Pues es una pu..da ... porque ni renegociamos las condiciones ni nada. Es más .. "supuestamente" me la han quitado según ellos en la novación de hace 3 meses .. pero ni lo sé porque aún no me han entregado la documentación ni facturas de dicha novación ...
Gracias por vuestra información. Lorena y Franz.
A cada información dicn algo distinto estos de BMN .. podremos reclamar este viernes los afectados por la aplicación de la cláusula suelo o sólo en principio las que sigan afectadas por tener aún el suelo en vigor??
Yo me enteré hace una semana cuando fui a hacer la reclamación que en la novación que hicimos el pasado octubre ya no me habian aplicado la cláuula suelo .. pero ni fue negociado ni me cambiaron a un tipo fijo .. me la quitaron igual que me pusieron en otras novaciones de mi hipoteca que tengo desde el 2002 ..
Esto es un sinvivir ... :-(
Perdón, quiero rectificar que a lo mejor la ley no es tan liosa,,, pero para los simples mortales que no la hemos estudiado ni utilizado hasta la fecha,, pues un poco si .. Gracias.
Exactamente. Federico tiene una paciencia infinita.
Pero es tan liosa la ley y más cuando la introducen un decreto que se suponía a favor del consumidor y bla bla bla... y lees el tal decreto y ves que lo que tenías a favor parece que expresen más a favor de la banca y ya te pueden repetir 43 veces las leyes que este decreto sigue dando desconfianza. Y más si prevalece por encima de las leyes.. espero que no. Saludos!
PD : Por cierto, soy compañera! ;-)
Y esto (( o nos intentan liar? )):
"¿Puedo pagar costas si voy a juicio?
Sí. Fuentes de Economía admitieron que si un cliente demanda a la entidad y el juez le concede una cantidad menor a la ofrecida por el banco, puede ver mala fe en el procedimiento y podría ser condenado a costas judiciales."
Según esto : "¿Se puede ir a juicio después de negociar con el banco?
Sí, aunque hay que esperar a que concluya el proceso. "En el caso de las costas judiciales, se establecen en el real decreto ley mecanismos que incentivan que la entidad resuelva de forma adecuada y de buena fe. Si el consumidor demanda a la entidad tras no llegar a un acuerdo en la reclamación extrajudicial y la sentencia que obtiene es económicamente más favorable para él, la entidad será condenada en costas". Por otro lado, si el consumidor acude a la vía judicial directamente sin usar la reclamación previa y la entidad se allana totalmente antes del trámite de contestación a la demanda, la entidad no será condenada en costas."
Con lo cual es mejor aunque sea más lenta la reclamación al banco por el RDL?
(( me refiero al párrafo : "si el consumidor acude a la vía judicial directamente sin usar la reclamación previa y la entidad se allana totalmente antes del trámite de contestación a la demanda, la entidad no será condenada en costas ))
Lo he intentado leer, pero es que está super mal redactado y no me he enterado de nada.. sólo que parece que aconseja fervientemente no someterse a la reclamación del RDL.
Aunque también si se lee el RDL se entiende que el acuerdo no es obligado para el consumidor, no?
Yo me acabo de enterar que en la novación de octubre pasado, me quitaron la cláusula suelo, igual que me la pusieron .. osea .. sin negociación, ni información, ni reclamaciones, a mi me pusieron una cláusla suelo de 4.5% y techo de un 14% (como dice la información que he subido antes, desproporcionado, igual a cláusula opaca)
Y si me la han quitado será que muy legal, opaca o transparente no era.. en una novación de 2013 no me la quitaron .. y ya se entendian como abusivas y ahora a finales de 2016 si me la quitan, con lo que me dan a entender que ya no confiaban esta vez en tener tanta razón para incluirla...