hola,
Para un autónomo, con epígrafe 722, que liquida en módulos, pagando el IRPF trimestral con el modelo 131 y los trimestrales de IVA con el 303.
Sólo factura a una empresa, pero le retienen el 1%
Y sólo tiene un proveedor (gasolinera) que supera los 3005€ de base imponible en facturas.
Debe presentar el 347 solo con el de gasolinera? Las emitidas también? de ser que sí, cómo se diferencia con el programa de ayuda entre emitidas y recibidas? Debe mostrar la información trimestral?
Muchas gracias!
Estoy de acuerdo con Raulito. Visa Cepsa + círculo conductores + 4% carrefour
Pero esa VISA te da en combustible el 1% de compras (excepto en áreas de servicio), y si superas un límite (creo que los 300€ mensuales en compras), te dan un 2% de lo repostado en cepsa durante el mes (adicional al 3% que ya te da la visa de serie)
es más de un 14% con los precios actuales sumando descuentos!
Mi reparto es similar, aunque añado Evo.
Suerte y ánimos!
Totalmente de acuerdo. Yo siempre recomiendo comparar precios siempre comparando COBERTURAS
De hecho, como en casi todos mis análisis de "compras", primero pienso qué necesito, luego busco qué productos o servicios satisfacen lo que necesito, y luego comparo precios
En el caso de seguros de coche suele pasar, que uno a costa del precio acaba contratando pólizas que, en caso de asistencia en carretera, no te lo llevan al taller que quieres, o tienen un número limitado de kilómetros... El problema de todo esto es que te das cuenta cuando ya tienes el siniestro, cuando te quedas indefenso
Leed las condiciones, que para eso están. Recordad que un seguro es un contrato, con sus coberturas, su prima y que en la mayoría de casos se puede adaptar a lo que necesitamos.
Saludos
Lo único que me encaja es que el inquilino, al ser la empresa, no tendrá carácter de "vivienda habitual", y por eso le dieran de alta en el 861.2 en lugar del 861.1...
Cito: El epígrafe 861.1, de “Alquiler de viviendas”, que comprende, según su nota 1ª, el alquiler, con o sin opción de compra, de toda clase de inmuebles destinados a vivienda
Quizá esa coletilla hace que, al ser a una empresa (imposible que sea su vivienda), el epígrafe 861.2 el correcto y no el 861.1
Si alguien lo puede confirmar, lo agradeceré XD
Muchas gracias!
Bien pensado, quizá lo ponga, porque total, es una información que tiene hacienda igualmente al retenerle el 1%...
Otra cuestión ya que estoy... Los alquileres también están exonerados, pero al dar de alta en hacienda el epigrafe, apuntaron el 861.2, y no el 861.1. Con certificado electrónico, he intentado modificar pero no me deja seleccionar 861.1, solo el 861 (pintores...) o el 861.2 (alquiler locales)
Al elaborar el 303, sí que me deja elegir entre 861.1 o el 861.2. ¿Tendría sentido estar de alta en el 861.2 pero presentar el 861.1??
Estos de hacienda...
Muchas gracias!
Hola
Referente a esa casilla 86, no le encuentro sentido que exoneren del 390 para luego pedir este dato ADICIONAL, que no consigo encontrar en el modelo 390.
Si yo no quiero informar de ese dato, podría tranquilamente presentar la 390 y listos!
Además, si no lo relleno, tampoco me da error en la verificación... no lo acabo de entender
Saludos
Qué quieren, que hagamos cola en las oficinas para sacar dinero?? Que compremos en efectivo?? Eso sí que sería perder márgenes...
Entiendo que lo harán o estudiarán algunas entidades; no las abanderadas de las comisiones 0
En las cabeceras de las nóminas suele salir núm de afiliación a la seg social y base de cotización... Lo que parece que para desempleados solo DNI es suficiente, cuando hace dos días parecía que necesitaban vida laboral o ficha de demandante de empleo o renta...
Por mí, ha fallado la forma.
Saludos,
buah, me he quedado fuera por poquito... Si hubieran tardado 2 o 3 díasa aún lo hubiera pillado a tiempo... lástima, vamos de mal en peor
Precísamente hoy Coinc baja del 1,75% al 1,4% (nos avisó hace dos meses)...
Pues en una semana directito a Coinc que se va, al 1,5% antes de que lo bajen!
Esto es una verdadera M, ya me entendéis
Saludos
Me contesto, a ver si veis información suficiente en estos fragmentos.
El Servicio de Reclamaciones del BdE opina lo siguiente:
Si un cliente desea darse de baja como cotitular de una cuenta indistinta, una correcta práctica bancaria, en nuestra opinión, llevaría a las entidades a acceder a esta petición, siempre y cuando no concurriera justa causa que justificara una negativa (por ejemplo, la existencia de descubiertos, de deudas pendientes o de otros productos vinculados que no se hubieran cancelado y cuyo mantenimiento exigiera la titularidad de una cuenta por la persona que solicitase la baja).
Asimismo, resultaría acorde con las buenas prácticas bancarias que las entidades pusieran tal circunstancia en conocimiento de los restantes cotitulares indistintos, ya que se trata, en definitiva, de una modificación contractual que debe ser conocida por estos.
Fuente: Memoria del Servicio de Reclamaciones Banco de España 2007 (página 81)
http://www.bde.es/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/07/Fic/msr0507.pdf
También del servicio de reclamaciones del BdE:
Modificacion de Titularidad
Los titulares originarios de una cuenta pueden variar a lo largo del curso del contrato, y no solo por las lógicas mutaciones que pueden surgir en la vida de los pactos con vocación indefinida, como es el contrato de cuenta corriente, sino también por lo establecido en el artículo 400 del Código Civil: «Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común.» En estos supuestos, las entidades se reservan la opción de modificar la cuenta primitiva o abrir una nueva.
Entendemos que, en caso de que la modificación de la titularidad esté motivada por la renuncia de uno de los titulares, la entidad deberá comunicar al resto de los titulares de la cuenta la modificación pretendida, a fin de que estos decidan lo que estimen pertinente, pues es criterio sostenido que la renuncia efectuada por uno de los titulares tiene el carácter de acto unilateral que no precisa el consentimiento de la entidad —salvo que se hubiera acordado un plazo— ni de los otros cotitulares
Fuente: Memoria del Servicio de Reclamaciones 2008, pág 197
http://www.bde.es/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/08/Fic/msr0806.pdf
Eso sí, tendrás que ponerte duro con tu entidad bancaria si quieres salir de la cuenta sin dar explicaciones al otro titular.
Espero haber sido de ayuda
Saludos
La práctica habitual es que el banco pida que vayan los dos titulares. Aun así recuerdo haber leído en la memoria del servicio de reclamaciones del BdE algo diferente, pudiendo salir uno de ellos unilateralmente, previa comunicación al otro titular por parte del banco... lo buscaré a ver si lo encuentro.
Saludos
Ha comentado en el artículo Análisis del partido político "Podemos"
Yo le veo una gran ventaja y una gran desventaja:
- están creciendo mucho a costa de motivar a gente que, hasta ahora, pasaba de política, y lo hacen gracias a los medios y a que predican con el ejemplo
- se les puede ir de las manos, porque el método asambleario sumado a un rápido crecimiento, lo que hace es atraer a vividores que entrarán en más de una lista municipal; faltaría control interno.
No sería la primera vez que se ve a gente de derechas en asambleas de podemos en algunso pueblos, a ver qué ven, qué hacen, o qué pueden rascar. Es un programa difícil de defender y aplicar, así que podría ser flor de un día (o de un ciclo electoral)
Gran aportación
Post como éstos nos confirma a los que no tenemos cuenta en ninguna de estas entidades que lo estamos haciendo bien, para no estar tan vinculados.
Saludos
Ese es el nuevo círculo del ahorro rankiano??
El 1.75% de coinc acaba el 15 de septiembre. Los que ya tenemos EVO, lo pasaremos con casi total seguridad, pero los que no... por un 0,1% dependerá del monto.
Lo del traspaso automático en el fondo es una pu**** porque no es gestión activa, a lo que estamos acostumbrados muchos.
saludos
3 semanas para tener la cuenta más open abierta.... uffff
¿sabéis dónde puedo ver el tipo de interés y cuándo acaba?
Me la abrieron ayer, y quiero confirmar que me aplican los 6 meses que prometían
gracias
La releeré cuando esté en casa... Estamos tan acostumbrados estos años a que nos empeoren las condiciones, que pecamos de confiados y no leemos todo. Mis disculpas
Saludos y gracias
Pues a mí me ha llegado la cartita a casa, del banco sabadell, informando de que sólo en los cajeros de la entidad no aplicarán comisión. En el resto de servired sí