Sí, si eso lo entiendo. Lo que no veo por ninguna parte es dónde meter la dirección de donde estoy viviendo. La única parte donde se pueden introducir direcciones es:C. Bienes inmueblesRelación de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros, o afectos a actividades económicas.Pero ahí sólo es desde el punto de vista del propietario, no del inquilino.En fin, perdón por la insistencia, pero es que me veo incapaz de dar con la ubicación de la dirección como inquilino.Gracias por tus respuestas igualmente.
Me refiero a que no sé dónde introducir los datos de la vivienda en la que vivo, la página de inmuebles veo que es sólo para propietarios. De ahí venía mi pregunta inicial, no veo que tenga que indicar la vivienda en la que estoy de alquiler en ningún sitio.
Muchas gracias, Paula.Me parecía raro, porque siempre he tenido entendido que el inquilino debía incluirlo en la declaración para evitar el posible fraude del propietario, pero la verdad, es que me he recorrido el Renta Web de arriba a abajo, y en los únicos puntos que figura la vivienda alquilada es en la ayuda estatal y autonómica, y como no cumplo los requisitos de ninguna de las 2, pues no tendré que introducir nada en ningún sitio.Muchas gracias y un saludo.
Hola, a ver si alguien me puede echar un cable.Tienen mis padres acciones de TEF en 3 entidades bancarias, y aunque no son una cantidad demasiado importante, no sabemos qué hacer con los derechos, ya que al estar en 3 entidades distintas, las comisiones mínimas se comen prácticamente el beneficio. ¿Alguien sabe si hay alguna de las posibles opciones a seguir con los derechos, que esté exenta de comisión bancaria?Hace poco miré de unirles las acciones en una única entidad bancaria, pero las comisiones de movilización me echaron un poco atrás. ¿Existe alguna fórmula de unificación que yo no conozca y que haga menos pupa?Gracias por adelantado y un saludo.
Si supieras la de mediadores y consultores profesionales a los que he acudido, y lo difícil que me está resultando dar con un uno que sepa medianamente de lo que habla y que sea imparcial y valedor de los derechos de su cliente, te habrías ahorrado tu comentario gratuito.Internet es como todo, mal usado, fomenta el cuñadismo. Pero utilizado con inteligencia y dedicación, te dota de armas para defenderte (un poco) de las malas artes de bancos, aseguradoras, empresas suministradoras,...Pero vamos, gracias igualmente por tu infecciosa aportación.
Vaya, me esperaba el nombre de alguna compañía conocida, y ésa ni me suena, jejeje. Bueno, gracias igualmente Ex Gratia, intentaré localizar por la web sus condiciones generales, y a ver si contempla la opción que busco, y buscaré también referencias de esa compañía, porque ya digo, ni me suena haberla visto nunca, y eso que llevo un tiempito empapándome en el tema de seguros.Saludos!
Gracias a todos por vuestras respuestas.Ex Gratia, indicas lo siguiente:"Te confirmo Acrasoles que se puede hacer. No sé si en todas las compañías pero en la que he probado me indica.Pestaña de ASEGURADOS dos opciones:1º Solo tomador " Que puede ser el hijo"2º Declaración explícita " Que puedes meter al hijo y al padre"Por favor, ¿me podrías indicar en qué compañía fue en la que hiciste esta simulación? ¡Gracias!