Se que ha pasado mucho tiempo desde el ultimo post escrito aqui, pero he leido lo escrito por Echevarri y es exactamente mi caso, con el añadadido que a mi me informa un notario que todo es correcto, os lo cuento aqui, lo he colgado en otra post pero al leer este creo que deberia haberlo colgado aqui, perdonarme por escribir tanto pero creo que debiais saber toda la historia.
Hola a todos, os intentare explicar mi caso para ver si me podeis ayudar en algo :
Con fecha 23/02/2006 firmo mediante notario y segun pone en el encabezamiento ESCRITURA DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO con Caixa de Catalunya ahora ya Catalunya Caixa.
Mi ESCRITURA DE PRÉSTAMO resulto ser un CREDITO HIPOTECARIO pero aconsejado por el director del banco que era mejor que un prestamo firme, aunque como digo en el titulo de la escritura pone ESCRITURA DE PRESTAMO HIPOTECARIO.
Después de haber negociado verbalmente a finales del año 2006 con el director de mi banco una mejora en el porcentaje de intereses por entonces Euribor + 0,70 (Bonificada), habiamos acordado Euribor + 0,45 (Bonificada) que el mismo director me aplicaba sin firmar nada, este me propone con buena fe, que mejor lo firmaramos todo ante notario por si el dia de mañana el no estava, lo trasladaban o se jubilaba no hubiera problemas, a lo que yo decido aceptar.
Con fecha 30/04/2008 y despues de haber pagado si no recuerdo mal mas de 500 Euros al notario, realizamos segun encabezamiento ESCRITURA DE NOVACIÓN DE CRÉDITO unica y exclusivamente para modificar la parte donde aparecen los intereses o sea lo que habia negociado con el director, firmamos y listo hasta hace 5 dias que me llega una notificacion de la Agencia Tributària de Catalunya (que ni habia oido hablar de ella)
En dicha notificacion me ponen en conocimiento el inicio de un acto administrativo en el cual me instan a una propuesta de liquidacion de segun pone en concepto:
AJ17 MODIFICACION DE PRESTAMOS HIPOTECARIOS Meritacion:30/04/2008 Vencimiento:30/05/2008 Fecha de Presentacion 30/05/2008
Y por el cual me solicitan la magnifica cantidad de 4106,27 Euros intereses de demora incluido.
En su motivacion exponen una consulta vinculante con número V1739-09 de 23 de Julio y que se pronuncian con terminos donde hablan (Por no haceros leer todo) del articulo 9 de la ley 2/1994, el articulo 10.2 de la Ley 41/2007, de 7 de diciembre de la Regulacion del Mercado Hipotecario, etc...
Como podreis imaginar me enfado muchisimo y me acuerdo que tengo un conocido que trabaja en la Agencia Tributaria Catalana y decido llamarlo.
Resulta que ya no esta destinado alli pero quedamos y le enseño la notificacion, al leerla alucina literalmente porque segun me comenta incluso el cuando estaba alli se dedicaba a hacer estos tramites y jamas habian ido detras de novaciones como la mia, (lo cual no habia nombrado fue un primer prestamo para construccion de una vivienda particular, sin intermediarios ni nada, directametne yo), o sea novaciones que solo modificaban condiciones iniciales, etc...
El hace una llamada a alguien que trabaja alli y le comenta que si que les estan haciendo buscar de debajo de las piedras y que es una gran.....lo que me han echo pero esta asi el tema, que despues de mas de 3 años de haber novado me ha tocado a mi y a TODOS los catalanes que esten en mi situacion seran los siguientes.
Mi conocido me comenta que el posible recurso que pueda presentar casi seguro me lo denegaran aunque evidentemente lo presente, alegando entre otras cosas el tema de la consulta vinculate que es fecha de 2009 y mi novacion de 2008.
Pero el tema no acaba aqui, llego a casa y me vuelvo a leer mi escritura y oh! sorpresa encuentro un apartado donde el NOTARIO cita expresamente, lo voy a escribir:
-La operacion contenida en la presente escritura está exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido, de conformidad con el artículo veiente, 1, 18, c) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, y con la Sexta directiva del Consejo de las Comunidades Europeas, asi como del Impuesto sobre Transmisiones y Actos Júridicos Documentados, en su modalidad Actos Juridicos Documentados sobre documentos notariales, en virtud del aritculo 9 de la Ley 2/94 de 30 de marzo.
O sea que ni el banco ni el Notario me avisaron que tendria que pagar esos impuestos (segun argumenta hacienda).
Evidentemente he ido al banco para ver que pasaba y el director que es nuevo, me ha dicho que habia oido hablar algo pero que es el primer caso que se encuentran y tiene que consultar como proceder.
Se que de primeras voy a tener que pagar este dinero a no ser que sea el banco el que lo haga que lo dudo.
Con el añadido que supongo que habra mas gente igual que yo que un NOTARIO te esta diciendo en ESCRITURA PÚBLICA QUE LO QUE VAS A FIRMAR ESTA LIBRE DE UNOS IMPUESTOS que por otro lado ahora una comunidad me quiere cobrar.
Ya he echo el recuros inicial por mi cuenta porque el banco no me ha ayudado y me lo han denegado solo me queda ir al Tribunal economico, por otro lado voy a realizar un escrito al banco al defensor del cliente y si no me hace caso al Banco de España en base a las malas practicas como muy bien he leido en un comentario de arriba.
Si bien mi caso lo considero curioso, porque mas alla de las consultas con el banco, gestoria y notario, este ultimo dio fe de ello e incluso me lo puso en la escritura, mi duda tambien es puedo ir por la via penal? tipo Querella criminal? por haberme engañado y no haberme hablado de esta posibilidad o contencioso? y si fuera contencioso contra quien iria? administracion, banco, notario, ya no se que pensar...
Espero que no se os haya echo muy pesado mi problema, y que me haya expresado bien, os agradeceria que opinaiseis todo lo que podais porque seguro que me sera de ayuda, muchas gracias por adelantado.
Saludos