantas acciones tenemos y entregarla al ministerio de economía como ya he indicado y transmitido en este foro de Rankia y en change.org, donde podéis estar al corriente de lo acontecido. Iª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/30807821 2ª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=trueAsimismo, en este foro de Rankia se publica información constantemente, más extensa.DOCUMENTACIÓN para enviarme:Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando debidamente tanto:1) identidad de éstos : Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o carné de conducir.2) participación que ostentan en el capital social. (copia cuenta de valores con el extracto de participaciones/acciones que se posean).Por favor, cuando me enviéis la documentación, dejadme claro cuántas acciones de tipo A y B tenéis, aparte de lo reflejado en el extracto bancario.3) autorización firmada (os copiaré el texto que os mandaré por correo electrónico y lo firmáis, con mi identificación incluida, obviamente) para que en vuestro nombre, se proceda a la presentación del papeleo, además de la exposición de las razones de conveniencia para la economía nacional que nos requieren.Os lo mandaré a vuestro correo electrónico, con mi nombre y DNI, por razones de confidencialidad.Hay que hacer solamente, una aportación económica de 30€, a esta cuenta corriente bancaria, en concepto de: adabengoa373ES02 1465 0100 9220 5930 8878.Una vez completado-firmado el modelo de autorización, lo adjuntáis al resto de documentos y me lo enviáis al email informativo que tenemos: adabengoa373@gmail.com. Cuando lo reciba, os acusaré recibo por email, así estamos tod@s más tranquilos y tenemos una mayor seguridad.Por lo que respecta a la "exposición las razones de conveniencia para la economía nacional o para el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de continuación de la sociedad anónima, yo me encargaré de confeccionarla, sin perjuicio de que me enviéis, bienvenidos sean, cualesquiera comentarios a la misma, que incluiríamos.Bueno, creo que ya tienes una visión más completa de lo que estamos llevando a cabo.Cualquier comentario, duda, clarificación, aquí me tienes.Un saludo.José María (Pardillo619) «La esperanza no es la convicción de que algo saldrá bien, sino la certeza de que algo tiene sentido, salga como salga.» —Vaclav Havel  
Pardillo619 15/05/26 06:01
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 Como ya ha hecho mucha gente afectada, estoy organizando la recogida de documentación para reunir el 20% del capital social/quinta parte y entregarla al gobierno, en aras de incoar el consiguiente expediente administrativo para solicitar la aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital, como me requirieron el pasado 25 de septiembre´2023. Os mando estos dos enlaces donde podréis acceder a más información para iniciar las acciones que perseguimos en orden a recuperar lo que hemos perdido por el momento.Hay que actuar ya, es decir, iniciar la recogida de documentación para acreditar quiénes somos, cuantas acciones tenemos y entregarla al ministerio de economía como ya he indicado y transmitido en este foro de Rankia y en change.org, donde podéis estar al corriente de lo acontecido. Iª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/30807821 2ª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=trueAsimismo, en este foro de Rankia se publica información constantemente, más extensa.DOCUMENTACIÓN para enviarme:Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando debidamente tanto:1) identidad de éstos : Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o carné de conducir.2) participación que ostentan en el capital social. (copia cuenta de valores con el extracto de participaciones/acciones que se posean).Por favor, cuando me enviéis la documentación, dejadme claro cuántas acciones de tipo A y B tenéis, aparte de lo reflejado en el extracto bancario.3) autorización firmada (os copiaré el texto que os mandaré por correo electrónico y lo firmáis, con mi identificación incluida, obviamente) para que en vuestro nombre, se proceda a la presentación del papeleo, además de la exposición de las razones de conveniencia para la economía nacional que nos requieren.Os lo mandaré a vuestro correo electrónico, con mi nombre y DNI, por razones de confidencialidad.Hay que hacer solamente, una aportación económica de 30€, a esta cuenta corriente bancaria, en concepto de: adabengoa373:ES02 1465 0100 9220 5930 8878.Una vez completado-firmado el modelo de autorización, lo adjuntáis al resto de documentos y me lo enviáis al email informativo: adabengoa373@gmail.com. Cuando lo reciba, os acusaré recibo por email, así estamos tod@s más tranquilos y tenemos una mayor seguridad.Por lo que respecta a la "exposición las razones de conveniencia para la economía nacional o para el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de continuación de la sociedad anónima, yo me encargaré de confeccionarla, sin perjuicio de que me enviéis, bienvenidos sean, cualesquiera comentarios a la misma, que incluiríamos.Bueno, creo que ya tienes una visión más completa de lo que estamos llevando a cabo.Cualquier comentario, duda, clarificación, aquí me tienes.Un saludo.José María (Pardillo619) 
Pardillo619 15/05/26 06:01
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 Como ya ha hecho mucha gente afectada, estoy organizando la recogida de documentación para reunir el 20% del capital social/quinta parte y entregarla al gobierno, en aras de incoar el consiguiente expediente administrativo para solicitar la aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital, como me requirieron el pasado 25 de septiembre´2023. Os mando estos dos enlaces donde podréis acceder a más información para iniciar las acciones que perseguimos en orden a recuperar lo que hemos perdido por el momento.Hay que actuar ya, es decir, iniciar la recogida de documentación para acreditar quiénes somos, cuantas acciones tenemos y entregarla al ministerio de economía como ya he indicado y transmitido en este foro de Rankia y en change.org, donde podéis estar al corriente de lo acontecido. Iª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/30807821 2ª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=trueAsimismo, en este foro de Rankia se publica información constantemente, más extensa.DOCUMENTACIÓN para enviarme:Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando debidamente tanto:1) identidad de éstos : Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o carné de conducir.2) participación que ostentan en el capital social. (copia cuenta de valores con el extracto de participaciones/acciones que se posean).Por favor, cuando me enviéis la documentación, dejadme claro cuántas acciones de tipo A y B tenéis, aparte de lo reflejado en el extracto bancario.3) autorización firmada (os copiaré el texto que os mandaré por correo electrónico y lo firmáis, con mi identificación incluida, obviamente) para que en vuestro nombre, se proceda a la presentación del papeleo, además de la exposición de las razones de conveniencia para la economía nacional que nos requieren.Os lo mandaré a vuestro correo electrónico, con mi nombre y DNI, por razones de confidencialidad.Hay que hacer solamente, una aportación económica de 30€, a esta cuenta corriente bancaria, en concepto de: adabengoa373:ES02 1465 0100 9220 5930 8878.Una vez completado-firmado el modelo de autorización, lo adjuntáis al resto de documentos y me lo enviáis al email informativo: adabengoa373@gmail.com. Cuando lo reciba, os acusaré recibo por email, así estamos tod@s más tranquilos y tenemos una mayor seguridad.Por lo que respecta a la "exposición las razones de conveniencia para la economía nacional o para el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de continuación de la sociedad anónima, yo me encargaré de confeccionarla, sin perjuicio de que me enviéis, bienvenidos sean, cualesquiera comentarios a la misma, que incluiríamos.Bueno, creo que ya tienes una visión más completa de lo que estamos llevando a cabo.Cualquier comentario, duda, clarificación, aquí me tienes.Un saludo.José María (Pardillo619) 
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 Como ya ha hecho mucha gente afectada, estoy organizando la recogida de documentación para reunir el 20% del capital social/quinta parte y entregarla al gobierno, en aras de incoar el consiguiente expediente administrativo para solicitar la aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital, como me requirieron el pasado 25 de septiembre´2023. Os mando estos dos enlaces donde podréis acceder a más información para iniciar las acciones que perseguimos en orden a recuperar lo que hemos perdido por el momento.Hay que actuar ya, es decir, iniciar la recogida de documentación para acreditar quiénes somos, cuantas acciones tenemos y entregarla al ministerio de economía como ya he indicado y transmitido en este foro de Rankia y en change.org, donde podéis estar al corriente de lo acontecido. Iª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/30807821 2ª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=trueAsimismo, en este foro de Rankia se publica información constantemente, más extensa.DOCUMENTACIÓN para enviarme:Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando debidamente tanto:1) identidad de éstos : Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o carné de conducir.2) participación que ostentan en el capital social. (copia cuenta de valores con el extracto de participaciones/acciones que se posean).Por favor, cuando me enviéis la documentación, dejadme claro cuántas acciones de tipo A y B tenéis, aparte de lo reflejado en el extracto bancario.3) autorización firmada (os copiaré el texto que os mandaré por correo electrónico y lo firmáis, con mi identificación incluida, obviamente) para que en vuestro nombre, se proceda a la presentación del papeleo, además de la exposición de las razones de conveniencia para la economía nacional que nos requieren.Os lo mandaré a vuestro correo electrónico, con mi nombre y DNI, por razones de confidencialidad.Hay que hacer solamente, una aportación económica de 30€, a esta cuenta corriente bancaria, en concepto de: adabengoa373:ES02 1465 0100 9220 5930 8878.Una vez completado-firmado el modelo de autorización, lo adjuntáis al resto de documentos y me lo enviáis al email informativo: adabengoa373@gmail.com. Cuando lo reciba, os acusaré recibo por email, así estamos tod@s más tranquilos y tenemos una mayor seguridad.Por lo que respecta a la "exposición las razones de conveniencia para la economía nacional o para el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de continuación de la sociedad anónima, yo me encargaré de confeccionarla, sin perjuicio de que me enviéis, bienvenidos sean, cualesquiera comentarios a la misma, que incluiríamos.Bueno, creo que ya tienes una visión más completa de lo que estamos llevando a cabo.Cualquier comentario, duda, clarificación, aquí me tienes.Un saludo.José María (Pardillo619) 
Pardillo619 15/05/26 06:01
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 Como ya ha hecho mucha gente afectada, estoy organizando la recogida de documentación para reunir el 20% del capital social/quinta parte y entregarla al gobierno, en aras de incoar el consiguiente expediente administrativo para solicitar la aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital, como me requirieron el pasado 25 de septiembre´2023. Os mando estos dos enlaces donde podréis acceder a más información para iniciar las acciones que perseguimos en orden a recuperar lo que hemos perdido por el momento.Hay que actuar ya, es decir, iniciar la recogida de documentación para acreditar quiénes somos, cuantas acciones tenemos y entregarla al ministerio de economía como ya he indicado y transmitido en este foro de Rankia y en change.org, donde podéis estar al corriente de lo acontecido. Iª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/30807821 2ª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=trueAsimismo, en este foro de Rankia se publica información constantemente, más extensa.DOCUMENTACIÓN para enviarme:Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando debidamente tanto:1) identidad de éstos : Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o carné de conducir.2) participación que ostentan en el capital social. (copia cuenta de valores con el extracto de participaciones/acciones que se posean).Por favor, cuando me enviéis la documentación, dejadme claro cuántas acciones de tipo A y B tenéis, aparte de lo reflejado en el extracto bancario.3) autorización firmada (os copiaré el texto que os mandaré por correo electrónico y lo firmáis, con mi identificación incluida, obviamente) para que en vuestro nombre, se proceda a la presentación del papeleo, además de la exposición de las razones de conveniencia para la economía nacional que nos requieren.Os lo mandaré a vuestro correo electrónico, con mi nombre y DNI, por razones de confidencialidad.Hay que hacer solamente, una aportación económica de 30€, a esta cuenta corriente bancaria, en concepto de: adabengoa373:ES02 1465 0100 9220 5930 8878.Una vez completado-firmado el modelo de autorización, lo adjuntáis al resto de documentos y me lo enviáis al email informativo: adabengoa373@gmail.com. Cuando lo reciba, os acusaré recibo por email, así estamos tod@s más tranquilos y tenemos una mayor seguridad.Por lo que respecta a la "exposición las razones de conveniencia para la economía nacional o para el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de continuación de la sociedad anónima, yo me encargaré de confeccionarla, sin perjuicio de que me enviéis, bienvenidos sean, cualesquiera comentarios a la misma, que incluiríamos.Bueno, creo que ya tienes una visión más completa de lo que estamos llevando a cabo.Cualquier comentario, duda, clarificación, aquí me tienes.Un saludo.José María (Pardillo619) 
Pardillo619 15/05/26 06:00
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 Como ya ha hecho mucha gente afectada, estoy organizando la recogida de documentación para reunir el 20% del capital social/quinta parte y entregarla al gobierno, en aras de incoar el consiguiente expediente administrativo para solicitar la aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital, como me requirieron el pasado 25 de septiembre´2023. Os mando estos dos enlaces donde podréis acceder a más información para iniciar las acciones que perseguimos en orden a recuperar lo que hemos perdido por el momento.Hay que actuar ya, es decir, iniciar la recogida de documentación para acreditar quiénes somos, cuantas acciones tenemos y entregarla al ministerio de economía como ya he indicado y transmitido en este foro de Rankia y en change.org, donde podéis estar al corriente de lo acontecido. Iª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/30807821 2ª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=trueAsimismo, en este foro de Rankia se publica información constantemente, más extensa.DOCUMENTACIÓN para enviarme:Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando debidamente tanto:1) identidad de éstos : Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o carné de conducir.2) participación que ostentan en el capital social. (copia cuenta de valores con el extracto de participaciones/acciones que se posean).Por favor, cuando me enviéis la documentación, dejadme claro cuántas acciones de tipo A y B tenéis, aparte de lo reflejado en el extracto bancario.3) autorización firmada (os copiaré el texto que os mandaré por correo electrónico y lo firmáis, con mi identificación incluida, obviamente) para que en vuestro nombre, se proceda a la presentación del papeleo, además de la exposición de las razones de conveniencia para la economía nacional que nos requieren.Os lo mandaré a vuestro correo electrónico, con mi nombre y DNI, por razones de confidencialidad. Hay que hacer solamente, una aportación económica de 30€, a esta cuenta corriente bancaria, en concepto de: adabengoa373:ES02 1465 0100 9220 5930 8878.Una vez completado-firmado el modelo de autorización, lo adjuntáis al resto de documentos y me lo enviáis al email informativo: adabengoa373@gmail.com. Cuando lo reciba, os acusaré recibo por email, así estamos tod@s más tranquilos y tenemos una mayor seguridad.Por lo que respecta a la "exposición las razones de conveniencia para la economía nacional o para el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de continuación de la sociedad anónima, yo me encargaré de confeccionarla, sin perjuicio de que me enviéis, bienvenidos sean, cualesquiera comentarios a la misma, que incluiríamos. Bueno, creo que ya tienes una visión más completa de lo que estamos llevando a cabo.Cualquier comentario, duda, clarificación, aquí me tienes.Un saludo.José María (Pardillo619) 
Pardillo619 15/05/26 05:59
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
 Como ya ha hecho mucha gente afectada, estoy organizando la recogida de documentación para reunir el 20% del capital social/quinta parte y entregarla al gobierno, en aras de incoar el consiguiente expediente administrativo para solicitar la aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital, como me requirieron el pasado 25 de septiembre´2023. Os mando estos dos enlaces donde podréis acceder a más información para iniciar las acciones que perseguimos en orden a recuperar lo que hemos perdido por el momento.Hay que actuar ya, es decir, iniciar la recogida de documentación para acreditar quiénes somos, cuantas acciones tenemos y entregarla al ministerio de economía como ya he indicado y transmitido en este foro de Rankia y en change.org, donde podéis estar al corriente de lo acontecido. Iª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/30807821 2ª parte:https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=trueAsimismo, en este foro de Rankia se publica información constantemente, más extensa.DOCUMENTACIÓN para enviarme:Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando debidamente tanto:1) identidad de éstos : Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o carné de conducir.2) participación que ostentan en el capital social. (copia cuenta de valores con el extracto de participaciones/acciones que se posean).Por favor, cuando me enviéis la documentación, dejadme claro cuántas acciones de tipo A y B tenéis, aparte de lo reflejado en el extracto bancario.3) autorización firmada (os copiaré el texto que os mandaré por correo electrónico y lo firmáis, con mi identificación incluida, obviamente) para que en vuestro nombre, se proceda a la presentación del papeleo, además de la exposición de las razones de conveniencia para la economía nacional que nos requieren.Os lo mandaré a vuestro correo electrónico, con mi nombre y DNI, por razones de confidencialidad. Hay que hacer solamente, una aportación económica de 30€, a esta cuenta corriente bancaria, en concepto de: adabengoa373:ES02 1465 0100 9220 5930 8878.Una vez completado-firmado el modelo de autorización, lo adjuntáis al resto de documentos y me lo enviáis al email informativo: adabengoa373@gmail.com. Cuando lo reciba, os acusaré recibo por email, así estamos tod@s más tranquilos y tenemos una mayor seguridad.Por lo que respecta a la "exposición las razones de conveniencia para la economía nacional o para el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de continuación de la sociedad anónima, yo me encargaré de confeccionarla, sin perjuicio de que me enviéis, bienvenidos sean, cualesquiera comentarios a la misma, que incluiríamos. Bueno, creo que ya tienes una visión más completa de lo que estamos llevando a cabo.Cualquier comentario, duda, clarificación, aquí me tienes.Un saludo.José María (Pardillo619)