Si nunca has sido autónomo la tarifa plana de 50 € la puedes aprovechar.
Estos son los pasos que hay que seguir para darte de alta como autónomo: http://www.rankia.com/blog/autonomos-y-emprendedores/2190776-como-realizar-alta-autonomo
En comentarios se habla de convenios con la Seguridad Social, que igual es lo que buscas.
- Para rellenar el modelo 036: http://www.rankia.com/blog/impuestos/1610152-modelo-036-que-como-rellenarlo
- Para rellenar el TA0521: http://www.rankia.com/blog/asesor-fiscal/2702510-como-darse-alta-reta
- Epígrafe para un agente inmobiliario independiente: grupo 83 (el 834 el que más se ajusta en mi opinión).
Salu2.
Como te han dicho, el Catastro es lo importante para que Hacienda sepa a quién tiene que cobrarle los impuestos. Para ti no hay ningún problema, más bien para la persona que viva en el 29, ya que la finca está a tu nombre también. Pídele al notario una escritura de subsanación si el registro se niega a cambiártelo.
Diría que todo lo contrario. Según la educación que ponga en tu contrato se te aplicaría el Convenio Colectivo pertinente. Tener una titulación universitaria seguramente tendrá un salario mínimo superior a lo que te correspondería así que no te interesa rectificarlo.
De todas formas:
"si estuvieras realizando funciones diferentes a la categoría que pone en su contrato de trabajo, tendría derecho a que le reconozcan la categoría que realmente se corresponda con las funciones que desempeña, con el correspondiente ajuste salarial y a que la Empresa cotice en consecuencia a ese salario".
Seguramente tu empresa se haya beneficiado de alguna bonificación o igual tu puestor de trabajo requieren que el trabajador tenga una titulación académica y por eso te la han puesto. Repito, no creo que te interese rectificarlo.
Dicen que podrían devolver una media de 12.000 € por afectado, ¿cómo se podría calcular?
¿Y si yo tengo una denuncia para que me devolvieran desde mayo de 2013 y gano me devolverían solo desde entonces o todo?
Te faltaría decir a cuántos años es la hipoteca. ¿Necesitas que te financien el 100%? Significa pagar más intereses cuando más dinero te den, igual te interesaría aportar ahorros. Y mírate también el resto de comisiones que lleva la hipoteca (estudio, amortización, subrogación, desistimiento, riesgo del tipo de interés etc.)
Pero estamos en las mismas. Si no te deja utilizar esta tarjeta en la Cuenta 1|2|3 no puedes evitar esas comisiones de ninguna manera. Si tengo que elegir tarjeta Prepago casi que me quedaría con la de Correos que no tienes que ser cliente de ningún banco.
¿Piensas comprarle un piso a alguien basándote en el valor catastral que a saber cuándo tuvo la última revisión? No creo que te sirva para negociarlo con él. Ahora tienes mil aplicaciones para saber el valor de la vivienda que quieras (BBVA tiene una, gratis) y también puedes pedir tasaciones online aunque esto sí te costará dinero.
Si la vivienda está medio en ruinas claro te sirve para rebajar el precio claro. Es una negociación entre 2 al fin y al cabo.
La tasación es obligatoria en un inmueble si vas a pedir una hipoteca sobre él. Ponte primero en contacto con el banco para ver si te concede la hipoteca y luego el banco te dirá qué tasadoras acepta.
Igual que un español que quiere ir a buscarse la vida a EEUU vaya. Necesitas una VISA que es tu permiso de estancia/residencia y la tienes que conseguir cumpliendo unos requisitos (estudios, permiso de trabajo, etc). Cuando caduca, te tienes que volver a menos que te contrate una empresa. La comunidad europea está, entre otras cosas, para facilitar la libre circulación de personas.
El técnico no está autorizado para recoger el router. Te doy la razón en la parte de que te tendrían que haber avisado la compañía mediante una carta a tu domicilio. Sin ese aviso "no deberían" cobrarte nada. Por experiencia propia, las reclamaciones telefónicas se las lleva el viento, yo pasaría directamente a la reclamación a Consumo.
Para que un extranjero pueda trabajar por cuenta propia tiene que llevar por lo menos un año en situación de residencia legal y cotizar por cuenta ajena. Si lo tiene, podrá solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia. Entonces tendría que ir a extranjería y cambiar su permiso de cuenta ajena a cuenta propia. Después acudir a Hacienda para formar la Sociedad Limitada Unipersonal y darse de alta como autónomo. Sí que podría ser el administrador según lo entiendo. Saludos.
Dejar una empresa inactiva no es lo mismo que liquidarla o disolverla. ¿Seguro que lo que quieres es dejarla inactiva? Porque de esa forma tienes que seguir pagando tus obligaciones fiscales/administrativas. Ese tema tendrías que mirarlo aquí: http://www.rankia.com/foros/empresas/temas/707902-dar-baja-sociedad
Pero bueno, como tu pregunta es otra, ignoremos esta parte (de momento). Y sí, tenías que haber presentado las cuentas anuales en el Registro Mercantil por que tendrás que pagar una sanción que podría ser cara y te la calcularán en el Registro Mercantil en base al capital social de la SL. Así que tendrás que acudir allí.
El contrato de arras lo firmas básicamente cuando te decides por el piso, así que el tiempo lo marcas tú, vaya. Luego te lo pedirán junto con el resto de la documentación (tus datos, tasación etc) el día que te den la fecha de la firma.
Ya he visto varias web que comentaban el tema además de las que enlazas. Me parece raro que una sola sentencia del Tribunal Supremo sirva para las reclamaciones. Entiendo que cada banco en particular puede recurrir la sentencia. Con las peleas que hemos tenido con la cláusula suelo me parece "demasiado sencillo" Si hay alguien experto en derecho que nos ilustre...
A finales de septiembre de este año el FROB ya decidió que se fusionaban. Dicen que para mediados de 2017 podrían hacer la fusión pero falta el OK de Bruselas.
Supongo que lo que buscan es venderla en un futuro y que el FROB recupere la inversión pero sigo con la duda de si acabarán siendo una única entidad o 2.
El autónomo societario no puede acogerse a la tarifa plana de 50 € y tiene una de las bases mínimas de cotización más elevadas (315,97 euros) este año. Piénsatelo bien porque igual te salga mejor montar una SL.
Como bien dices, la base de cotización mínima para un contrato de 10,4 horas semanales es 4,60 €. Yo hubiera hecho el cálculo de la misma forma que lo has hecho tú.
Base de cotización por contingencias comunes
• Remuneración mensual: 183,98 €
• Prorrata: 30,66 €
• Base de cotización a la Seg.Social: 214,64 + 2,08*4,60 (del día que te han quitado del sueldo) = 224,208 €
Lo único que se me ocurre es que también hayan hecho un descuento en las prorratas o que hayan calculado las horas diarias de menos. ¿Lo llegaste a averiguar?
Y además tendréis que pagar la regularización del catastro vosotros... Si lo que estáis buscando es hacer las cosas baratas, una donación y pasarte a ti la regularización no parece la mejor opción.
Yo creo que saldría mejor que tu suegro pague la nueva contribución y si no quiere el terreno que lo venda, que tiene más valor como habéis dicho.
En cuanto al valor, te acercas al catastro y consultas si ya ha finalizado el "catastrazo". Si es así, usaréis el valor nuevo para la donación. Así de sencillo.
Yo creo que si te das de baja de una cooperativa te devuelve tu aportación inicial y poco más. Las ganancias se reinvierten en la cooperativa según esté estipulado y si hay excedente, se tendría que repartir entre los asociados.
Si no he leído mal, la FED va a subir los tipos de interés. ¿Esto no debería dar un impulso?
Pero sí, tienes razón, el 1,70% a 3 años tiene un margen suficiente sobre el resto de depósitos, por lo menos en España.
Bueno... que el regalo venga de un embargo poco me tiene que afectar como cliente ¿Me equivoco?
Lo que me da más miedo es que revaloricen el precio real del regalo porque entonces el 0,65% TAE ya no me sirve como referencia.