El año pasado tuve que pagar una primera factura a mi abogado por una demanda contra la seguridad social para que me reconocieran una incapacidad temporal permanente.
Resultó favorable y me reconocieron la incapacidad, aunque la seguridad social recurrió y este año tuve que pagar una segunda factura para que ratificarán mi incapacidad. Al ser ahora "mi empresa" la seguridad social y estar cobrando una pensión que se me ha reconocido podría desgravarse los 300€ en la declaración de este año y en la del próximo año???
Gracias por vuestra ayuda.