Según las estadísticas del BdE el 70% de sus dictámenes acaban siendo atendidos por las entidades y resueltos para el cliente.Y efectivamente en el caso que la entidad no acceda y se acuda a la justicia, dicho dictamen del supervisor bancario de cara al fallo es el que más tiene en cuenta el tribunal.Saludos
Yo lo mismo, este mes de Abril de momento ningún interés percibido.Las entidades deberían estar atentas a estas cosas, al cliente le proporciona mucha inquietud.
Si el Banco de España entiende que las nuevas condiciones aplicadas a los contratos en vigor perjudican al cliente harán un informe conforme hay derecho para desistir del mismo sin coste ni penalización, este informe se tendrá que presentar en la entidad y Renault Bank deberá responder al BdE si acepta o no acepta los términos o también podría proponer otra propuesta de arreglo, en este caso el supervisor analiza de nuevo la respuesta/propuesta y vuelve a emitir otro dictamen satisfactorio o no satisfactorio, PERO AQUÍ QUEDA TODO. Si el arreglo no es propicio no queda otra para el cliente que la vía judicial.Esto anterior en cuanto al contencioso particular cliente-entidad... luego otra cosa distinta será que tras ya haber emitido dictámenes a favor de varios clientes, suceda que en los siguientes días por el mismo motivo el supervisor reciba cientos de reclamaciones más contra R. Bank, con lo cual la ejecutiva del Banco de España podría decidir abrir un expediente sancionador contra la entidad por manifiesta, mala y/o abusiva práctica bancaria.
Mejor de momento no echemos las campanas al vuelo y VAMOS A ESPERAR A LA SUPUESTA COMUNICACIÓN OFICIAL DEL BANCO... más que nada porque estamos hablando de RB con lo que tampoco sería de extrañar que dicha comunicación se refiera a que han cometido un error y que lamentan las molestias ocasionadas.
Por no mencionar que hasta el 15 de junio no se sabrá si es un error o no.Alguno de los implicados debería llamar y asegurarse.Sí, supongo que el día 14/06 enviarán un comunicado conforme ese 3,03€ se debió a un error de transcripción.
Felicito al Banco de España ya que la consulta que les he hecho si ellos eran competentes para resolver ó bien lo tenía que reclamar al fondo de Garantia Francés, han tardado 15 minutos en decirme que ellos si tienen la competencia.Tienen competencia para hacer un dictamen a favor de la reclamación interpuesta por el cliente pero no tienen poder coercitivo para obligar al banco a cumplirlo. O sea, Renault Bank puede optar por acceder a favor o bien puede hacer puñetero caso del mismo.
El primer paso será ese... reclamación al defensor del cliente de la entidad el cual tiene dos meses para dar contestación. Si ésta no es satisfactòria o no hay respuesta entonces ya se puede reclamar al BdE... lo que diga el supervisor R. Bank puede tenerlo en cuenta y acceder a la petición del cliente pero en ningún caso es de obligado cumplimiento por lo que no quedaria otra opcion que la vía judicial.
Si persisten en la modificación de condiciones pues adelante y a reclamar la resolución del contrato, pero si dan marcha atrás nada hay que hacer... fuera de éstas dos hipótesis todo lo demás son pajas mentales.
Supongo que tendrán una buena cantidad de contratos remunerando entre el 0,50 y 1,40% que es un verdadero chollo teniendo en cuenta que las financiaciones para la compra de vehículos están sobre el 8% TAE. Por lo que si yo fuera el principal asesor jurídico de R. Bank tan sencillo como decirle a la entidad que echen marcha atrás la simplonería de modificación de condiciones que han hecho.
Otro truco que podrían intentar en algún momento es dar marcha atrás en el cambio de condiciones, para que desaparezca la opción de resolver.Cuenta con ello si las peticiones de resolución acaban siendo masivas.