Hola Ismael,
Gracias por tu respuesta. Lo del concepto yo creo que debe ser algo genérico, aunque da lugar a confusión, como bien apuntas. Y luego, que no aparezca en borrador ni en datos fiscales del broker, desde mi punto de vista, una omisión, pero bueno, lo curioso es que seguro que luego, aunque ellos no te lo pongan, si tu no lo detallas, te multarán.
Efectivamente, es una cantidad ínfima, vamos, un euro y pico, pero me ha llamado la atención que no se detalle por ningún lado. Yo también veo lo más coherente lo que tú indicas, es decir, hacer otra compraventa por ese valor pequeño, pero como en mi borrador no salía, pues a Hacienda le extrañará, por eso dudaba de hacerlo así o bien restar del valor nominal de compra el euro y pico, que entiendo también estaría bien, máxime cuando además se pueden agrupar valores de compraventa del mismo valor.
A ver si alguien más que le haya ocurrido lo mismo detalla que va a hacer, porque con el contrasplit imagino que habrá muchas personas que les haya ocurrido lo mismo. Muchos imagino que directamente ni detallarán el euro y pico ese, pero el riesgo de multa existe.
Gracias por tu contestación, saludos.