aprovecho el hilo para plantear mi duda, entiendo que la regla de los dos meses no es aplicable, pero creo que si es aplicable la regla anti aplicación de un año cuando se vende una criptomoneda con perdida y se compra la misma en un intervalo menor al año, al menos eso especifica en el art 33 de la ley de irpf ¿estoy en lo cierto? Gracias
Gracias por la respuesta, si eso lo sabia, pero la nueva ley de julio del 21 no dice nada sobre 50000 euros y las multas son de 5000 euros por dato no declarado. Puedes confirmarme si estoy en lo cierto ? Gracias
Saludos, estaba leyendo los msjs y tengo la duda ante la nueva ley, ¿ya no se establece los 50000 euros para declar en el 720? ¿Todas las monedas se han de incorporar al 720 aunque ya las hayas vendido? Pues se me plantea la duda que con las multas de 5000 euros la cifra puede ser estratosferica si se han hecho permutas de monedas. Gracias
saludos, en enero de 2011 hice una serie de traspasos entre cuentas a la cuenta de la que era mi mujer, repartimos de mutuo acuerdo, luego me entere que esto podia tener consecuencias en el impuesto de donaciones, podria decirme si es asi, y si ha fecha de hoy ha prescrito. Muchas gracias
disculpa boliche, no me he explicado bien
en ejercicio 2015 tengo minusvalias bloqueadas
en febrero 2016 vendo todas las acciones que bloquean
en mayo 2016 realizo declaracion renta 2015
Puedo imputar las minusvalias desbloqueadas?, un funcionario me dijo que si, por algo de no se que de la norma del tiempo...
Si la empresa entra en concurso, puedo compensar las minusvalias aunque esten bloqueadas?
Muchas gracias boliche