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Mari1981

Se registró el 04/10/2016
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Mari1981 04/10/16 17:26
Ha comentado en el artículo Declaración de la Renta 2023 - 2024: ¿cómo tributan los pagos del FOGASA?
Hola expongo mi caso por si alguien me puede ayudar: Mi empresa nos dejó de pagar las pagas extras del 2011 y 2012(salarios generales como tal no, sólo las pagas extras). Posteriormente entró en concurso de acreedores y se hizo un Ere que resultó en despido en el 2013. Y nuestras pagas extras pendientes pasaron como expediente a Fogasa (la indemnización sí la pagó la empresa) Finalmente en el 2015 cobramos de Fogasa (no la totalidad de las pagas pendientes, pues se aplicaron los límites correspondientes) En la declaración del 2015 no me aparecía en el borrador la cantidad cobrada y yo no lo tuve en cuenta, ni me acordé. Ahora ha llegado una propuesta de complementaria de la declaración del 2015 donde se incluyen lo cobrado por Fogasa. Entiendo que no puedo descontarme seguridad social, porque al ser pagas extras ya se fue haciendo el prorrateo en las correspondientes nóminas del 2011 y 2012. Es decir yo ya coticé por esas pagas extras y se me tuvo en cuenta como gastos deducible en las declaraciones del 2011/2012. Pero puedo alegar algo? Que el borrado no estaba completo o cualquier cosa? Porque encima ahora me cobrarán recargo e intereses...No deberían ser complementarias del 2011 y 2012 que es de donde corresponden las pagas extras? gracias
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