Buenos días Estrellamar
Tal como estás contando las cosas no se si quieres que te ayudemos o simplemente desahogarte porque en vez de contarnos lo que ha pasado con detalles nos das información con cuentagotas y te dedicas a despotricar contra el seguro y contra el administrador que por otra parte tiene un trabajo muy complicado, poco agradecido y mal pagado en la mayoría de los casos.
Con lo que nos has contado intentaré echarte una mano. Entiendo (o más bien deduzco) que te han robado a ti una serie de bienes personales que tenías en un trastero dentro del garaje comunitario. Si este es el caso la póliza de la comunidad no tiene por que cubrirte ni los daños que te hayan podido causar ni los objetos robados. La póliza de la COMUNIDAD cubre los daños causados por robo a la propia COMUNIDAD y los bienes robados que sean de LA COMUNIDAD (por ejemplo los extintores o los buzones)
Quien debe resarcirte de lo que te han robado?? La respuesta es la póliza de tu domicilio, si está bien hecha y en ella has declarado que tienes un trastero con una serie de objetos dentro claro.
Resumiendo la póliza de la COMUNIDAD cubre a la COMUNIDAD y a los BIENES DE LA COMUNIDAD y la póliza de TU CASA te cubre a TI y a TUS BIENES.
(NOTA: Las mayúsculas son para que se entienda mejor la explicación no estoy gritando ni pretendo ser ofensivo)
Si quieres más ayuda o alguna aclaración necesitaré que describas pormenorizadamente y objetivamente lo que ha ocurrido.
Un Saludo
Creo q los compañeros te asesorado bienpero voy a insistir en que miles las coberturas adicionales que te da la póliza y quebró desconocimiento no se usan por ejemplo creo que con la modalidad oro del seguro de ocaso puedes hacerte una limpieza dental gratuita una vez al año.
Un saludo
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Buenos días.
Me temo que vas tarde . Tienes que avisar con meses de antelación, a ser posible mediante un medio que deje constancia de tu solicitud.
Saludo.
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Entiendo que no es tu caso pero hay pólizas donde se pueden asegurar los "daños causados deliberadamente por el inquilino al inmueble objeto del alquiler". Si no para esta para la próxima.
Puede ser, o los de licencias y tasas para la reconstrucción. Habría que mirar las condiciones generales y particulares a ver que dicen para saberlo con seguridad.
Irenovax el seguro te va a pagar el valor de reconstrucción del inmueble ¿Como averiguarlo?. Las aseguradoras estiman un valor por metro cuadrado en función del tipo de inmueble y en muchas es cercano a los 800 € el metro cuadrado construido. Si la casa mide unos 96 m2 te han dado una valoración correcta.
En lo referente a la hipoteca el banco no te puede poner pegas si:
1.- Cubres al menos 77.000 de ctte ya que es el valor de seguro según la tasación
2.- Cubres al menos el riesgo de incendio que es lo que exige la Ley General Hipotecaria
3.- Nombras como beneficiario al banco en caso de incendio, en argot esto se llama subrogación de derechos a la entidad hipotecante.
Espero haberte ayudado.
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No te pongas nervioso Camina2 a mi también me pasó hace un par de meses. Llamé por teléfono y en un par de minutos me dijeron como configurar la web para verlos. Tranquilo que el dinero está ahí.
Generali es un 3,60 no es un 3,85. Bueno si el mediador renuncia a su comisión si se queda en un 3.85.
Son intereses TAE los de Generali y el de FIAT. El resto no lo se.
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Un Saludo
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Hombre la casta funcionarial es (era?) privilegiada en España, no solo se les va a quitar la paga extra de navidad sino que que también se equipara la IT con la del resto de trabajadores (lo cual reducirá el absentismo teóricamente), y se reducen los días de asuntos propios. Lo siguiente debe ser despedir al personal laboral de la administración empezando por consejeros, asesores y otros nombramientos a dedo.
LA deducción no se puede quitar para las hipotecas en vigor, sólo para las nuevas. Esto es así por la aplicación del principio de seguridad jurídica recogido en nuestra constitución.
Perdona pero no, el IVA que te puedes deducir es de un 50% tanto si eres empresa como si eres autónomo. Sólo te puedes deducir el 100% si demuestras ante la Agencia Tributaria que el vehículo se usa única y exclusivamente para la actividad profesional (algo muy difícil de demostrar) o si se trata de un vehículo comercial (una cabeza tractora por ejemplo). Para la gasolina y los gastos de mantenimiento del vehículo impera la misma regla.
Un Saludo
FIATC también tiene un producto similar a un año y te da directamente el TAE: 3.5 %
http://www.fiatc.es/es/invercapital-seguro-de-inversion
El la web no lo poner pero en las circulares que nos envían a los mediadores y en los proyectos sale bien clarito.
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Emilio J. Pozo
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La vedad es que sólo conozco el caso de Lorca por la prensa. Si es como dices la solución sería tan fácil como proceder a la reconstrucción y que el banco vaya liberando pagos contra las certificaciones de la obra. Así el asegurado vuelve a tener su casa y el banco su garantía.
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Un Saludo
Emilio J. Pozo
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