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Impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) en una cesión de derechos en cooperativa
Entiendo, y me queda claro, pero me surgen más dudas aún.Supongo que ese impuesto lo paga el comprador, ya que no se especifica lo contrario en el contrato de cesión. Si es así, pagaría el ITP de la parte que adquiere, y el IVA del resto. Ten en cuenta que yo solo he pagado el 32% + IVA, y falta por pagar el 68% + IVA restante del que se haría cargo el comprador, un 5% en 36 cuotas mensuales y el resto a la entrega.No es incompatible pagar ITP e IVA de de lo mismo?Además, el comprador se haría cargo dentro de 3 años, cuando firme la escritura? en base a qué?Gracias por tus aclaraciones, me están siendo de mucha ayuda.