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Participaciones del usuario Majareta

Majareta 07/09/20 12:58
Ha respondido al tema ¿es normal que bizum este tan mal integrado en abanca?
Abanca Pay está basada en la app original de Cecabank de cuando Bizum estaba en sólo unos pocos bancos y se llamaba Ealia, sólo tenéis que ver la URL:https://play.google.com/store/apps/details?id=es.cecabank.ealia2091appstoreIbercaja Pay es del estilo por ejemplo:https://play.google.com/store/apps/details?id=es.cecabank.ealia2085appstoreLa verdad es que con lo bien que funciona la app principal de Abanca en comparación ya podían integrarla "bien" en esta.
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Majareta 26/08/20 10:55
Ha respondido al tema Una vecina de mi municipio de 70 años, la trabajadora social, junto con la Caixa, le controlan la cuenta donde recibe
También probaría a ir con ella a otra oficina diferente de La Caixa donde no la "conozcan", no sea que ir a la oficina donde conocen la historia haga levantar la liebre... en teoría en cualquier oficina deberían poder sacar los movimientos, creo. A no ser que te den una razón legal para esto de la asistenta social, suena bastante mal
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Majareta 26/07/20 16:54
Ha respondido al tema ¿Qué está pasando con Wizink?
Intenta entrar desde la aplicación móvil. Si te da error con ella es que tu cuenta está kaput. Puede ocurrir si fuiste cliente de una cuenta de ahorro y la cerraste y ahora tienes una tarjeta, o viceversa.Mi cuenta lleva desde prácticamente principios de año en dicho estado, con incidencia "masiva" abierta, no inicia sesión ni en navegador ni en app, ni limpiando cookies, ni nada. Siempre lleva a la página de error. Y cada vez que llamo me dicen lo mismo, que tiene fecha de resolución para dentro de 10 días...Por mi parte la tarjeta va al cajón, llamé para darla de baja y me ofrecieron 20 euros a toda prisa para que no lo hiciera, colgándome antes de dejarme negarlos tan siquiera. Así que intentaré repetir la operación el mes que viene. Pero como para confiar en volver a tener mis ahorros con ellos...
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Majareta 04/07/20 10:48
Ha respondido al tema Cuenta nomina ABANCA 150€
En las condiciones:https://www.abanca.com/files/docs/es-tarifas-banca-a-distancia-particulares.pdfviene:(1) Servicio gratuito para usuarios de banca móvil que se hayan conectado en los dos meses anteriores.Así que entiendo que mientras abras la app (o que las recibas a través de la app, y que a los dos meses sin conectarte la app cierre sesión y salta a SMS?) son gratis.Al menos en caso contrario son sólo 0,50 al mes de "tarifa plana"...
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Majareta 07/06/20 14:44
Ha respondido al tema ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?
Hola Salvador. Me parece bien que seas un defensor aférrimo de los PIAS, pero creo que no sigues haciéndolo con datos correctos, y en cuanto los intentamos averiguar, haces aspavientos y no especificas en qué nos estamos equivocando exactamente o en qué aventaja exáctamente a invertir en fondos o planes de pensiones.En respuesta a lo que dices.Cuando yo dispongo de 1€ para invertir, es valor neto porqué ya pagó impuestos. Y no necesariamente un 37%, porque mi euro puede proceder de rentas de trabajo, de rentas del ahorro, que sería un 19%, o de sucesiones patrimoniales que en Madrid sería sólo un 1%. Claro!. Si invierto en un plan de pensiones es porque es dinero procedente de rentas del trabajo. Para cualquier otro dinero no tiene sentido invertir usando este vehículo, y si alguien lo hace, es que es un insensato fiscal.No obstante y desvelando el truco de magia del youtuber, quede claro que 1€ después de impuestos será el resultado de 1,60€ antes de impuestos (1,60-37%= 1,008) de forma que vamos a comparar 1€ a planes de pensiones con 1€ a cualquiera otra inversión.Después si quieres diremos que 1€ invertido en plan de pensiones consigue una reducción del 37% de impuestos, pero lo habitual es que esa reducción se pierda en el limbo reduciendo el pago de impuestos de la base imponible. Pero en pocos casos veremos esa cifra en forma de devolución en nuestra cuenta corriente. Y si eso ocurriera, casi nadie la reinvierte en el Pp.Si hiciéramos una encuesta para saber cuánta gente reinvierte el ahorro fiscal del plan de pensiones en el mismo plan de pensiones, el resultado sería muy decepcionante. Aquí no se acaba de entender lo que quieres decir.Si invierto 8000 euros en un plan de pensiones, y provinienen de un tramo en el que estoy pagando el 45% de impuestos, tendré que pagar 3600 euros menos de impuestos. Y esto es algo que cualquiera puede probar tan sólo poniendolo en su borrador de la renta. No es una desgravación, que sólo sería aplicable en ciertos casos, es una reducción que reducirá siempre los impuestos que voy a tener que pagar.Claro que esos 3600 euros no volverán tal cual, si la declaración de la renta me sale a pagar 100 euros por otros motivos, me saldrá a devolver 3500. Pero a todos los efectos es una devolución neta, ¿o no?.Dicho esto, voy a aceptar pulpo como animal de compañía y voy a aceptar que la reducción de impuestos de un Pp se perciba en cash y se reinvierta en Pp.Entonces lo que ocurrirá es que 1,37€ tributará en el momento del rescate otra vez al 37% si se percibe el año de la jubilación, o en torno a un 24% sí se percibe al año siguiente.Eso supone que el 1€ invertido en Pp, se quedará en 0,86€ (-37%), y en el mejor de los casos en 1,04€ (-24%). ¡¡Menuda inversión!!Creo que tus cálculos no son correctos porque vuelves a ignorar en cuenta esta reducción de la base imponible como si "desapareciera" por arte de birlibirloque o sólo fuera aplicable en ciertos casos (y si así lo es, me gustaría que explicases cuáles son). Te voy a poner un caso aún más simple sin tener que reinvertir para no liar más. Una única aportación.Invierto 1 euro en PP, me retienen al 37%. Tendré una rebaja fiscal (si insistes en no llamarlo devolución) del 37%, por lo que a efectos netos habré gastado 0,63 (tendré 37 céntimos en el bolsillo más al hacer la declaración de la renta) en invertir 1 euro. Por lo que tendré 1 euro en el PP, y 37 céntimos en el bolsillo más que si no hubiera invertido en el PP.Ahora, pongamos varios casos: - Supongamos que no reinvierto y saco ese mismo euro en el mismo tramo del 37%. Me quitarán ese 37% otra vez, por lo que me devolveran 0,63 céntimos, más otros 37 céntimos que tenía en el bolsillo, 1 euro ¡me quedo igual!- Supongamos que lo retiro al jubilarme y me retienen un 24%. Me devolverán 0,76 euros, más 37 céntimos que me guardé en el bolsillo, ¡He salido ganando aunque mi inversión no se haya movido!Ahora imaginemos que ese euro se duplica durante los años de inversión.- Lo rescato al mismo IRPF, 37%. Me sale 2 - 37% = 1.26 euros, más 37 céntimos que tenía en el bolsillo, el resultado neto son 1,63.- Lo rescato a un IRPF menor, 24%. Me devuelven 2 - 24% = 1,52 euros, más los 37 céntimos, el resultado es 1,89. No sólo he pagado 0 por la plusvalía sino que el diferimiento fiscal me ha hecho ganar más aún!Ahora pongamos que, en vez de invertir en un PP, decido hacer lo mismo: me guardo los 37 céntimos en el bolsillo y invierto 63 céntimos en un PIAS o fondo de inversión.Se revaloriza y pasa a valer el doble: acaban valiendo 1,26.Si lo saco ordinariamente: de esos 1,26 tendré que tributar la plusvalía, que es 0,63 * 19% = 0,12 euros. Por lo que el resultado final son 1,14 euros, si sumamos los 37 céntimos del bolsillo, son 1,51. Acabo saliendo peor que en todo el resto de los casos al pagar por la plusvalía.Si rescato ambos como renta vitalicia: no tendré que tributar por la plusvalía, por lo que tendré 1,26 en mi renta vitalicia y 37 céntimos en el bolsillo, 1.63. Cuirosamente ¡lo mismo que en el peor caso del plan de pensiones!. Pero en el PP lo he podido recuperar, año a año, sin necesidad de constituir una renta vitalicia.No se vosotros. Yo no quiero euros de 87 céntimos que me obligan a reinvertir cada año el descuento fiscal (que no la devolución), con 0 disponibilidad y sometido a un rescate temporal para no penalizar el IRPF de mi pensión de jubilación. Yo quiero euros de 1€ para invertirlos donde quiera y mejor en PÍAS, porque me ofrece mayor rentabilidad, menos costes de gestión, disponibilidad inmediata del capital, 0% de impuestos por la plusvalía y una renta vitalicia que no penaliza mi pensión pública. Sobre este par de frases:Los rendimientos del IRPF van por tramos, cobrar más nunca te va a perjudicar, sólo te hará pagar más impuestos en el tramo superior pero no va a ser peor que cobrar menos.Tiene disponibilidad a partir de los 10 años, hace falta algo de planificación fiscal para, pero teniendo en cuenta la misma, como he calculado más arriba, puede ser hasta ventajoso aún teniendo 0 rentabilidad en la inversión subyaciente. No es un producto al que alguien sin un mínimo de educación financiera debería invertir, al igual que un fondo de inversión o un PIAS tampoco deberían serlo.Mayor rentabilidad de los PIAS y costes de gestión, pues no te lo podemos discutir porque seguimos sin saber cuales son. Pero hay fondos y planes de pensiones rondando el 0,2-0,7% de gastos de gestión, sin costes de entrada o salida e indexados al mercado.Disponibilidad inmediata del capital en PIAS... teniendo que pagar la plusvalía en tal caso!0% de impuestos por la plusvalía... si constituyes una renta vitalicia, con los gastos que supone tal renta. Sin penalizar la pensión pública... igual que no la penalizaría sacar de un fondo de inversión, o incluso un PP debido al funcionamiento de los tramos del IRPF.Un saludo
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Majareta 19/05/20 12:09
Ha respondido al tema Mejor Cuenta Nomina para localidad 4000 habitantes
Si tienes BBVA en tu pueblo quizás te interese la Cuenta Online de BBVA, ya que si eres nuevo cliente no te van a cobrar por nada aún sin tener nómina, y puedes usar sus cajeros para ingresar y oficinas para consultas y operaciones (pagando por algunas, eso sí) si algún día las necesitas. Y tienes en ella Bizum, tarjeta virtual, etc que Pibank aún no tiene. Y te llevas la nómina a Pibank y así tienes también la tarjeta con la que además poder sacar en cualquier sitio.
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Majareta 12/05/20 09:32
Ha respondido al tema Manejo de cuenta multidivisa en Interactive Brokers
Si no tienes USD y vas a comprar una acción en ellos IB siempre te restará del saldo de USD. Si no tienes USD, te "cogerá prestado" y se te pondrá en saldo negativo en USD, cobrándote intereses por ello (aunque mínimos) del saldo en EUR.En resumen, te toca pasar por la caja de convertir sí o sí a no ser que quieras usar dólares "prestados". Creo que si cambias a USD para cubrir el negativo ese mismo día no te llegan a cobrar intereses así que puedes probar a comprar primero y cambiar después con el precio resultante. Eso sí, quitando el fijo de 2 euros sigue siendo probablemente el cambio mucho más barato que lo que cualquier otro broker te va a cobrar de cambio de divisa.
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Majareta 05/05/20 21:30
Ha respondido al tema Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.
Entrando por abanca.com/madrid sigue saliendo lo de los 300 euros. Aquí indica que es hasta el 30 de Junio: https://www.abanca.com/es/promo/domiciliacion-nomina-bases-300-madrid/Cuando lo hice hace unas semanas, no aparecía nada más de los 300 euros hasta que te llega el contrato para firmar. En ese momento puedes bajar el PDF y en uno de ellos está la promo de la nómina, que aceptas explícitamente y donde viene. Estos son los detalles que aparecen:CONDICIONES PARTICULARESPlazo duración compromiso: 24 mesesImporte mínimo mensual: 600,00 eurosConcepto comprometido: nómina/pensiónContraprestación:- ASTUR/MADRID-NOM/PEN-EFECTIVO 300 a entregar tras la recepción de la 1a nómina/pensiónTratamiento fiscal:- Retención: 70,37 euros- TAE: 3,846 %CONDICIONES GENERALESPRIMERA.- OBJETO. El presente anexo tiene por objeto regular el Compromiso que la ENTIDAD y el CLIENTE adquieren como consecuencia de laadhesión por parte de éste a la campaña "Domiciliación de nómina o pensión" promovida por la ENTIDAD.SEGUNDA.- COMPROMISO DEL CLIENTE: El CLIENTE se compromete a domiciliar su nómina o pensión en la cuenta de la ENTIDAD consignada en elrecuadro PRODUCTO ASOCIADO, en las condiciones previstas en la condición general TERCERA, y a no modificar dicha domiciliación durante el plazomínimo establecido en las condiciones particulares a contar desde la recepción en la cuenta de la primera nómina o pensión y a mantener en dicha cuentaun saldo medio trimestral acreedor.A los efectos del presente COMPROMISO se considerará "nómina", las domiciliaciones del ingreso de cantidades que perciban con regularidad periódicalos trabajadores por cuenta ajena en concepto de haberes o rentas del trabajo con causa en una relación laboral o funcionarial, de importe mensual igualo superior a la cantidad especificada en las condiciones particulares.Asimismo y a los efectos de este COMPROMISO, tendrá la consideración de "pensión", la domiciliación del ingreso de cantidades que se perciban conregularidad periódica por sus beneficiarios, bien en concepto de prestaciones previstas en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Socialpública, bien en concepto de prestaciones mediante las que se materialice la ejecución de contratos de naturaleza privada, y que sean de importe mensualigual o superior a la cantidad especificada en las condiciones particulares.En todo caso, deberá tratarse de una nueva alta de domiciliación de nómina o pensión, quedando por tanto excluidas de la presente campaña las que yaestuviesen domiciliadas en la ENTIDAD con anterioridad a la firma del presente COMPROMISO.No tendrán la consideración de nómina o pensión las transferencias realizadas por el propio CLIENTE o los ingresos en efectivo o en cheques.El CLIENTE comunica en este acto a la ENTIDAD las características y particularidades de los ingresos que va a percibir en concepto de nómina o pensión,a fin de que éstos puedan ser identificados correctamente por la aplicación informática. El CLIENTE se compromete a que el importe de la nómina opensión domiciliado, se mantenga durante el plazo especificado en las condiciones particulares.TERCERA.- COMPROMISO DE LA ENTIDAD: La ENTIDAD, por su parte, se compromete a entregar y beneficiar al CLIENTE con la contraprestaciónindicada en las condiciones particulares consistente en:i) La entrega de un producto o en un ingreso en efectivo en la cuenta indicada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO, en el plazo máximo de un mesa contar desde que se reciba en la Cuenta la primera nómina o pensión por el importe mínimo indicado en las condiciones particulares. En caso de quela contraprestación consistiese en la entrega de un producto, y durante el transcurso de la campaña se agotara, la ENTIDAD entregará otro de similarescaracterísticas y calidad.CUARTA.- IMPUTACIÓN FISCAL: La entrega del producto o el ingreso en efectivo por parte del la ENTIDAD al CLIENTE tendrá la consideración derendimiento de capital mobiliario, dinerario o en especie, para su perceptor, rendimiento que está sometido al correspondiente sistema de retenciones eingresos a cuenta de su imposición personal, conforme a la normativa tributaria vigente.A estos efectos y de acuerdo con la citada normativa, corresponderá a la ENTIDAD la práctica de la retención correspondiente en caso de que se tratede un rendimiento dinerario. Asimismo, en caso de que se trate de una retribución en especie, el valor de mercado será el consignado en las condicionesparticulares y corresponderá a la ENTIDAD la práctica del ingreso a cuenta indicado en las condiciones particulares aplicable, en su caso, cuya cuantíaserá asumida por la ENTIDAD como mayor importe de la retribución.QUINTA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: Serán causas de resolución del presente COMPROMISO las siguientes:1) Si no se recibe la primera nómina o pensión en la cuenta indicada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO en el plazo de 2 meses a contar desde lafecha especificada en el recuadro LUGAR Y FECHA, o se recibe la nómina o pensión por un importe inferior al indicado en las condiciones particulares.2) El cese de la domiciliación de la nómina o pensión en la cuenta consignada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO o que el importe recibido por dichosconceptos durante dos meses consecutivos sea inferior al indicado en las condiciones particulares.SEXTA.- RESOLUCIÓN DEL COMPROMISO.6.1.- PENALIZACIÓN: En caso de resolución del presente COMPROMISO por alguna de las causas consignadas en la condición general QUINTA, laENTIDAD se lo comunicará al CLIENTE en el domicilio que en cada momento tenga comunicado a la ENTIDAD, viniendo éste obligado al pago, enconcepto de penalización, de un importe igual al valor residual de la contraprestación. Dicho valor residual será el resultado de multiplicar el VALORRESIDUAL MENSUAL DE LA CONTRAPRESTACIÓN por el TIEMPO RESTANTE DE COMPROMISO, que se definen de la siguiente forma:1) VALOR RESIDUAL MENSUAL DE LA CONTRAPRESTACIÓN: la cantidad que resulte de sumar, (i) en caso de ingreso en efectivo, el importe de lacontraprestación indicado en las condiciones particulares y la retención indicada en las condiciones particulares, y (ii) en caso de entrega de un producto,los importes correspondientes al ingreso a cuenta y coste de adquisición consignados en las condiciones particulares; y de dividir el correspondienteresultado entre el plazo total de duración del COMPROMISO indicado en las condiciones particulares.2) TIEMPO RESTANTE DE COMPROMISO: Número de meses completos que restan, a contar desde el momento en que se produzca el incumplimiento,hasta el final del plazo del COMPROMISO.En el caso de que se produzca la resolución del COMPROMISO el CLIENTE autoriza irrevocable y expresamente a la ENTIDAD a adeudar en la cuentaespecificada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO la citada cantidad o, de no haber saldo en dicha cuenta, en cualquier otra de la que sea titular.SÉPTIMA.- TASA ANUAL EQUIVALENTE: A efectos meramente informativos se hace constar que el tipo de interés efectivo anual pospagable (TAE),correspondiente al presente Compromiso, es el tanto por ciento especificado en las condiciones particulares. La TAE se ha calculado tomando comovalor de la remuneración el resultante de sumar el valor de la contraprestación y el ingreso a cuenta o retención, según corresponda, indicados en lascondiciones particulares, así como las comisiones devengadas por el mantenimiento de las Cuenta y bajo la hipótesis de que en la Cuenta se mantieneun saldo medio mensual de 200 €, durante todo el plazo de duración del Compromiso, indicado en las condiciones particulares.
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Majareta 23/03/20 09:48
Ha respondido al tema Cuenta similar a Openbank para diversificar mas de 100k?
En cuanto a los intereses. Las ganancias de las cuentas de ahorro españolas vienen declaradas automáticamente en la declaración de la renta (y se les hace la retención automáticamente), por lo que no tienes que hacer nada y las declaras a no ser que vayas y las elimines manualmente tú.N26 según tengo entendido ya no se considera banco no-español a efectos del 720, ahora tienen sucursal en España y las cuentas nuevas tienen IBAN ES*....Otra que es todo online y que no tiene intereses es Selfbank. Remuneran un poquito, pero sólo si tienes acciones, si no no remuneran nada. Aunque mi recomendación va también por Pibank, tener transferencias gratuitas instantáneas es bastante práctico para usarla como puente.Taambién Orange Bank tiene dos cuentas, una de ahorro y otra corriente. Si lo dejas en la corriente no remunera.
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