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Nickola_tesla

Se registró el 08/07/2016
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Nickola_tesla 17/06/18 01:05
Ha respondido al tema Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés
Perdón,  no he especificado que me referia principalmente al fondo internacional. Segun la newsletter del mes pasado, el valor liquidativo de finales de abril era 102 con un potencial de 92%, lo que según mis calculos hablariamos de un valor liquidativo potencial de 195. Según la nueva newsletter, a finales de mayo el valor liquidativo era 99,98 y el potencial de 85%, lo que daría un valor liquidativo potencial de 185.  Parece una bajada importante para un mes y me surgen varias dudas. ¿Es algo normal? O ¿Habrán revisado fuertemente a la baja las estimaciones de las principales posiciones del fondo y puede ser el reconocimiento implicito de una trampa de valor de alguna de las primeras posiciones? ¿Qué os parece?
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Nickola_tesla 16/06/18 19:44
Ha respondido al tema Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés
¿A alguien le ha llamado la atención la bajada del potencial de revalorización de los fondos de cobas que han mandado en la newsletter de este mes? Si mis cálculos son correctos es una bajada del 5% del valor liquidativo potencial en un mes. ¿A alguien más le sale ese resultado o es una equivocación mía?
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Nickola_tesla 25/11/17 12:21
Ha respondido al tema Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés
Creo que no me he explicado bien. No digo que Amazon pueda ser una empresa para tener en la cartera de cobas, yo tambien opino que está sobrevalorada. Hablo de su modelo de negocio y como ha cambiado la forma de consumir dirigiendolo hacia el comercio online. Desde ese punto de vista, ¿qué futuro le espera a tiendas como pc city o the phone house? ¿Se tenderá a que sean las propias marcas quienes vendan el producto? (Tienda apple, xiaomi, etc) Lo digo porque empresas como toys r us no pasan por sus mejores momentos. Estoy de acuerdo con la filosofia value, pero en mi opiniom tampoco hay que caer en el error de pensar que todo lo que no está de moda y está  barato es value. Los avances tecnológicos pueden dejar obsoletos para siempre determinados negocios, y eso no es "value". Mi preocupacion venia por si dixons podia encontrarse en un momento así.
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Nickola_tesla 24/11/17 17:07
Ha respondido al tema Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés
Temo que el rechazo que parecen tener los gestores a Amazon y similares por ser una punto com -metiendo a todas las punto com en el mismo saco- les haga subestimar la disrupcion que supone su modelo de negocio sobre el negocio de los retailer como el de dixons y el resto. No me imagino que las ventas de the phone house o similares vayan a aumentar en el futuro. Cada vez veo que el comercio electronico se come mayor parte del pastel respecto al comercio tradicional por la ventaja competitiva y el cambio de habitos de los consumidores, y parece que es un cambio que ha venido para quedarse. Espero que invertir en dixons no sea como invertir en kodak cuando salieron las camaras digitales Espero tambien que Parames no esté condicionado por su acierto a finales de siglo con la burbuja tecnologica. Pensar que porque hace 17 años hubiera una burbuja, todo lo que lleve .com hoy en dia no es capaz de modificar para siempre determinados sectores y por tanto no tenerlo en cuenta me parece peligroso.
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Nickola_tesla 28/03/17 00:24
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Extraido del informe de la web de Lar Para el  caso de ampliaciones  con derechos  de suscripción preferente,  el  Consejo  de Administración solo podrá  aumentar  capital  al  amparo  de  esta  delegación  cuando  el  valor  de  cotización  de  las  acciones  de  la Sociedad  en  circulación  al  cierre  de  la  sesión  bursátil  inmediatamente  anterior  a  la  fecha  de  adopción  del acuerdo correspondiente  no sea  inferior  al  último  EPRA  NAV  por acción  publicado por  la Sociedad
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Nickola_tesla 27/03/17 22:55
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Séptimo.- Dispensa  de  las  prohibiciones  contenidas  en  el  artículo  229  de  la  Ley  de  Sociedades  de Capital conforme  a lo  previsto  en  el artículo  230  de  dicha  ley  en  relación  con  el consejero  D. Miguel Pereda Espeso. ______________________________ Artículo 229 Deber de evitar situaciones de conflicto de interés 1. En particular, el deber de evitar situaciones de conflicto de interés a que se refiere la letra e) del artículo 228 anterior obliga al administrador a abstenerse de: a) Realizar transacciones con la sociedad, excepto que se trate de operaciones ordinarias, hechas en condiciones estándar para los clientes y de escasa relevancia, entendiendo por tales aquéllas cuya información no sea necesaria para expresar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad. b) Utilizar el nombre de la sociedad o invocar su condición de administrador para influir indebidamente en la realización de operaciones privadas. c) Hacer uso de los activos sociales, incluida la información confidencial de la compañía, con fines privados. d) Aprovecharse de las oportunidades de negocio de la sociedad. e) Obtener ventajas o remuneraciones de terceros distintos de la sociedad y su grupo asociadas al desempeño de su cargo, salvo que se trate de atenciones de mera cortesía. f) Desarrollar actividades por cuenta propia o cuenta ajena que entrañen una competencia efectiva, sea actual o potencial, con la sociedad o que, de cualquier otro modo, le sitúen en un conflicto permanente con los intereses de la sociedad. 2. Las previsiones anteriores serán de aplicación también en el caso de que el beneficiario de los actos o de las actividades prohibidas sea una persona vinculada al administrador. 3. En todo caso, los administradores deberán comunicar a los demás administradores y, en su caso, al consejo de administración, o, tratándose de un administrador único, a la junta general cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que ellos o personas vinculadas a ellos pudieran tener con el interés de la sociedad. Las situaciones de conflicto de interés en que incurran los administradores serán objeto de información en la memoria a que se refiere el artículo 259. ____________________________________________________________ Octavo.- Delegación  en  el Consejo  de Administración, con  expresa facultad  de  sustitución, por  el plazo  de  cinco  años,  de  la  facultad  de  ampliar  el  capital  social  conforme  a  lo  establecido en  el artículo  297.1.b)  de la Ley  de  Sociedades  de Capital,  hasta la  mitad  del capital social en  la fecha de la delegación. Delegación  de  la facultad  de excluir  el  derecho  de suscripción  preferente en  relación  con  las  ampliaciones  de capital que pueda  acordar  al amparo  de esta autorización,  si  bien  esta facultad  quedará limitada a  un  importe nominal máximo,  en  conjunto, igual al 20% del capital  social en  la fecha de esta autorización. ________________________________________________________ Creo que no hace falta decir nada más. A ver que votan los principales accionistas.  
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Nickola_tesla 13/03/17 22:24
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
A seguir bajando el valor de adquisición de las acciones de cara al irpf. Sólo falta que dentro de un par de meses digan que necesitan financiación. Esos 26 millones que devuelven de la prima de emisión se los podrían haber ahorrado cuando los pidieron en la ampliación de capital.
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Nickola_tesla 05/03/17 19:47
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
En el epra cost ratio pre performance fee creo que entra la comisión fija, es decir el 1,25% del NAV del año anterior por los primeros 600 millones y el 1% por el restante. Es decir, la diferencia entre ratio sería por la comisión variable. El perfomance fee es la comisión varible por objetivos. Segun entiendo (pag 55), el perfermance fee es un ingreso para la gestora, por lo que de los 25 millones, tiene que pagar impuesto sobre sociedades, el resto, 19 millones, es lo que se utiliza para hacer la ampliación de K, por eso en la pagina 62 esa diferencia entre el epra earning sin ajustar y ajustado (viene en la nota al pie) El flujo de efectivo viene en la pagina 52 A mí que haya una comisión varible por objetivos no me parece mal. Lo que me parece mal es que se calcule todo sobre ganancias virtuales y no materializadas cuando se venda, porque... que pasa si virtualmente sube año tras año el 10% pero casualidad se pone a la venta y se vende con pérdidas? El problema que le veo es que el papel aguanta todo tipo de valoración
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Nickola_tesla 05/03/17 00:12
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Basicamente representa el porcentaje de gastos sobre el total de rentas por alquileres. Ejemplo. Imagina que tienes un piso alquilado por 10.000 euros al año. Tiene unos gastos asociados, por ejemplo 1.000 euros de comunidad, 500 de ibi, 500 de seguro y 5.000 de la inmobiliaria por gestionartelo. En total 7.000 euros de gastos. Bien, simplificando, el EPRA COST Ratio seria 7000/10000 = 70% El ratio pre performance fee seria lo mismo pero sin contar la comisión variable. Como la comisión  varible es de aprox 25 millones de euros y supone un % muy alto, por eso tanta diferencia entre los ratios. Lo que no sé es pq hay diferencia en los importes que aparecen en el cálculo del epra cost ratio respecto del epra earnings sin ajustar (6,7 millones), alguien lo sabe? Es por los gastos financieros? Por cierto, los 61 millones de renta son BRUTOS no netos P.D. El flujo de efectivo de explotacion veo que son 19 millones, entre 90 millones de acciones me sale aprox 0,21 euros por acción. Van a repartir 0,33 euros por acción? 
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Nickola_tesla 02/03/17 15:37
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Muy interesante el analisis compuesto_interesant  Creo que los datos que figuran en las paginas 62 (Epra earnings SIN AJUSTAR) y 67 hablan por sí solos. No hace falta más. 73,9% de EPRA cost ratio      
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Nickola_tesla 20/01/17 11:05
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
La clave creo que va a estar en ver a qué precio vende los activos. Si se acercan o no a la tasación que tienen asignada. Si es así, es posible que la cotización se recupere. ¿Cuando se prevé la primera desinversión?
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Nickola_tesla 18/01/17 19:50
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
La primera parte de mi respuesta iba para Enriquedemadrid, que no para de repetir que no habrá ak hasta el año que viene y que ésta será sin descuento sobre NAV. Y para que eso se cumpla, la cotización se tiene que recuperar... cosa que nadie puede garantizar, asi que, estoy de acuerdo compuesto_interesante, tambien veo posible una marranada con otra ak. Asi que esperaré un poco a ver si se recupera algo la cotización para cerrar la posición y olvidarme del tema.
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Nickola_tesla 17/01/17 11:37
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
No dejo de leer que en 2017 no habrá AK y que en 2018 la puede haber pero por encima del NAV. Ánimo en llevar a buen término una AK por un precio superior al de cotizacion, igual alguien acude. Enriquedemadrid, la razon que esgrimes para decir que no va a haber mas AK por debajo del NAV es una promesa del presidente... como si no fuera posible incumplirlo... Solo espero salir de esta posición antes de que suban los tipos de interés recuperando lo máximo posible.
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Nickola_tesla 26/11/16 13:15
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Parece que la accion se ha recuperado un poco. A ver si es verdad, sigue por esa senda y los accionistas antiguos nos llevamos alguna alegria.
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Nickola_tesla 10/10/16 18:07
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Habra que ver si cuando hablan de ampliacion sin descuento no se refieren a sin descuento sobre el precio de la accion. No se quien va a acudir a una ampliacion de capital por 8 euros la nueva accion cuando en el mercado la puede comprar por 6.
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Nickola_tesla 07/10/16 18:07
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Tengo ganas de comprobar si, con la venta de activos que anuncian, de verdad se materializan esas plusvalias latentes o son humo.
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Nickola_tesla 30/09/16 00:19
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Si, llegado a este punto en mi caso voy a esperar a ver que pasa con los proximos resultados y juntas. La proxima procurare estar mas atento con las propuestas.
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Nickola_tesla 29/09/16 20:14
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Del punto número 5 poco puedo decir. Un consejero a quien se le permite también ser consejero de la gestora, CEO según el organigrama http://larespana.com/equipo-gestor/. Bueno, cada uno verá si la justificación que argumentan en la propuesta es suficiente o no. Parece que en la votación nadie votó en contra. Del punto número 6 tampoco puedo decir mucho más de lo que he dicho hasta ahora. Es el que hace referencia a la ampliación de capital. Del punto número 7 lo que interpreto es que el Consejo de Administración tiene facultad para emitir deuda por un valor total máximo de 1000 millones de euros, límite de 500 millones en bonos, obligaciones, etc y otros 500 millones en pagarés. Del punto número 8 lo que interpreto es lo siguiente: El Consejo de Administración tiene facultad para emitir deuda canjeable/convertible por un valor máximo de 400 millones de euros con un plazo de hasta 30 años. El Consejo puede decidir si es deuda canjeable/convertible o no. El precio fijado para el canje puede ser fijo o variable y se establecería como una media de las X ultimas sesiones, donde X tiene que ser mayor que 5 días y menos de 3 meses. A ese precio se le puede aplicar una prima o un descuento. En caso de que sea un descuento puede ser de hasta el 25% del precio fijado. Puede ademas decidir si el canje es obligatorio o voluntario y si las acciones que se entregan son "nuevas", haciendo otra ampliación, o "viejas" a través de autocartera. Es decir, el Consejo podría, si así lo estima oportuno, endeudarse en: 500 millones de euros en bonos, obligaciones, etc 500 millones de euros en pagarés 400 millones de euros en deuda convertible/canjeable Límite máximo: 1.500 millones de euros ¿Mi interpretación es correcta? Según la página web, a 28 de septiembre de 2016 la capitalización de la sociedad es de 569,50 millones de euros. Me parece excesivo el límite total del punto 7 dado el tamaño de la sociedad. Del punto 8, aparte de parecerme excesivo también el importe, lo que me preocupa, si mi interpretación es correcta, que no lo sé, es que el Consejo actue de igual forma que con la ampliación aplicando descuentos y ampliando el capital en un importe importante perjudicando, por tanto, el precio de la acción y diluyendo la participación de los antiguos accionistas. Me sigue pareciendo increible que el Consejo tirara por los suelos el precio de la ampliación sólo para poder llevarla a cabo completamente. Cuando por otro lado tiene margen más que suficiente, según el punto 7, para financiar cualquier operación sin tener que perjudicar tanto a los accionistas. Con respecto a excluir el derecho de suscripción preferente, bueno, en el punto 6, el que hace referencia a la ampliación de capital, también se podía excluir el derecho y no se hizo. Lo que no sé es si los acuerdos como el del punto 8 son comunes en otras empresas. Es posible que esté bastante extendido y que se le esté dando demasiada importancia. El problema en mi caso es que ya no me fio después de cómo han ejecutado la ampliación de capital. Me parece que no han cuidado al inversor histórico y temo que tomen otra decisión que perjudique el precio de la acción. Respecto al EPRA cost, ojalá baje pero mientras siga en vigor el contrato no soy optimista. Por supuesto, nada de lo que digo o he dicho anteriormente debe tomarse como una recomendación en ningún sentido. Sólo estoy expresando mis reflexiones y mis temores sobre lo que está pasando a raíz de la ampliación de capital. Si alguien interpreta o analiza los acuerdos de otro modo me encantaría leerlo.
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Nickola_tesla 29/09/16 20:12
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
El 21 de abril de 2016 se celebró Junta General Ordinaria. De la propuesta de acuerdos para ese día destaco los siguientes puntos. http://larespana.com/es/wp-content/uploads/2016/04/2.-Propuesta-de-acuerdos-JGO-2016.pdf 5- Dispensa de las prohibiciones contenidas en el artículo 229 de la Ley de Sociedades de Capital conforme a lo previsto en el artículo 230 de dicha ley en relación con el consejero D. 6- Delegación en el Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, por el plazo de cinco años, de la facultad de ampliar el capital social conforme a lo establecido en el artículo 297.1.b) de la Ley de Sociedades de Capital, hasta la mitad del capital social en la fecha de la delegación. Delegación de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente en relación con las ampliaciones de capital que pueda acordar al amparo de esta autorización, si bien esta facultad quedará limitada a un importe nominal máximo, en conjunto, igual al 20% del capital social en la fecha de esta autorización 7- Autorización al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, por el plazo de cinco años, para emitir: a) bonos u obligaciones simples y otros valores de renta fija de análoga naturaleza (distintos de los pagarés), así como participaciones preferentes, con el límite máximo de 500 millones de euros, y b) pagarés con el límite máximo en cada momento, independiente del anterior, de 500 millones de euros. Autorización para que la Sociedad pueda garantizar, dentro de los límites anteriormente señalados, las nuevas emisiones de valores que efectúen las sociedades dependientes 8- Delegación en el Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, por el plazo de cinco años, de la facultad de emitir obligaciones o bonos canjeables y/o convertibles por acciones de la Sociedad u otras sociedades de su grupo o no, y warrants sobre acciones de nueva emisión o acciones en circulación de la Sociedad u otras sociedades de su grupo o no, con el límite máximo de 400 millones de euros. Fijación de los criterios para la determinación de las bases y modalidades de la conversión, canje o ejercicio. Delegación a favor del Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, de las facultades necesarias para establecer las bases y modalidades de la conversión, canje o ejercicio, así como, en el caso de las obligaciones y bonos convertibles y los warrants sobre acciones de nueva emisión, para aumentar el capital en la cuantía necesaria para atender las solicitudes de conversión de obligaciones o de ejercicio de los warrants, con la facultad, en el caso de las emisiones de valores convertibles y/o canjeables, de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas de la Sociedad, si bien esta facultad quedará limitada a un importe nominal máximo, en conjunto, igual al 20% del capital social de la Sociedad a la fecha de esta autorización Los resultado de la votación fue de la siguiente forma: http://larespana.com/es/wp-content/uploads/2016/04/20160421-Votaciones-Total.pdf Como se puede observar, se aprobaron todos los puntos por amplia mayoría. El punto que menos votos a favor obtuvo fue el que hace referencia a la ampliación de capital y a pesar de todo se aprobó con el voto favorable del 95%. A la Junta acudió el 64% del capital social. Es muy probable que acudieran los grandes fondos.
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Nickola_tesla 28/09/16 21:27
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Espero que tengas razon, los resultados acompañen y ademas tengamos tranquilidad hasta la junta. Copio directamente del informe de la propuesta para dotar al consejo de adminitracion de facultad para emitir de deuda convertible. "Así, a efectos de la conversión y/o el canje, los valores de renta fija se valorarán por su importe nominal, y las acciones al cambio fijo que establezca el Consejo de Administración en el acuerdo en que haga uso de esta delegación, ya sea este determinado o determinable en la fecha o fechas que se indiquen en el propio acuerdo del Consejo, y en función del valor de cotización en Bolsa de las acciones de la Sociedad en la/s fecha/s o período/s que se tome/n como referencia en el mismo acuerdo, y en todo caso que no sea inferior al cambio medio de las acciones de la Sociedad en el Mercado Continuo de las Bolsas españolas, según las cotizaciones de cierre, durante un período a determinar por el Consejo de Administración, no superior a tres meses ni inferior a cinco días naturales anteriores a la fecha de adopción del acuerdo de emisión de los valores de renta fija por el Consejo de Administración o de la fecha de desembolso de los valores por los suscriptores. Además, podrá fijarse una prima o, en su caso, un descuento sobre dicho precio por acción..." "...En cualquiera de los supuestos previstos en los dos párrafos precedentes, se prevé que, en el caso de fijarse un descuento sobre el precio por acción, este no podrá ser superior a un veinticinco por ciento." Ah bueno, que encima de que puede fijar un descuento sobre el precio de conversion este puede llegar solo al 25%. Me quedo mas tranquilo... Copio ahora del informe PROPUESTAS DE ACUERDOS JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LAR ESPAÑA REAL ESTATE SOCIMI, S.A. 2016 punto octavo. "La facultad para que el Consejo de Administración, al amparo de lo previsto en el artículo 511 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con el artículo 417 de dicha Ley, excluya, total o parcialmente, el derecho de suscripción preferente de los accionistas..." "... Esta facultad quedará en todo caso limitada a aquellas ampliaciones de capital que se realicen al amparo de esta autorización hasta la cantidad máxima correspondiente, en conjunto, al 20% del capital social a la fecha de adopción de este acuerdo. " O sea, que si les da la gana podrian excluir el derecho de suscripcion preferente. Eso si, limitado a que la ampliacion fuera menor del 20%. Para ser justos hay que decir que tambien tenian esta facultad para la ampliacion. Pero vamos, que pueden hacer lo que quieran.
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Nickola_tesla 28/09/16 18:37
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
El problema que veo es que, segun interpreto, pueden poner el precio de conversion que quieran, ellos fijan las condiciones ¿por que tendria que ser a precio de mercado? Pero incluso aunque asi fuera, estamos hablando de hasta 400 millones de euros, que eso convertido a acciones puede suponer otra dilucion importante, lo que supone que los beneficios futuros habria que repartirlos entre mas acciones y la rentabilidad por dividendo se derrumba. No se, quizas no se nada y sea yo que lo veo negro por la falta de confianza.
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Nickola_tesla 28/09/16 18:22
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Creo que la inversion de Bestinver en Lar es de cuando Parames y su equipo seguia alli. Empieza a cotizar en marzo de 2014 y Parames se fue en septiembre de 2014. Ya tuvieron unos cuantos descuidos en aquella epoca que he mencionado en post anterior, se me olvidó poner el de Pescanova.
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Nickola_tesla 27/09/16 22:17
Ha respondido al tema Seguimiento de LAR ESPAÑA
Estoy de acuerdo. Solo nos queda esperar que los grandes accionistas esten mas pendientes del consejo. Lo de que no haya mas ampliaciones... Yo estaba mas o menos tranquilo esperando a ver que pasaba en las proximas juntas, para que no hicieran la misma guarrada. Pero despues de leer el acuerdo de la emision de deuda convertible ya no lo tengo tan claro. ¿Que opinais sobre esa facultad para emitir deuda convertible?
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