Me he leído la disposición publicada en el BOE, y extraigo lo siguiente:
Articulo 18
Pensiones de caracter privado
Las pensiones de caracter privados y las rentas vitalicias pagadas a un residente de un estado contratante, solo pueden someterse a imposicion en este estado.
Articulo 23
Metodo para eliminar la doble imposicion
1. Cuando un residente de un estado contratante obtenga rentas o posea un patrimonio que, de acuerdo con las disposiciones del presente convenio, pueden someterse a imposicion en el otro estado contratante, el primer estado, a reserva de lo dispuesto en el apartado 2 siguiente, dejara exentas de impuesto tales rentas o bienes, pero, para calcular el impuesto correspondiente a las restantes rentas o bienes de este residente, puede aplicar el tipo impositivo que corresponderia si las rentas o el patrimonio en cuestion no estuviesen exentos.
2. Cuando un residente de un estado contratante obtenga rentas que, de acuerdo con las disposiciones de los articulos 10, 11 y 12, pueden someterse a imposicion en el otro estado contratante, el primer estado deducira el impuesto sobre las rentas de este residente una cantidad igual al impuesto pagado en el otro estado contratante. La cantidad asi deducida no puede, sin embargo, exceder de la parte del impuesto correspondiente, a las rentas obtenidas en el otro estado contratante, computado antes de la deduccion.
La deduccion del impuesto español se aplica tanto a los impuestos generales como a los impuestos a cuenta.
3. Para la aplicacion del apartado 2 anterior se considera que han sido gravados en marruecos al tipo del 10 por 100 los intereses provenientes de los emprestitos emitidos por organismos especializados para cooperar al desarrollo economico de marruecos. Dichos organismos se mencionan en el protocolo anejo.
Las disposiciones de este apartado son aplicables durante un periodo de diez años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente convenio.
4. Cuando, de conformidad con cualquier disposicion del convenio, las rentas recibidas por un residente de un estado contratante o los bienes que posea se eximan de impuesto en este estado, este puede, sin embargo, para calcular el importe del impuesto sobre las restantes rentas o bienes de este residente, tener en cuenta las rentas o los bienes exentos.
...y la verdad, no me entero.
Saludos.