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manu60

Se registró el 10/10/2013
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manu60 12/10/13 20:15
Ha respondido al tema Canje deuda subordinada banco gallego
Hola gallegolugo. Un placer intercambiar dialogo contigo. En relación con tu casuística, estoy completamente de acuerdo, si me lo permites, con la opción que has elegido para tu padre. En relación con el paso subsiguiente, te recomiendo un mix de Plazo Fijo, por un lado y Fondo de Inversión garantizado con ventanas de liquidez por el otro. Los "jubiletas" (dicho con todo el cariño), que tienen tiempo y saben, están abandonando el Plazo Fijo y se van al FI garantizado y con lo que cogen en las ventanas de liquidez hacen maravillas. También tienes la opción de la deuda del estado, ahora se puede hacer desde casa, ya no tenemos que ir a Coruña obligatoriamente. En relación con la casuística mía, es algo similar a lo tuyo. El origen del dinero es de una familiar ya fallecida, todos sus ahorros, y por nada del mundo me la quiero jugar, por lo que casi me estoy inclinando a por la opción de la quita del 16,5 % (más vale pájaro en mano). Tienes razón la economía de este pais depende excesivamente de causas exógenas varias, demasiadas. Lo siento por nuestro gobierno, pero es increible que se esté diciendo por todos los lados oficiales que todo está empezando a ir bien, que los deberes se están haciendo, que vengan los inspectores de Bruselas y nos pongan nota, al parecer satisfactoria y luego viene el Señor Berlusconi con sus mamarrachadas y pone a temblar a Italia y su prima de riesgo, hasta ahí casi normal, pero es que luego, como si de la gripe se tratara hablan del efecto contagio, con nosotros, Grecia, CHipre y luego el resto de Europa, ¡¡¡pero que c... es ésto!!!. Sí, con este panorama, es dificil creer en nada y mira que me merece todo el respeto el Sr.Lara como uno de los primeros accionistas del Sabadell, pero es que son muchos malos contra pocos buenos. Esto no es serio, o al menos a mí no me lo parece. Muchas gracias gallegolugo.
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manu60 12/10/13 11:51
Ha respondido al tema Canje deuda subordinada banco gallego
Me parece muy interesante vuestro dialogo (gallegolugo y Xose Bgll Rey). Yo también ando metido en estas dudas. ¿Tan inestable veis el sistema como para no fiaros de la propuesta del Sabadell?, os lo digo porque a mí, en principio y solo en principio, me parecía una oferta sostenible (reconocereis que estamos hablando de unas quitas "light", al lado de las de NCG) si bien es verdad que estar tan solo amparado por la buena marcha del Sabadell, me echa bastante para atrás. Pero también es cierto, bajo mi humilde opinión, que tras lo acontecido a lo largo de los últimos años, si algo está vigilado y muy vigilado es el sistema bancario. En todo caso, reconozco que lo aséptico, lo real, lo que va a misa es lo dicho por vosotros:"Me llevo lo que me dan que eso es lo único seguro". Una duda, si me acojo a lo que proponen (Acciones del Sabadell), se entiende que renuncio a cualquier reclamación incluida la judicial, si no me acojo (Quita del 16,5% y me dan la diferencia)¿entendeis que también renuncio o por el contrario puedo iniciar, en paralelo, una reclamación sea del índole que sea?. ¿Para poder iniciar cualquier trámite de carácter legal entendéis que no debemos de tocar nada?. Como veis mi ignorancia es supina. Muchas gracias,
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manu60 10/10/13 13:34
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola. En relación con el comentario 395 del Consumerista con el siguiente contenido: "No hago recomendaciones ni valoraciones de orden financiero. Soy abogado, no asesor financiero. Y además, ni conozco su perfil de riesgo, sus necesidades o perspectivas financieras, ni sé qué va a pasar con el Banco Sabadell, o con cualquier otro, en el plazo de tres años; no sé si seguirán funcionando normalmente o se va a venir todo abajo, como predicen algunos economistas. Lo que sí puedo decir es que se puede demandar judicialmente la nulidad de la compra de la deuda subordinada, que se están estimando la práctica generalidad de estas demandas (salvo que estén muy mal planteadas o que el interesado esté especialmente cualificado en materia financiera) y que una sentencia estimatoria supone recuperar el total de la inversión con el interés legal del dinero desde la fecha de la compra y devolver los intereses cobrados, pagando también el interés legal del dinero desde la fecha de cada cobro de intereses. Y normalmente se gana con costas, con lo que el pleito le sale gratis o casi gratis". De entrada, muchas gracias por la respuesta. En el hipotético caso de que decidiera agogerme a lo expuesto por usted en el segundo párrafo y teniendo en cuenta que tengo de plazo hasta el día 22 del mes en curso para decidírme,¿cuales serían los jalones a establecer en cuanto a pasos a dar, plazos aproximados y cantidades a adelantar para la realización del procedimiento de demanda?. Le ritero mi agradecimiento. Saludos Cordiales.
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manu60 10/10/13 02:34
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola: Tengo Bonos Subordinados del Banco Gallego. Me han citado dándome dos alternativas: una, vía FROB, con una quita del 16, 5% y recuperar el resto del dinero. La segunda, vía Bonos del Banco de Sabadell durante a tres años a un interés del 5% nominal anual y una quita del 10 %. En el primero caso, me pillo el liquido que me quede resultante de la quita y en principio, me olvido, amen de la pérdida que ya de por sí no es menor. En el segundo caso, aparentemente, al cabo de los tres años recupero el valor de la quita, más o menos, solo que en el total neto, obtengo de ganancias cero. Por otro lado en este segundo caso no tengo garantía oficial ninguna más allá de la propia del Banco de Sabadell, en principio, la cuarta entidad de España. Por favor, señor Ballesteros, podría valorar mi comentario poniéndole los "peros" pertinentes y ayudarme a tomar una decisión en base a los comentarios suyos que estime conveniente. MUchas gracias.
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