Si se interviene o nacionaliza, entiendo que los accionistas "donamos" (ejem) nuestra inversión al Estado ??¿ En caso de intervención, se puede llevar la inversión a pérdidas, o hay que mantener abierta la cuenta de valores indefinidamente ?Mi inversión es casi testimonial, pero es dinero, al fin y al cabo.
Una pregunta... y quien está entrando ahora en Abengoa ?O simplemente están moviendo fichas y el volumen es ficticio?Hay alguien apostando por si suena la flauta?Estas son las cosas que no entiendo...
Acabo de leer esto, me gustaría saber qué pasa con las ganancias de otros que hayan podido aprovechar la situación. ¿Sólo hubo estos movimientos en este día? En este caso el precio no habría variado.¿Pudo haber más gente que se benefició del tráfico?¿O sólo pagaron éstos porque se demostró que eran familia?
Respondo a este usuario porque también pregunto sobre posible cantidad a financiar. Expongo caso:
Matrimonio, los dos funcionarios interinos, en educación, 5 años en vacantes, sueldo bruto mensual 2300€ cada uno.
Pues bien, hasta ahora no hay posibilidad de hipoteca más allá de 80-90.000 euros, y según tasación y precio, porque como los contratos en educación se renuevan anualmente los bancos consideran este trabajo como "precario".
¿Sabéis de algún banco que estudie este caso?
Mi consideración particular es que a cualquiera con un trabajo fijo en empresa privada le pueden despedir, y el máximo de paro es igual para todos. Y en las listas de educación, siempre se va "hacia arriba" en la posición.
Tengo una duda sobre la declaración de 2017:
Ingresos totales de rendimiento del trabajo de 10.500 euros, de 4 pagadores diferentes.
Rendimientos de cuentas bancarias unos 120 euros.
Nada más. La declaración salía a devolver 222 euros, pero no la presentó.
Ahora necesita adjuntar la declaración de IRPF para otros temas.
¿Puede presentarla ahora, en fuera de plazo? ¿De cuánto puede ser la sanción, si la presenta?
Como no está obligado, puede presentar una certificación de ingresos, es así?
El tema es si puede recuperar algo de esos 222 euros.
Hola, yo tuve ese problema hace años, y me dijeron que hay una consulta hecha a la AEAT que dice que se puede utilizar cualquier medio de prueba aceptado en Derecho, así que presenté:
-certificado de mi domicilio,
-certificado de mi trabajo, donde figuraba lugar de trabajo y horario
-hoja del googlemaps que indicaba kms y tiempo de viaje entre ambos.
Y hasta hoy.
También puede ocurrir que esos 1800 euros se supongan un "salto de tramo".
De todas formas, sin saber lo que ha ganado en la empresa en la que empezó el 3 de enero, creo que no se puede dar una opinión.