Gracias, Cachilipox.Ya podemos calcular el coste aproximado del impuesto de sucesiones.Eso significa que el 75% de mi herencia, al pasar a mi mujer, tributa y a los pocos años, cuando eso mismo pase a nuestros hijos, vuelve a tributar.Tal vez debamos rehacer el testamento para con otra formula, que proteja al viudo/a y a la vez evite impuestos reiterativos. Ya se que de padres a hijos se paga poco, pero pienso en reducir en lo posible.¿Alguna formula de testamento mas eficaz, teniendo casa, apartamento y ahorros (planes y fondos)?Repito mi agradecimiento.
Me alegro mucho por ti. Tal vez, al ser jubilación de 2020, no pudieron alegar prescripción.De todas maneras, en febrero de 2024, el Tribunal Supremo, ya ha dicho que no prescribe.Veremos que hace el INSS a partir de ahora.Yo me jubilé a los 65 años, en 2016 con dos hijos, y lo he pedido presencialmente a principios de enero de 2024. Cobraría unos atrasos importantes y aun sin noticias.
Discrepo. La Seguridad Social contesta a las peticiones de 2016-2017 y 2018 que han prescrito, y en otros muchos casos, no contesta. Si quieres pelear, has de recurrir a un abogado de pago y tener mucha paciencia. Es una lotería. Alguno lo consigue, pero...
Yo hice el contrato de relevo y no fui el único en mi empresa. Era de dominio publico y solo tenias que ir a preguntar al Dep. de Personal si puedes y si quieren hacerlo, que les convenga. En tal caso, te harán una propuesta y tu decides.En mi caso perdí (deje de ganar) 40000 euros y gané 4 años de semivacaciones.
Yo presente presencialmente la petición en enero de 2024 y tengo copia con numero de registro. Me dijo el empleado que me contestarian en 5 meses, con denegacion. Estoy a la espera para presentar Recurso Previo y luego acudir a un abogado.Lo que me mosquea es que al entrar en TU SEGURIDAD SOCIAL, en TUS GESTIONES, no aparece nada presentado.
Te corresponde el 5 % de tu pension, ademas de los atrasos desde 2020. Lo habitual es que el INSS tarde mucho en contestar, que no conteste o que diga que ha prescrito. Tal vez te lo aprueben, pero en caso contrario deberás denunciar con abogado.
Mira el borrador si esta recogida la venta, y sinó lo añades. Recuerda que el borrador es solo orientativo y pueden faltar datos o contener errores. Tu pones lo correcto y no tendrás problemas. Eres tu quien firma la declaracion.
Con la informacion que das ahora, que a los 65000 de compra, luego te gastaste otros 65000 de arreglos, resulta que tu beneficio no ha sido de 150000 sino de 85000 en ocho años. Lo cual está muy bien.Ahora vas con prisa para invertir y no pagar impuestos. Las prisas no son buenas. Igual puedes justificar los arreglos como mejoras y pagar menos por el beneficio, guargas el dinero y compras cuando el momento sea mas favorable. Ahora, comprar es de locos.Creo que las mejoras se pueden deducir del precio de compra, pero desconozco la Normativa.Espero que Cachilipox u otro experto, te ilumine.
Yo creo que no. Has de gastarte los 223000 como minimo. Los gastos e impuestos los descontaras cuando lo vendas.Salvo mejor opinión. Suerte.PD: Bueno, suerte o habilidad no te ha faltado, si en ocho años has casi triplicado la inversión.