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Miguelm

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Miguelm 08/06/23 17:23
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
 Art. 7.1 del RD 2606/1996 de 20 de DiciembreArt. 7.7 de la Directiva 2014/49/UELegislación Básica en         https://www.fgd.es/legislacion/
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Miguelm 09/05/23 17:02
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
El problema es que esos 3200 euros no los han puestos ellos (el Tesoro), los has puesto tú. Luego no son rendimientos. Es la devolución por un exceso de pago. Supongamos que no hubiera esa comisión (0,15%) por devolver el dinero. Cuando tú pones 100.000 euros en Letras no estas invirtiendo esa cantidad, estás invirtiendo 96800 (100.000 - 3200) . A vencimiento recibiras 100.000 (96800 más 3200 de intereses). A VENCIMIENTO.Para compararlo con un depósito, tendrías que considerar un deposito de 96800, que al cabo de un año al 3,30% de interes te daria lo mismo: 100.000 (96800 más 3200 de intereses). Es decir, los intereses los recibes, en cualquiera de los dos casos( letras o depositos) al final, en el momento del vencimiento. ¿Por qué te hacen pagar de más al principio? Porque no se conoce el precio,  o lo que es lo mismo, el tipo de interes al que te van a remunerar, ya que se fijarán en una subasta que se celebra con "posterioridad" al momento en que tú pones el dinero. En los depósitos el tipo de interés está fijado de antemano y no es necesario ese "pagar de más".No es sólo un razonamiento técnico, es una cuestión práctica.
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Miguelm 09/05/23 15:13
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Como en alguna ocasión ha comentado @Monillo, el interés no te lo pagan por adelantado. Los rendimientos se computan como la diferencia entre el precio de adquisición y el importe de la amortización, generándose dichos rendimientos en el ejercicio fiscal en el que se produce el vencimiento de las Letras. El que paga por adelantado eres tú o, mejor dicho, pagas más de la cuenta.
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Miguelm 14/03/23 15:11
Ha respondido al tema Nuevo deposito ING 3 meses al 2%
Es decir, que el deposito se constituye sin el dinero ya en ing direct. ¿No convendría, pues, contratar el deposito el mismo día que llega el dinero para no perder los intereses de esos días que va corriendo el deposito a O? O, para mayor seguridad, que el dinero llegue un día despues de contratar el deposito, porque si no podrían considerar que no es un aumento de saldo si el dinero llega un poco antes de constituir el deposito.
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Miguelm 13/03/23 14:44
Ha respondido al tema ¿Depósito o letras del tesoro?
Te contesto a ti y a Charly17 a la vez. Si la idea está clara: tú tienes un dinero que no le tienes que pagar a Hacienda (en concepto de retención) durante un tiempo, hasta la fecha del pago del irpf, y que por tanto puedes rentabilizar (durante ese tiempo). Pero no puedes decir, hablando con propiedad, que la retención la pagas después; en el momento de la declaración del IRPF no pagas la retención, pagarás OTRA COSA, la cuota correspondiente a esos rendimientos por IRPF. La retención es un pago "previo", anticipado. Si es "a posteriori" ya no es "previo", y por tanto no es retención. Resumiendo: los rendimientos obtenidos por las Letras del Tesoro no están sujetos a retención (ni antes ni después), pero han de tributar en el IRPF o en el Impuesto de Sociedades.
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Miguelm 13/03/23 03:28
Ha respondido al tema ¿Depósito o letras del tesoro?
Yo creía que en las letras del Tesoro no aplicaban retenciónhttps://www.tesoro.es/deuda-publica/los-valores-del-tesoro/fiscalidad/residentes/impuesto-sobre-la-renta-de-las-personas-fisicas/tributacion-de-las-letras-del-tesoro
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Miguelm 05/03/23 07:43
Ha respondido al tema ¿Depósito o letras del tesoro?
Con el precio medio de compra.Si te vas a esta pestaña de la web del Tesoro https://www.tesoro.es/ejemplos-de-inversiony en el simulador pones, por ejemplo, 10.000 de Nominal (10 bonos), en el producto Bonos del Estado a 3 años, verás entre otros datos la cantidad invertida ( 9.846,50 € ). Es decir, lo calculan en base al precio medio de compra ( 984,65 € por mil  o 98,465% ).
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Miguelm 05/03/22 15:53
Ha respondido al tema Depósito Capital Plus 2,7% TAE 4 años (2,5% 2 años) de CIC IberBanco
Una duda. Parece ser que antes de abrirte la librete A  Sup y a la espera de una verificación, te abren una  libreta provisional (libreta A Prem's CIC). En su página web, en una nota adicional, dicen que los intereses de esa cuenta provisional  están sometidos a fiscalidad. ¿Quiere eso decir que te aplican retención sobre esos intereses?
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Miguelm 01/12/20 10:54
Ha respondido al tema BANCO Finantia
 Cuando hoy en día se habla de escanear un documento también se incluye la posibilidad de hacerlo con el móvil, con cámara, evidentemente. Dos ejemplos:  https://www.xataka.com/basics/como-escanear-documento-movil https://www.lavanguardia.com/tecnologia/20200512/481100546798/escanear-digitalizar-facil-calidad-documentos-papel-telefono-smartphone-dibujos-fotografias.html  Si tienes una cuenta de Google no necesitas instalar ninguna aplicación, puedes escanear el documento con Google Drive: https://support.google.com/drive/answer/3145835?co=GENIE.Platform%3DAndroid&hl=es  Escanear un documento:Abre la aplicación Google Drive .Abajo a la derecha, toca Añadir .Toca Escanear .Haz una foto del documento que quieras escanear. Ajustar el área de escaneado: toca Recortar .Repetir la foto: toca Volver a escanear la página actual .Escanear otra página: toca Añadir .Para guardar el documento terminado, toca Listo . Cómo se lee en el punto 4 anterior, escanear un documento con el móvil es, básicamente, hacerle una foto. Llámale como quieras: escanear, digitalizar, hacerle una foto, ... En mi opinión, estás haciendo sustancialmente lo mismo. 
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Miguelm 07/10/20 13:13
Ha respondido al tema BANCO Finantia
De casualidad nada, que nos leen. Yo tampoco he recibido ninguna notificacion por escrito. Como pasados unos dias desde que solicite la cancelacion no me respondieron nada, intente entrar en mi area de cliente en su web y dado que no pude acceder considere que la cuenta ya estaba cerrada. Desde luego lo suyo es que te manden la notificacion por escrito. Quien sabe, igual despues de leer esto tambien me la mandan a mi, aunque no me preocupa. Saludos.
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Miguelm 07/10/20 01:29
Ha respondido al tema BANCO Finantia
Yo acabo de cerrar cuenta con ellos hace unos días. Basta con que les mandes un email en el que les expreses tu deseo de cerrar la cuenta corriente, con tu firma. ¿Cómo lo firmas? Imprimes el texto donde dices que quieres cerrar la cuenta, firmas la hoja a mano, la escaneas y el pdf resultante se lo mandas como archivo adjunto en el email, a la dirección de correo electrónico que figura para contacto en su página web ( [email protected] ). Algo engorroso pero no complicado. También se puede cerrar la cuenta personándote en una de sus oficinas (en Madrid, Barcelona o Valencia).Saludos.
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Miguelm 28/08/19 17:30
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
No conozo el tema en detalle, no manejo acciones de ETF ni participaciones en fondos de inversión, pero yo diría que sí, que habría que considerarlas como bienes y derechos en el extranjero.  Parece que Hacienda parece manifestarse en ese sentido, minuto 56:50, pregunta 20, del tantas veces citado video del funcionario de la AEAT,  https://www.youtube.com/watch?v=yBs9epZN3yk. Me imagino que el broker debería informar de la cuenta global, y cada uno de los partícipes de cada una de las subcuentas. Un saludo.
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Miguelm 17/01/19 18:14
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Una simpleza que se me acaba de ocurrir. ¿Y si pones, por ejemplo, 10, con el ratón pones el cursor del puntero detrás del 1, tecla retroceder y borras el 1, con lo que te queda el 0? ¿Funciona?
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Miguelm 15/01/19 18:55
Ha respondido al tema Estructurado de Caixabank
Relájate, hombre. Se te ve un poco tenso. Pues sí, tienes razón, no me había leído el hilo entero. El tema no me interesaba especialmente. Tal vez ayudaría que este hilo no estuviera en el foro de depósitos, ya que no es un depósito ¿no?
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Miguelm 15/01/19 17:05
Ha respondido al tema Estructurado de Caixabank
"Europa critica la opacidad de los depósitos estructurados para el pequeño inversor" https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/01/14/mercados/1547493769_287492.html
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Miguelm 14/01/19 20:06
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Coincido con el funcionario al que preguntaste, entre otras cosas, porque otro funcionario, el del famoso vídeo del 720 https://www.youtube.com/watch?v=yBs9epZN3yk&t=58s , dice lo mismo en la pregunta 6 (minuto 39:37). Si no se ha entrado en el sistema, no se debe comunicar la cancelación. En mi opinión no habría que informar sobre esos depósitos.  Porque si no, en el apartado de "Origen del bien o derecho" del 720, ¿qué habría que poner, A ó C? Entiendo que habría que poner C si en ejercicios anteriores marcaste sobre ese bien o derecho la opción A. Si en ejercicios anteriores no entró en el sistema (A) no se debería comunicar la cancelación (C).
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Miguelm 27/12/18 08:38
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
¿Los intereses generados por los depósitos son rentas? Sí, concretamente rendimientos de capital mobiliario, que deberás consignar en la declaración de la renta, no en el modelo 720.   
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Miguelm 26/12/18 14:54
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Una curiosidad. En la página web de Revolut, en la pestaña "Cuentas" aparecen los tres tipos de cuentas que se pueden abrir: Standar, Premium y Metal. En los tres casos dicen que es una cuenta corriente gratuíta en el Reino Unido y una cuenta Euro IBAN gratuíta.  https://www.revolut.com/es-ES/ Y si la tarjeta Revolut está vinculada directamente a tu cuenta de banco español, ¿para qué te abren esa cuenta corriente en el Reino Unido? Saludos.
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Miguelm 25/12/18 14:26
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Esos dos vídeos te pueden servir igualmente. En el primero de ellos, cuando habla de "Subclave de bien o derecho" tendrías que poner 3 (Imposiciones a plazo) en lugar de 1(Cuenta corriente). Hay otro par de vídeos que te pueden ayudar: https://www.youtube.com/watch?v=yBs9epZN3yk https://www.youtube.com/watch?v=ZtuvuPq3WlI En cuanto a lo del IBAN, tendrás que estar a la hoja informativa que te envía la entidad. Lo de la tarjeta Revolut, que no conocía, mirando en su página web veo que te abren una cuenta corriente en euros en el Reino Unido a la que te asocian la tarjeta. Luego es una cuenta en el extranjero a la que mandas dinero y por tanto entiendo que sí deberías incluirla en el modelo 720. Saludos.
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Miguelm 18/12/18 17:15
Ha respondido al tema Hacienda y el 720
Así es: https://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/9588742/12/18/El-Gobierno-no-piensa-modificar-la-declaracion-de-bienes-en-el-extranjero.html Lo que ha emitido la Comisión Europea es un Dictamen Motivado, apenas un "aviso", que no tiene carácter vinculante para el Gobierno español. Lo que sí podría hacer la Comisión Europea es presentar una demanda sobre este tema ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), cuyas sentencias sí tendrían carácter vinculante para España.  De momento no lo ha hecho pero es muy posible que lo hagan. Al que le interese profundizar en el tema, aquí un interesante artículo sobre este tema: https://www.consultingdms.com/modelo-720-sanciones-formales-tribunal-justicia-union-europea/
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