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Olibibiae

Se registró el 01/12/2011
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Olibibiae 11/06/18 08:57
Ha respondido al tema Error en valoración cuaderno particional e impuesto sucesiones (prescrito)
Claro claro, por lo unico que me voy a reunir con el es para exigir explicaciones de porque lo hizo así y de consultar como lo resolveria el, pero nada más... Casi seguro que tirare por la opcion que tu dices, la poner de valor de adquisicion el valor de Hacienda de 2009... Y luego si no lo acepta la AEAT pues pelearme con recursos invocando esas sentencias a las que me referia (aunque son para el otro extremo, los que inflaron valores y no pusieron los reales)... Ya os comentare en que queda la cosa... Muchas gracias por tu ayuda. Saludos.
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Olibibiae 10/06/18 22:39
Ha respondido al tema Error en valoración cuaderno particional e impuesto sucesiones (prescrito)
Claro, es lo que tu dices... Quedó todo en condominio... Simplemente hicieron una valoración resumen total después de enumerar todas las propiedades... Mañana estaré con el gestor que hizo todas las gestiones relativas a dicha herencia, y a ver que me comenta. Entiendo que mínimo podríamos subir la valoración hasta los 62.500€ que constaban como valor total en la escritura de 2010 y que en 2014 se puso la mitad de valor... ¿No? O utilizando la valoración que tengo de Hacienda de la Comunidad Autónoma de noviembre de 2009 (1 mes después del fallecimiento), ¿podríamos poner el valor real de esa fecha? (Sobre 200.000€). Muchas gracias de verdad Juan Lackland!!
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Olibibiae 10/06/18 20:05
Ha respondido al tema Error en valoración cuaderno particional e impuesto sucesiones (prescrito)
Disculpa el error Juan Lackland y leopol72... Antes de nada agradecer vuestro tiempo y ayuda... Me equivoqué yo, en el cuaderno particional en si no aparece... Es más, acabo de detectar otra incongruencia entre la escritura y la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones... Os explico: 16.10.2009 -> Fallecimiento 31.03.2010 -> Escritura de aprobación de repartición de herencia en la que el notario indica en un apartado "que los comparecientes, de mutuo acuerdo y entre si, se practicó la partición de la herencia en un cuaderno particional, que me entrega para su protocolización". En dicho cuaderno particional adjunto a la escritura en ningún momento valora el bien de manera individualizada, si no que en el resumen de valoración de indica la cantidad de 62.500€ como el total del valor de los bienes de la persona fallecida. 04.11.2014 -> Una vez prescrito el Impuesto de Sucesiones, se presenta dirigido a la oficina liquidadora en el que se solicita "Se digne girar las liquidaciones que procedan, a cuyo efecto acompañamos al presente inventario la documentación expresada".  En ese escrito es donde si se indica la valoración individualizada de los bienes, pero (aqui es donde acabo de detectar otro error), ahora se dice que el valor total de los bienes de la persona fallecida es de 32.800€ (en la escritura se habian puesto 62.500€). Y la vivienda aquí es donde si aparece valorada en 25.500€. En este escrito tengo adjunto el modelo de autoliquidación (sellado por la oficina liquidadora el 05.12.2014) en el que se vuelven a indicar los valores de 32.800€ para el total de los bienes y 25.500€ para la vivienda...   Desconozco porque el gestor lo hizo si ya estaba prescrito el Impuesto de Sucesiones, no le veo lógica, por lo menos llegar al importe que se había puesto es la escritura de 62.500€, pero es que es casi la mitad... De hecho, he estado leyendo en foros y la gente solía utilizar la picaresca de dejar prescribir el Impuesto de Sucesiones y luego liquidar el impuesto inflando muchisimo el valor de los bienes para cubrise ante posibles ventas... Y hay sentencias en contra de esta practica que dicen que "los valores declarados por los herederos actores a efectos del Impuesto sobre Sucesiones no vinculan a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por tratarse del IRPF y no haber podido ser objeto de comprobación administrativa dichos valores por la Administración autonómica, habida cuenta que la declaración tributaria se produjo cuando ya había prescrito la acción liquidatoria y, por tanto, los valores declarados no podían ser ni comprobados ni corregidos, en su caso, razón por la que la Agencia Tributaria no tenía obstáculo alguno para comprobar los valores declarados" https://st3.idealista.com/news/archivos/2016-12/sentencia-tsj-valencia-hinchar-valor-inmuebles-heredados.pdf Pero es que nuestro gestor lo ha hecho totalmente al reves, ni siquiera puso el valor real si no 5 o 6 veces menos... Obviamente este lunes le pedire explicaciones, porque ahora me veo en un problemón en la declaración de IRPF... Muchas gracias por vuestra ayuda...
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Olibibiae 10/06/18 13:15
Ha respondido al tema Error en valoración cuaderno particional e impuesto sucesiones (prescrito)
Ya, te entiendo, muchas veces no revisas las cosas por falta de tiempo y por confianza en el gestor... Hasta que vienen los problemas...  A ver, realmente no hay valor "escriturado", me explico... En marzo de 2010 hicimos la escritura pública de ratificación, aprobación, y protocolarización de operaciones particionales... En esa escritura se adjunta un cuaderno particional y un inventario donde se listan una serie de propiedades (unas 10 en total) y se valoran todas en conjunto, sin especificar el valor individual, en 65.000€. Como la herencia repartía todos los bienes al 50% entre 2 personas, y no hubo más reparto que ese, así se hizo... Por lo que en realidad no hay valor escriturado como tal... El valor de 25.500€ que comentaba se adjunto en la liquidación del impuesto una vez prescrito en noviembre de 2014... Es que estoy en un mar de dudas... Pero creo que fué una chapuza del gestor... Gracias por la ayuda...
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Olibibiae 21/05/12 17:24
Ha respondido al tema Plan amigo jazztel
julenm, ponte en contacto conmigo por privado si puedes, que me interesa pasarme a Jazztel ya!! Saludos!
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Olibibiae 18/04/12 09:33
Ha respondido al tema Duda Declaración Renta 2011 (divorcio, hijos, hipoteca, obras, ...)
Me autocontesto... Para poder deducir por mi hijo tengo que tener la custodia del mismo, asi que nada, no puedo... En el tema de mi vivienda que por sentencia de divorcio le tengo cedida a mi ex y a mi hijo (es decir, no puedo hacer uso de ella), puedo ponerla como uso 6 aunque mi ex no la tenga como vivienda habitual?? Saludos!
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Olibibiae 18/04/12 08:11
Ha respondido al tema Duda Declaración Renta 2011 (divorcio, hijos, hipoteca, obras, ...)
Buenos días... Ya he hablado con mi ex del tema, y el año pasado hizo la declaración y no declaro "mi" vivienda como vivienda habitual. Lo que si, me dijo que este año no iba a hacer la declaración porque no está obligada, entonces, podría meter yo en mi declaración a mi hijo pequeño (pasa 1/3 del año conmigo) para deducirme algo?? Saludos y mil gracias de nuevo
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Olibibiae 17/04/12 17:00
Ha respondido al tema Duda Declaración Renta 2011 (divorcio, hijos, hipoteca, obras, ...)
Muchas gracias por tu ayuda Lunático... Mi ex no se si lo declara como vivienda habitual, tengo que preguntarle, pero creo que no está obligada a hacer la declaración. Lo que si, la tenga como vivienda habitual o no, no tendría derecho poner la "clave 6" al estar recogido en la sentencia del divorcio que se la tengo que ceder... Es que yo no puedo disponer de esa vivienda para nada, con lo que no entiendo porque tendría que imputar una renta inmobiliaria cuando no puedo "disfrutar" de ella... Respecto a lo de las obras, algunas si se ajustan, pero las obras no las pague yo, las pago mi hija a través de transferencia de su cuenta bancaria... Podría aún así deducir esas obras?? De nuevo, muchas gracias por tu ayuda.
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Olibibiae 19/12/11 11:19
Ha respondido al tema Reducción linea de crédito VISA CEPSA
Buenos días, a mi todavía no me han reducido el límite, soy cliente desde hace unos 3 años, tengo unos ingresos de unos 2.000€ al mes, y tengo un límite de 3.200€, siempre con pago total a fin de mes, y nunca ningún retraso en el pago. Normalmente no gasto más de 1.200€ al mes, pero por circunstancias excepcionales, entre el 14-10-2011 y el 13-11-2011 gasté 2.320€ redondeando, sabiendo el alto coste de los intereses y haciendo un cálculo yo mismo (TAE:26'82% anual, mensual serían 2'235%) me salian que si pagaba 1.650€ y aplazaba 670€ para diciembre tendría que pagar unos 15€ de intereses. Eso mis cálculos claro, porque en el cierre de este mes (14-12-2011), me cargaron los siguiente (importes redondeados): 14-12-2011 INTERESES............................. 6 € 14-12-2011 INTERESES............................. 45 € 14-12-2011 GASTOS PAGO DIFERIDO*...... 5 € 14-12-2011 GASTOS PAGO DIFERIDO*...... 28 € En total unos 84€, es decir, un 12'5% del importe del pago aplazado... No entiendo porque me cargan 2 veces intereses, ni tampoco porque me cargan gastos, leyendo el contrato no encuentro nada de gastos por pago diferido. A ver si alguien que haya aplazado algún pago alguna vez o alguien que controla del tema me puede echar una mano. Muchas gracias por vuestra ayuda!!
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