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marcosmgs

Se registró el 06/05/2011
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marcosmgs 27/08/12 16:01
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola, el coche se ha averiado un mes antes del vencimiento. Ya he dado de baja la póliza y me han informado en la compañia que al ser por desaparición del riesgo podría haberla dado de baja incluso un día antes del vencimiento de la póliza. Gracias por tus respuestas.
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marcosmgs 25/08/12 23:17
Ha respondido al tema Cancelación póliza de seguros
Primero agradecerte el tiempo dedicado. En un post tuyo de 24 de mayo en esta wep, en el que comentas que la gente se escandaliza cuando le dicen que tiene que avisar a la compañía con dos meses de antelación para formalizar la baja, dices que uno de los motivos por los que se puede dar de baja una póliza sin el aviso de 2 meses de antelación es el vender el coche, y a mi me contestas que mi caso que el coche ya no es que lo venda, es que ya no existe y se ha dado de baja para el desguace, es decir el riesgo ha desaparecido.... si debo avisar con dos meses, como lo voy a hacer con una bola de cristal para saber en que momento el coche se va a averiar?. O no me has entendido en mi consulta.... o no se.....tu post del 24 de mayo lo he visto después de consultarte, no pienses que voy de listo..... Un saludo y muchas gracias de nuevo.
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marcosmgs 25/08/12 16:49
Ha respondido al tema Cancelación póliza de seguros
Hola, Mi consulta es que tenía un vehículo, el cual sufrió una avería muy importante y tuve que darlo de baja para la circulación. Esto sucedió pasados los 2 meses de plazo para dar de baja el seguro de automóvil que tenía contratado (exactamente con mes y medio de anterioridad). Si bien se que el desconocimiento de la norma no exime de su cumplimiento, lo que me pasó es que me fui de viaje y no pude participar a la compañía tal circunstancia, ahora tengo que comunicar a la compañía la baja de la póliza con solamente 15 días de antelación. La prima me ha subido unos 30 euros y en las condiciones generales que poseo pone que si me sube la prima, con cualquier importe, puedo cancelar la póliza hasta un día antes de su finalización (En las nuevas condiciones generales de la compañía ya no lo pone, pero en las que yo tengo y me fueron entregadas por la aseguradora sí, no habiendome notificado ningún cambio en las mismas).- ¿Crees que tendré algún problema para dar de baja la póliza. y en caso afirmativo tengo con lo que he dicho posibilidad de defensa. Agradecido de antemano recibe un cordial saludo.
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marcosmgs 25/08/12 16:36
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola, Mi consulta es que tenía un vehículo, el cual sufrió una avería muy importante y tuve que darlo de baja para la circulación. Esto sucedió pasados los 2 meses de plazo para dar de baja el seguro de automóvil que tenía contratado (exactamente con mes y medio de anterioridad). Si bien se que el desconocimiento de la norma no exime de su cumplimiento, lo que me pasó es que me fui de viaje y no pude participar a la compañía tal circunstancia, ahora tengo que comunicar a la compañía la baja de la póliza con solamente 15 días de antelación. La prima me ha subido unos 30 euros y en las condiciones generales que poseo pone que si me sube la prima, con cualquier importe, puedo cancelar la póliza hasta un día antes de su finalización (En las nuevas condiciones generales de la compañía ya no lo pone, pero en las que yo tengo y me fueron entregadas por la aseguradora sí, no habiendome notificado ningún cambio en las mismas).- ¿Crees que tendré algún problema para dar de baja la póliza. y en caso afirmativo tengo con lo que he dicho posibilidad de defensa. Agradecido de antemano recibe un cordial saludo.
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marcosmgs 31/10/11 22:51
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marcosmgs 06/05/11 15:49
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Mi pregunta es si existe algún seguro que cubra la incapacidad permanente total para profesión habitual derivada de enfermedad o accidente.- Mi esposa trabaja a contratos normalmente solo en verano. He estado preguntando en el INSS y me han informado de que si se encuentra en el paro no cobrando prestación y se le presenta un accidente o enfermedad que derive en una incapacidad permanente total o absoluta y no tiene suficiente tiempo cotizado para recibir prestación no se la van a reconocer aunque su dolencia sea merecedora de ello. Entonces si contrato un seguro de invalidez, ¿quién se encarga de valorar mi incapacidad?, ¿como es a grandes rasgos el proceso?.... no sé quizas me hayan iformado mal en el INSS, o que en realidad este tipo de seguros no sirven para nada..... Agradecido de antemano envío un cordial saludo
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