Acceder

Participaciones del usuario juana madrid

juana madrid 19/08/14 21:58
Ha respondido al tema Sucesiones mortis. Herencia 1986 ¿prescrita? y Extinción Usufructo - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Hola. en mi caso el valor de la nuda propiedad lo he sacado: la CCAA (en mi caso )tiene una herramienta online para obtener el valor que la CCAA da al inmueble, valor actual, he necesitado sólo introducir el valor catastral del último IBI (y claro está, la ciudad) este es el "valor del bien en pleno dominio". El "valor de nuda propiedad" se obtiene restando al anterior el usufructo El usufructo se obtiene multiplicando el valor de pleno dominio por los años que le quedan al usufructuario para cumplir 89 Ejemplo un bien que en pleno dominio vale 100, y la persona usufructuaria tiene 76 años Usufructo: 89-76=13 --------> 13*100= 13 Nuda propiedad: 100-13=77 En cuanto a tu duda sobre las valoraciones, yo intentaria llamar por teléfono a la oficina de valoración de la CCAA Valenciana,para que me asesorasen, SALUDOS
Ir a respuesta
juana madrid 18/08/14 11:58
Ha respondido al tema Repercusiones fiscales en el reparto de una herencia
1º inmueble: Valor Hacienda nuda propiedad 136.000€ 2º inmueble: valor Hacienda pleno dominio 130.000€ 1º inmueble: valor tasación particular todavía no se ha realizado pero sin duda mayor 2º inmueble: valor tasación particular todavía no se ha realizado pero venden uno igual por menor valor 110.000 €. Total, que el hermano que se queda con la nuda propiedad sin quererla, además tendría que abonar la diferencia al otro hermano. Por eso estamos dando tantas vueltas a las repercusiones fiscales. Por que la única fórmula de reparto tendrá que ser el de nuda propiedad proindiviso y el de pleno dominio para uno aceptando pagar el ITP para para la mitad del pleno dominio que un hermano transmite 65.000). Lo que quiero tener seguro es que no hay ganancia en IRPF, lo que si que sería un importe no aceptable saludos
Ir a respuesta
juana madrid 16/08/14 21:53
Ha respondido al tema Repercusiones fiscales en el reparto de una herencia
Si los fondos de compensación forman parte de la herencia tendrían que ser 300.000€, si son privados del otro hermano tendrían que ser 150.000€, y tributar por ITP por este importe, ¿no? pero, por lo menos no habría ganancia patrimonial en IRPF para el hermano que recibe el dinero del otro a cambio de su mitad de piso ¿no?
Ir a respuesta
juana madrid 13/08/14 20:19
Ha respondido al tema Repercusiones fiscales en el reparto de una herencia
Hola, donde me he equivocado es en los 136.000€, quería poner 135.000€ ya que el valor de la nuda propiedad es 134.400€ y redondeando y redondeando....... La verdad es que ninguno queremos la nuda propiedad con lo que el reparto de ella tiene que ser a medias , tendremos que pagar TPO
Ir a respuesta
juana madrid 13/08/14 15:37
Ha respondido al tema Repercusiones fiscales en el reparto de una herencia
¿En vuestro caso podías hacer particiones equivalentes? En el nuestro parece hecho a propósito: la herencia se compone de: la nuda propiedad de un inmueble valorado en 160.000, valor nuda propiedad 136.000€ , y el pleno dominio de un inmueble valorado en 130.000€ Somos 2 herederos -siendo indivisibles los inmuebles podríamos hacer el siguiente reparto con lotes equivalente: para uno la nuda propiedad de un inmueble , 136.000€ , y para otro el pleno dominio del otro inmueble 130.000 - y justo el reparto que queremos hacer no es equivalente 1/2 (136.000 )= 67.500 nuda propiedad para cada uno y para cualquiera de los dos 130.000 pleno dominio compensadas por el otro con dinero propio. Por lo que temo que la administración nos diga que podíamos haber hecho el primer reparto
Ir a respuesta
juana madrid 13/08/14 15:19
Ha respondido al tema Repercusiones fiscales en el reparto de una herencia
perdón !qué mal me he explicado! quería decir, que estoy dando tantas vueltas al asunto porque en otro momento por no dar vueltas pagué en exceso; hice una disolución de condominio y los valores sobre los que calculamos, fueron los de la Comunidad de Madrid en el momento de la disolución, y ahora considero que podían haber sido los de adquisición ( mucho mas bajos)
Ir a respuesta
juana madrid 12/08/14 12:52
Ha respondido al tema Repercusiones fiscales en el reparto de una herencia
Muchas gracias, me resultaba difícil encontrar una respuesta concreta, y no he encontrado consultas a la AET, Lo estoy estudiando mas, porque hace tiempo hicimos una disolución de condominio, en ese caso los valores los puso el notario, y fueron los de la Comunidad de Madrid (altísimos) sobre los que pagamos el 1% y ahora pienso que podían haber sido los de adquisición, porque son los que se consideraran para el cálculo de ganancia en IRPF y de plusvalia en futuras transmisiones.
Ir a respuesta
juana madrid 11/08/14 16:30
Ha respondido al tema Repercusiones fiscales en el reparto de una herencia
Hola, es que en el fondo nos interesa repartir con el menor coste por impuestos, Bien, ya tengo claro que el que se quede con el "bien de pleno dominio" tributará por TPO y que el IRPF se descarta para el mismo (adquirente ) pero.. y para el otro para el que transmite el 50% del "bien de pleno dominio" tendrá que incluir en su IRPF como ganancia algo..........., porque el que vende o dona sí ..... Tiendo a pensar que no , por que en una futura transmision el valor de adquisición sería el del ISD, no como en una disolución de condominio que sería el de adquisición. ....Cuanto más leo , menos se Gracias
Ir a respuesta
juana madrid 11/08/14 10:29
Ha respondido al tema Repercusiones fiscales en el reparto de una herencia
Perdón, el anterior mensaje le he enviado incompleto antes de tiempo. Empiezo otra vez. nuda propiedad:136.000 pleno dominio:130.000 1/2 para cada hermano sería: 68.000 nuda propiedad 65.000 pleno dominio si uno se queda con el total del pleno dominio,130.000, la diferencia con lo que se debería haber quedado es de 65.000: Y entiendo que como el total de la herencia permitía un reparto igualitario,tributaría el que se queda con 65.000 más de pleno dominio por TPO , al 8% sobre 65.000 , 5.200€ Pero si se hace en el momento de aceptación de herencia: -los 65.000 que recibe en dinero el que no recibe el piso, le dejarían igual que si hubieran repartido a partes iguales la herencia por lo que ¿ tendría en IRPF ganancia? y en relación con la plusvalía, supongo que como hay que pagarla por el total en la aceptación de la herencia, no tendría repercusión NO sé, ¿ ha quedado muy liado? gracias
Ir a respuesta