Hola de nuevo ,
He llamado dos veces al numero indicado , la primera vez me dicen que si y la segunda me dicen que no.
La segunda me hablaron del articuo 52.
La contable me dice hacer una consulta vehinculante.
Te tendré informado de mis averiguaciones.
Gracias
Buenos dias Amparo ,
He hecho la misma consulta con un fiscalista de BBVA y me contesta lo siguiente :
Respecto a tu consulta, una cosa es la posibilidad de hacer aportaciones a un PPI, que pueden hacerse en cualquier caso, y otra cosa es la posibilidad de que esas aportaciones puedan reducir la base imponible general del IRPF, es decir, aprovechar la ventaja fiscal del producto. En este sentido, lo que establece la norma es que podrá reducirse la menor de las siguientes cantidades:
a) 10.000 € (ó 12.500 para mayores de 50 años)
b) El 30% (50% para mayores de 50 años) de los rendimientos netos del trabajo personal y actividades económicas.
Por lo tanto, en el caso de que no se perciban rendimientos del trabajo ni de actividades económicas, por aplicación de los límites anteriores NO podrán reducirse las aportacioens realizadas de la base imponible general.
Espero haber aclarado tu duda, pero en cualquier caso llámame si necesitas alguna aclaración.
Un saludo
BBVA
Hay alguna manera de consultar hacienda y lo aclare ?
Precisar que sigo cotizando como autónomo (no se si se puede considerar esto como una actividad)
Un cordial saludo
Muchas gracias.
Buenos dias Amparo ,
No consigo aclarar la duda siguiente :
Este año tengo plusvaluas con ventas de acciones inferiores al año, he dado de baja la actividad de la empresa por lo que no tengo otros ingresos.
Si hago una aportación a mi plan de pensiones tendré alguna deducción ?.
Gracias y un saludo.