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Jobomo

Se registró el 15/12/2010
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Jobomo 15/12/10 18:56
Ha comentado en el artículo La nueva definición de las horas laborales. Otra batalla perdida
Os pongo un ejemplo de turno que respeta todos los descansos etc. porque es turno efectivo:Leyenda: T=tarde 7 horas M= mañana 7 horas N = noche 10horas M/N =MAÑANA Y NOCHE el mismo día 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 2526272829 T M M N - - T M M N - - T M M N - - T M M N - - T M M N - - Total 155 horas hasta 200 horas se puede poner M/N en vez de n.Se ganan 35 horas y con algún algún pequeño ajuste llegar a 200 horas.Hay que notar que el día que se sale de noche se considera libre ,aunque has trabajado de las 00:00horas a las 07.30
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Jobomo 15/12/10 12:13
Ha comentado en el artículo La nueva definición de las horas laborales. Otra batalla perdida
En este momento la ley es la ley militar.Y la ley civil son los Reales Decretos ley que pueden sacar cuando les plazca y así han hecho.Respecto al convenio del 99 intentaba que un cuerpo de funcionarios se pasara al nuevo Ente público AENA.Tenía que ser apetitoso pues suponía perder el privilegio del trabajo eterno que tiene el funcionario.
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Jobomo 15/12/10 12:03
Ha comentado en el artículo La nueva definición de las horas laborales. Otra batalla perdida
He estado siguiendo los calculos de jornada que habéis hecho y os falta añadir el dato que las horas máximas mensuales son 200.De esta forma, el límite de tiempo de baja para completar todas las 1670 (sin horas extras)es de 2,1 meses.Me explico: 2,1 meses de baja + 1,5 meses de vacaciones = 3,6 meses;12 meses del año - 3,6 = 8,4 meses hábiles ; 8,4 * 200 = 1680 aproximadamente las 1670.A partir de ahí completará todos los meses las 200 horas pero no llegará alas 1670.(no es moco de pavo)
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Jobomo 15/12/10 02:15
Ha comentado en el artículo La nueva definición de las horas laborales. Otra batalla perdida
Hay un máximo de 200 horas mensuales.Que no está mal para trabajar a turnos con noches ,festivos, a turno corrido.Total para una trabajadora que por maternidad está un mes de baja o sea 160horas.(1670/10,5 meses,quitando vacaciones) puede estar haciendo durante los tres meses siguientes 190 horas.Dado que los permisos de lactancia también hay que devolverlos, concluyo que "no es trabajo para madres o futuras madres".Que se lo expliquen a Pajín y a Aido.
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