Pues no es el 2 %, sino el 1,1 %. En tu caso, un ingreso teórico de 462 €. A ese ingreso teórico, se le aplica el tipo marginal, o sea, el escalón más alto del impuesto que te corresponda. El primer escalón es el 24 %, el siguiente el 28 %, el siguiente el 37 %, luego el 43 %.
Si tu escalón más elevado es el 28%, pues te sale a pagar el 28 % de la renta imputada (462 €) = 129,36 €
Podríamos decir que es una sobretasa en el IRPF por ser propietario inmobiliario.
El I. Patrimonio, si n...
No hay doble tributación, pues en Francia deberás pagar algún tipo de impuesto por la propiedad (el equivalente aquí del IBI), y en España deberás declarar una imputación de renta.
Por defecto, el 2 % del valor del inmueble, que contará para tu IRPF como un ingreso real, aunque no lo sea. Y ese ingreso fisticio, genera una cuota según cual sea tu tipo marginal. Si el apartamento está valorado en 50.000, y tu marginal es el 28 %, te sale una cuota en el IRPF de 280 €.
Pueden averiguar qu...