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Participaciones del usuario jopelin

jopelin 02/01/19 18:16
Ha comentado en el artículo Cuenta Vamos: la cuenta nómina de Ibercaja que te ofrece un 5% de rentabilidad
Hola Lorena,con tu permiso contesto yo mismo a las dudas sobre la "Cuenta Vamos de Ibercaja" La domiciliación de nómina es un requisito indispensable y no es válido otro ingreso periódico. Respecto a los recibos, son 6 cargos por recibo en la cuenta al semestre (es decir, si domicilias el recibo del teléfono y se te pasa una vez al mes, serían 6 recibos al semestre). En relación a los movimientos de tarjeta, son 6 movimientos en el plazo de seis meses e incluye operaciones como pagos en comercios y retirada de efectivo en el cajero. Ibercaja Directo es el servicio gratuito de banca online y atención telefónica de Ibercaja para que nuestros clientes puedan realizar consultas y operar sin tener que desplazarse a la oficina. Saludos
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jopelin 22/05/18 18:35
Ha respondido al tema ¿Invierto en Bolsa o me quedo como estoy?
Hola,leyendo este tema sobre las recomendaciones que solicita Alecamasa,resulta que pide recomendaciones sobre el ahorro en bolsa e interesantes dividendos para acumular.Dicho esto,me preguntó el porqué nadie cita acciones de Telefónica España?
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jopelin 12/08/17 09:54
Ha comentado en el artículo ¿Qué es más económico, donar una vivienda o dejarla en herencia?
Buenos días,interesante artículo del cual me gustaría que explicase si hay un contrasentido en dicho artículo,y por tanto no se entiende bien las explicaciones dadas al apartado que habla de donde se liquidará(Comunidad Autónoma)el impuesto sobre sucesiones. Así se lee:... El Impuesto de Sucesiones se liquidará en el lugar de residencia habitual del fallecido. En caso de cambio de residencia reciente, se deberá pagar el impuesto en la Comunidad donde más tiempo haya vivido el fallecido en los últimos cinco años.(Dando por supuesto que si es bien inmueble,este se abona en la Comunidad donde se encuentre) Pero,a una respuesta dada al usuario muelle 31 el 31 mayo 2016,pone literalmente:... Si por el contrario se trata de un bien mueble o dinero: se abonará el impuesto de la comunidad autónoma en la que resida el beneficiario. Es decir, esta misma persona que vive en Madrid, liquidará el impuesto en la Comunidad de Madrid.(Dando por supuesto que si es bien inmueble,este se abona en la Comunidad donde se encuentre) Gracias
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jopelin 26/07/17 16:14
Ha comentado en el artículo ¿Cómo es el proceso de traspaso de los clientes de bancopopular-e a Wizink?
Atención a la página web,creo que tiene errores que pueden ser graves.Ayer y al solicitar un trámite,te envían el SMS con un n°clave temporal.Lo tecleo y,error.Lo miro lo vuelvo a teclear y,error.No puede ser.Repaso y compruebo que en la leyenda de advertencia donde pone:Le hemos enviado vía sms..a su número de tfno..Este está mal.No es el mío.Es decir que la clave de ha enviado a otro número Lógicamente,cierro la aplicación por seguridad.Vuelvo a entrar,hago lo mismo y ya sí,ahora es correcto el tfno
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jopelin 21/07/17 18:37
Ha comentado en el artículo ¿Cómo alquilar mi vivienda legalmente en vacaciones?
Hola,no te molestes.Nadie te contestará a este tema.El porqué es sencillo:Ni el legislador de cada Autonomía es capaz de realizarlo.Asi que mucho menos,la autora de este artículo.Nótese que inicia el mismo con la indicación:" 6 consejos para alquilar legalmente la vivienda en vacaciones". Repasar el artículo,para ver dónde está dichos 6 consejos Asimismo,cuando se hace la pregunta:?Tengo que notificar a algún organismo que quiero alquilar mi vivienda en vacaciones?..y responde el artículo:Solo en el caso de alojamiento turístico.Todo ello sin explicar que es un alojamiento turístico,ya que poco después indica que en el caso de alquilar tu segunda vivienda no hará falta inscribirla en dicho registro. Resumen no creo que nadie sea capaz de explicárselo Es lo que sucede,cuando no hay una ley general para todo el territorio nacional,y cada Autonomía se dedica a legislar a toda prisa,y solo con el ánimo de recaudar como sea. Además y al ser segunda vivienda,sucederá que el IRPF,se declarara en Hacienda Nacional,donde uno tenga su residencia fiscal,y no en la Autonomía donde se registró la vivienda
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