Otrigue
15/03/13 00:51
Ha comentado en el artículo Gastos por cancelación de hipoteca
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Hola
Te copio lo que dice el código de buenas prácticas del Banco de España:
"5.1.1.c) Comisión por preparación de la documentación para cancelación notarial de hipoteca
Además de lo comentado en el punto anterior, debe recordarse que los clientes pueden
llevar a cabo por sí mismos los trámites necesarios para la cancelación registral de su hipoteca,
por lo que esta comisión, en cuanto retribuye un servicio opcional, normalmente
no viene recogida en las escrituras de préstamo hipotecario.
Dado que las entidades únicamente prestan este servicio si lo solicita su cliente (entendiendo
por tal, en las cancelaciones de préstamos hipotecarios, bien el titular del préstamo, bien
la persona que está interesada en esta cancelación notarial), resulta imprescindible, para
que el cobro de la comisión que lo retribuye pueda considerarse procedente, que el cliente
preste su consentimiento previo no solo a que la entidad realice este servicio, sino a que se
le adeuden las comisiones tarifadas —y de las que se le ha informado— por este concepto"
Es decir, el banco no puede obligarte a que hagas la cancelación de la hipoteca con su asesoría.
Un saludo