Si eres de la seguridad social, ya han pasado 3 meses , por lo cual, el silencio administrativo es negstivo, por lo cual deberias de hacer la declaración previa
Acuérdate que si cobras el máximo de la pensión, solo tienes derecho al 50%. Si como se espera, te aprueban los atrasos, si no te importa dímelo, y te digo lo siguiente que tienes que hacer.
Me tardo menos de 4 meses. Acuérdate que si no te responden en 3 meses, se entiende que es negativa la respuesta , si no eres de clases pasivas, por lo que tienes que hacer otra instancia, creo que se llama la previa y es obligatoria antes de ir al juzgado de lo social.Y te aconsejo que llegues si es necesario hasta el juzgado de lo social ya que lo tienes ganado.
Pienso que se descuenta el 30%, del importe total del complemento y después el IRPF, se suma el IRPF total, suma de todos los años de los atrasos, al que ya te han descontado del año de la declaración.