Buenos días.La confusión que hay con respecto al artículo 28 es total. Lo que si que es cierto es que a día de hoy, las inscripciones anteriores al 3 de septiembre lo siguen teniendo inscrito en el Registro,La medida que suelen tomar algunos bancos es pignorar el préstamo, siempre que la parte vendedora acepte, claro.
Buenos días.Gracias por tu respuesta. Me he puesto en contacto, a través de la página de Registradores de España, para solicitar información al respecto y la respuesta es que va a quedar a criterio de cada Registrador. Hay opiniones de abogados y notarios que entienden que si se solicita la cancelación de la inscripción formalmente deben hacerlo y de negarse se puede iniciar procedimiento judicial. Con lo cual no sé si es peor el remedio o la enfermedad.
Buenos días.El registrador de mi ciudad, Palencia, no da la nota simple sin el apunte del artículo 28 hasta que no pasen los dos años del fallecimiento del causante (faltan once meses), y comenta que esa va a ser la norma para las inscripciones anteriores al 3 de septiembre. ¿Conocéis algún caso que a instancia del propietario lo hayan quitado de la nota simple?Un saludo.
Hola.Me he expresado mal. Muchos bancos, a día de hoy, no reconocen que se derogue el artículo 28 de la Ley Hipotecaria a partir del día 3 de septiembre para las herencias anteriores a esa fecha. Es decir no conceden hipotecas cuya finca o inmueble figure en la nota simple del Registro de la propiedad con esa referencia, aunque la solicites a partir del día 3 de septiembre.Saludos
Buenos días.El artículo estará derogado plenamente a partir del 3 de septiembre. Sin embargo algunos bancos, a día de hoy, no lo reconocen y siguen sin conceder la hipoteca hasta que pasen los dos años del fallecimiento del titular.
Muchas gracias por su pronta respuesta. Entiendo que es el Rendimiento neto y no "el Rendimiento neto reducido" el que hay que tomar como referencia. Esta duda aún no he conseguido saberla exactamente. Perdóneme, pero después de haber leído varias veces el famoso artículo 19 del IRPF, sigo teniendo dudas.Un afectuoso saludo.
Buenos días.Estoy en una situación muy parecida a la suya. A día de hoy, y después de haber consultado con varios asesores fiscales nadie me ha dicho "fehacientemente" cómo se calcula la renta anual. Amén de pedir asesoramiento telefónico a Hacienda. Si ha hecho usted alguna averiguación le quedaría muy agradecido la comentara. Muchas gracias
Qué razón tienes, pero es lo que hay. Como ya he comentado otras veces jamás imaginé algo así, y mucho menos amparado por Europa y silenciado por todos los medios o casi todos. Yo no espero nada porque creo que no sé puede esperar nada después de todo esto. Creer que puede haber justicia cuando se niegan a informar del motivo de la intervención, por llamarlo de alguna manera, sinceramente es de ingenuos. Perdonadme, pero seamos realistas.
Tu argumento, mi argumento,el de muchísimas personas, el de cualquier ciudadano que crea en el Estado de Derecho, se lo han pasado por el arco de triunfo. Yo no es que tenga, mejor dicho que tuviera, mucha fe en las INSTITUCIONES, pero hay cosas que "claman al cielo" y esta es una de ellas. Lo que me sorprende, en mi ignorancia que es mucha,es la actitud de Europa al negar el Informe por el que se ha resuelto el Banco, es subrealista. Y también me sorprende la indiferencia de los medios y de la oposición en general, parece que no existimos. ¿Qué poderosísima razón había para hacer algo así? Espero que el PP algún año de los muchos que le esperan en la oposición, nos la de.