Lo que indicas es correcto. Solo se puede estando en plazo y de ser complementaria la forma de tributación deberá ser la misma.Desde la Web no te deja cancelarla directamente por lo que intenta ponerte en contacto con ellos y que te indiquen de qué forma lo puedes tramitar.
Marta Alvi22/06/20 10:28
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Dudas sobre comisionistas
Si se trata de un caso puntual y la cantidad no es muy alta con que lo indiques en la declaración es suficiente.De ser una práctica habitual sí deberías darte de alta y realizar la retenciones oportunas.
Marta Alvi22/06/20 10:19
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Herencia y usufructo
Para poder vender la vivienda debes de ser propietaria de la misma. Ya sea mediante la herencia o comprando la parte que te corresponda. Si no es así, no podrás.
Marta Alvi22/06/20 10:17
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Segunda complementaria - Declaración de la Renta
Deberás presentar una nueva complementaria añadiendo los datos reales que tengas en el momento. Se tendrá que regularizar todo.
Marta Alvi22/06/20 10:15
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Fiscalidad (renta) de las ayudas del Covid19 para autónomos (cese temporal de actividad)
En las declaraciones trimestrales de este año tendrás que indicar la facturación y en la declaración de 2020 que realizarás en 2021 se regularizan las trimestrales.
Marta Alvi22/06/20 10:12
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Devolución de gastos hipotecarios cobrados indebidamente (NO clausula suelo)
Hola! Tiene sentido que lo añadas en la casilla que indicas.En el caso de cláusula suelo no hay que añadir ningún interés de demora, en el caso de otros gastos es posible que se actúe de otra forma.
Marta Alvi22/06/20 09:56
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Declaración complementaria 2019
Hola! Quizá este enlace te pueda ayudar.
Marta Alvi22/06/20 09:54
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¿cómo pagar declaración complementaria del ejercicio 2018?
Los recibos se pueden pagar desde el cajero introduciendo manualmente los datos en caso de que no te lea el código de barras.
Marta Alvi22/06/20 09:53
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Apuestas deportivas (Hacienda)
La AEAT indica:Rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.) y ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversión, premios por la participación en concursos o juegos, etc.), sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.Cuando la base de retención no se haya determinado en función de la cuantía a integrar en la base imponible la ganancia patrimonial obtenida procedente de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva no podrá imputarse como ganancia patrimonial sometida a retención o ingreso a cuenta a efectos de los límites excluyentes de la obligación de declarar.
Marta Alvi22/06/20 09:50
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Declaración - Devolucion de la Renta
Normalmente unos días. Comprueba el estado de la declaración desde la Web a ver qué te pone.