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Omarag

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Omarag 27/09/23 21:05
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Omarag 27/11/20 11:50
Ha respondido al tema Valor subasta y tasacion - Subastas judiciales
Dicen por ahí que el que da consejos no da dinero, pero si yo fuese tú me pondría en manos de un profesional. Si no entiendes esos conceptos que son básicos es difícil que sepas otras cuestiones de mayor importancia y que te pueden dar muchos dolores de cabeza. Un saludo.
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Omarag 09/09/20 16:52
Ha comentado en el artículo Cargas preferentes en subastas judiciales
Mira, básicamente sé que los tengo pillado por los huevos porque en el acta de 2015 cuando se aprobó la instalación del ascensor, pone que con tres cuotas impagadas será exigible inmediatamente toda la deuda. Estas tres cuotas fueron impagadas en el 2015, ya por el mes de octubre, por lo que la deuda es exigible en 2015 directamente y no pueden justificarse ya en que los recibos venían mes a mes. Lo que desconozco es si esta mala fe, que para mí la es, se la puedo reclamar yo de alguna forma, si por ese motivo no puedo vender el piso, que ya tenía un comprador a los dos meses de adjudicarmelo pero que ahora lo estoy rentando bastante bien y me da un poco igual (me imagino que no porque ellos pueden alegar que tenían fe ciega en que debía de pagarlas).
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Omarag 08/09/20 22:59
Ha comentado en el artículo Cargas preferentes en subastas judiciales
De entrada yo he pagado el año en curso y los tres anteriores pero el resto nada de nada. Les he instado a que inicien un procedimiento pero aun sigo esperando. En cuanto se resuelva todo os comentaré cómo queda la cosa porque creo que para los inversores es muy importante este tipo situaciones anómalas y poco habituales que nos pueden hacer ahorrar unos cuantos miles de euros. Un saludo a todos. 
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Omarag 12/03/19 21:06
Ha comentado en el artículo Cargas preferentes en subastas judiciales
Si pero lo que no me queda muy claro es que si se aprueba en junta esa instalación del ascensor en mayo de 2015, aunque decidan en hacer pagos aplazados y lleguen los pagos hasta 2017, tenga que el adjudicatario en 2019 hacerse cargo de esos pagos. Si se les diese por pagar todo a toca teja en 2015 no tendría obligación al pago, entonces me genera dudas sobre si por haber prorrogado el pago desde esa fecha de 2015 si esté obligado a ese pago. He buscado información sobre esto pero no veo nada concreto.
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Omarag 12/03/19 18:40
Ha comentado en el artículo Cargas preferentes en subastas judiciales
Tengo una duda acerca de las deudas de comunidad por si a alguien se le ha dado este caso. El tema es que me he adjudicado recientemente un inmueble del que ya tenía contabilizadas las deudas anteriores de comunidad de propietarios del año en curso y tres anteriores. Ahora le solicito que me envíe documentación sobre dichas deudas y al llegar la documentación veo que incluye una deuda de una derrama por la colocación de un ascensor y otra derrama de morosidad porque como no todos los vecinos pagaron esa derrama del ascensor, la empresa instaladora iba a denunciar a la comunidad y entonces ésta decide realizar dicha derrama y evitar esta denuncia. El asunto en cuestión es que esta derrama del ascensor se aprueba en 2015 y se paga mensualmente hasta finales de 2017. La administradora no me solicita el pago de los meses de 2015 pero sí de 2016 y 2017. Quisiera saber si esto se aprueba en 2015 pueden solicitarlo en 2019, ya que está fuera del plazo legal para reclamar estos gastos. Lo mismo por la derrama de morosidad, aunque esta se aprueba en 2017 pero su base es sobre lo aprobado en 2015. Muchas gracias por vuestra atención.
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Omarag 09/01/19 16:25
Ha comentado en el artículo Las adjudicaciones directas de Hacienda
Sé, después de leerte en infinidad de ocasiones, que sabes muy bien de lo que hablas. Simplemente como en derecho nada es blanco o negro, siempre hay matices, pues veía ahí una pequeña fisura para casos muy concretos. Un saludo y muchas gracias por tus aportaciones.
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Omarag 08/01/19 17:28
Ha comentado en el artículo Las adjudicaciones directas de Hacienda
Buenas tardes a todos. Jotaerre, me gustaría que echases un ojo a esta sentencia (Sentencia Penal Nº 24/2011, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 1739/2010 de 01 de Febrero de 2011). Un saludo.
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Omarag 05/01/19 13:18
Ha comentado en el artículo Las adjudicaciones directas de Hacienda
Creo que esto daría para un buen debate. Como comentaba, ustedes conocen este ámbito mucho mejor que yo y saben lo que se hace habitualmente para tomar posesión de cualquier inmueble pero dudo que tenga recorrido una denuncia del antiguo propietario sobre hacer uso directo de un trastero basándose en este precepto penal. De todas formas me parece muy interesante este tema y si conoce de alguna sentencia al respecto sería interesante estudiarla.
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Omarag 03/01/19 18:28
Ha comentado en el artículo Las adjudicaciones directas de Hacienda
Llega un pelín tarde esta respuesta pero leyendo esto quería matizar un detalle. Los trasteros no se consideran domicilio de ninguna de las maneras salvo que estén físicamente unidos a la vivienda. Matizo esto para que tengáis en cuenta que no puede invocarse ningún derecho a la intimidad en este sentido. Ahora que si vuestra experiencia os dice lo contrario, yo me callo que más sabréis vosotros que yo, pero las leyes son muy claras al este sentido y la jurisprudencia del Supremo también.
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Omarag 30/12/18 17:41
Ha comentado en el artículo No habrá paz para los malvados. Las quiebras fraudulentas en las subastas
Para esta acción existe en el código penal una definición, la cuál es, "De la alteración de precios en concursos y subastas públicas". El que tenga sospechas fundadas de dicho hecho delictivo siempre podrá poner en conocimiento de la autoridad judicial este comportamiento. Esa creo, desde mi infinita ignorancia, que es la vía adecuada. A los delincuentes se les señala, no se les deja campar a sus anchas por el simple hecho de que a mí no me ha perjudicado lo suficiente.
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Omarag 23/03/18 23:13
Ha comentado en el artículo Las adjudicaciones directas de Hacienda
Ya he visto el por qué del bajo valor de la adjudicación, si es que tiene algo que ver. Hoy he hablado con el agente urbanizador y faltan más cargas referentes a la urbanización. Había pendientes unas cantidades que se aumentaron por una modificación del PAE. Por si fuese poco éste no se aprueba y veremos si acaban aprobándolo porque los vecinos lo han tumbado dos veces.
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Omarag 23/03/18 16:36
Ha comentado en el artículo Las adjudicaciones directas de Hacienda
He estado desconectado durante un tiempo. Os paso el número de la adjudicación de Hacienda por si alguien la conoce y ha visto algo que yo no veo. S2017R468600100827. Un saludo.
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Omarag 10/03/18 13:46
Ha comentado en el artículo Cómo eludir impuestos para compensar las pérdidas que nos provoca la inacción del gobierno del señor Rajoy
En breves escribiré ese artículo y se lo remitiré a Tristán de alguna forma para que él lo visualice y, si lo aprueba, lo publique. Os daré consejos para enfrentaros a una okupación pero también os digo que tendréis que ser hábiles y que todo no va a depender de vosotros. Evidentemente hay cosas que no se pueden contar en un articulo, espero vuestra comprensión. Un saludo a todos.
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Omarag 09/03/18 19:41
Ha comentado en el artículo Cómo eludir impuestos para compensar las pérdidas que nos provoca la inacción del gobierno del señor Rajoy
Hola buenas tardes a todos. Con la peste de los okupas tenemos un gran problema en España, pero pensar que también es cierto que hay mucho desconocimiento y miedo. El simple hecho de que a un gitano u otra clase de sujeto le apetezca entrar en nuestra casa, no es motivo para tener que esperar dos años a que un juez decida echarlo. El CP establece dos tipos delictivos, la usurpación de bienes inmuebles y el allamiento de morada. En el primero de los casos podríamos aplicarlo a un bien que nos hemos adjudicado en una subasta y que no usamos como vivienda, ni siquiera vacacional. En el segundo de los casos podemos referirnos, incluso, a un piso que usamos para ir un par de semanas al año. Bueno, pues es en el segundo de los casos las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueden, y deben detener para posteriormente poner a disposición judicial a esas personas. Esto es así porque existe un choque de derechos fundamentales (derecho a intimidad personal) y que se resuelve con la demostración de titularidad de la propiedad. En el primer caso no hay choque de derechos, ya que prevalece el derecho a la intimidad de ese okupa a tu título de propietario. Perdonar el tostón pero lo he resumido lo máximo posible. P.D. Para demostrar vuestra morada en pisos que tenéis cerrados, aunque no hayáis pasado ni una noche en él, también hay determinados trucos que se pueden utilizar, y todos legales.
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Omarag 04/03/18 17:20
Ha comentado en el artículo Las adjudicaciones directas de Hacienda
Hola buenas tardes. Tengo una duda e igual no sé si es el mejor medio para preguntarla o debo contratar algun servicio, si es así házmelo saber. Hace cosa de un mes, visualizando en internet he encontrado un chalet que sale en adjudicación directa por Hacienda. Su valor de tasación ronda los 70000 euros pero en la zona un chalet de características similares no bajaría de 150000. Me pereció demasiado bonito para ser cierto y me puse a investigar. Lo primero es que no constan cargas, así lo hace constar Hacienda pero me fui al registro de la propiedad y sí, es cierto, no tiene cargas asumibles al adjudicatario. Lo único que tiene es cuotas pendientes de urbanización, ya que está dentro de un PAE que está paralizado por denuncias de varios vecinos a los que su casa se queda fuera por estar dentro del límite de costas y evidentemente quieren que se les reconozca dentro del PAE. Me puse en contacto con la empresa urbanizadora y pedí un certificado de las cargas pendientes, estas ascienden a 10000 euros más o menos. Me seguía pareciendo un chollo así que me fui al ayuntamiento y hablé con el arquitecto. Al final deduje que el valor es tan bajo porque en el registro de la propiedad constan 48 metros pero en realidad tiene muchos más. En el catastro constan 250 de construcción y otros 250 de terreno y viendo la casa por fuera creo que esta cantidad se ajusta más a la realidad. Cuando ya tenía todo más o menos claro me fui a hablar con la "propietaria" y le ofrecí un dinero si me la adjudicaba, 10000 euros por no ir a juicio, a cambio ella se tendría que largar. Me dijo que ni de coña que ella no se movía y me estuvo dos horas comiendo la cabeza, diciéndome que si me la adjudicaba que me iba a arruinar pero que no me diría por qué. Creo que es para meter miedo y que me olvide. La mujer está en contra de todo el sistema: jueces, Hacienda, abogados, notarios...que son todos unos ladrones etc y que me voy a arruinar porque hay algo oculto que me va a hundir. No le hice caso y puse una cantidad muy pequeña, 25000 euros y quedó desierta. Ahora sale otra vez en un mes y no sé que hacer. Creo que he dado todos los pasos y he hecho las comprobaciones pertinentes pero igual se me queda algo en el tintero. ¿Qué opinais? Gracias de antemano.
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