Maggi
26/04/14 18:07
Ha respondido al tema VIG, algo extraño o error grave
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El pago de dividendos de una empresa lo decide la Junta General de Accionistas anualmente, y se aprueba en una cantidad determinada. Este se puede modificar en Juntas Ordinarias y Extraordinarias, pero en ningún casi es susceptible de variar función de la cotización.
Es decir, si la empresa cotiza un 10% más alto o más bajo, el dividendo no será un 10& más alto o más bajo sin que seguirá siendo el que se fijó en la Junta General.
El abono de dividendo se realiza cuatrimentalmente en la cuenta de Renta 4.
El dinero a ingresar ser el dividendo pagado, ala cual habrá que resta la retención en origen USA(15%)... y del resultante se detraerá la retención española (21%, 25% o 27% en función de tu tipo marginal), si bien la retención USA, la podrás recuperar en el ejercicio IRPF siguiente al declarado.
http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/mapfdg/mercados-cotizaciones/noticias/5180459/09/13/Repatrie-los-dividendos-extranjeros.html#.Kku8NXZEh3r7H3d
Saludos