Bankia va a gastar su exceso de capital en provisiones por el coronavirus, te lo digo yo porque tu no puedes ir a bruselas con el argumento de "antes tenia un CET I 13% ya ahora tengo CET I X" el BCE te dirá, "por eso exigimos CET I 12% , para que así los bancos tengan capacidad de hacer frente a cosas como esta" Si el BCE no hecha una mano a Bankia, podría pulverizar todo su valor, porque una parte de la tesis de inversion en Bankia, consiste en el reparto extraordinario del sobrante del cap...
De inicio, deberías pagar el ITP de la transmisión de propiedad de ti a tu sociedad. Depende de la autonomía, pero va por el 7 u 8 %.
Además, al ser operaciones sobre inmuebles, obigatoriamente intervienen notario y registrador de la propiedad.
Una vez con la propiedad en sede de la sociedad, ya depende de si logras acreditar "actividad económica" o no.
Para ser considerada actividad económica la tenencia y gestión de inmuebles, debes disponer de local afecto en exclusiva a dicha gesti...
Muy buenas,
En la familia tenemos una SL sociedad patrimonial. Esta sociedad se dedica al alquiler de inmuebles principalmente.
El caso es que uno de los socios, que tiene aproximadamente el 10% de las acciones de esta empresa, quiere ir a vivir a uno de los pisos propiedad de la sociedad. Se ha hablado en la empresa y se ha decidido alquilarle el inmueble a este socio pero con un precio de alquiler bastante reducido respecto de lo que debería ser según mercado.
Ya ha habido dos pers...
En cuanto al negocio jurídico, hay algunos que quieren inventar la rueda y no saben que ya está inventada.
¿Cómo va nadie a hacer una donación del usufructo? Menuda sandez.
Lo que se hace es un contrato alquiler o de cesión de la explotación para que la sociedad explote el inmueble en régimen de subarriendo, por contratos de temporada, por contrato de alojamiento, contrato turístico o por cualquiera de los medios legales posibles.
a ver, esto al final es la fábula de los galgos y los podencos; lo importante es determinar en la información que envía el broker 3 datos:
1-importe bruto del dividendo
2-importe retenido en origen
3-importe retenido en España (destino)
Que uno practica en España una retención sobre el importe bruto en origen, que otro lo hace sobre (bruto-retención en origen), me da igual, que ellos se la apañen con Hacienda si lo están haciendo mal. A los contribuyentes nos van a llamar como rellenemo...