Muchas gracias por la respuesta Bacalao y perdona por la tardanza en contestarte.Lo que yo recordaba era lo de los 2000E de AEDE de pago único, pero mentalmente lo amplié al tema actual.Repito las gracias. Sds
Gracias Pakitanueva.Eso es lo que yo creo, pero una gestoría de Madrid que le hace la declaración a otro heredero en el mismo caso, dice que la imputación al 2% debe ser desde fecha Aceptación Herencia, sin retrotraer a fecha fallecimiento. Su razón: si antes de la aceptación herencia no era tuyo, no tienes pq imputarte nada. De hecho la AEAT, en los datos, lo figura desde fecha Aceptación Herencia. De ahí que, junto con la opinión de la gestoria de Madrid, me haga dudar y traslade la pregunta.Gracias.
Quedando además en el limbo la consideración de "nueva contingencia" manteniendo el 40% para lo rescatado a partir de 2025.Repito las gracias, Abeledos Paco A