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Jlbr47

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Jlbr47 07/02/24 09:50
Ha respondido al tema Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Buenas,Actualizo sobre mis reclamaciones, por si a alguien le sirve:+Hipoteca Barclays gastos (CaixaBank): reclamé hace unos 3 meses, cuando aún la cosa iba más fluida, y en 2 días me respondieron favorablemente, y en 8-10 más el dinero en cuenta (los conceptos y porcentajes habituales)+Subrogación promotor Cajamadrid gastos e intereses (CaixaBank):  reclamé hace unos dos meses, y tardaron mes y medio en responderme que no me correspondía. Leyendo a otros foreros, parece ser que solo lo aceptan si se novó durante la subrogación y se cambiaron condiciones. En mi caso es cierto que mantuve plazo, diferencial, importe.... Estaba pensando en reclamar por algún abogado, pero la verdad es que si nadie ha conseguido que le devuelvan, puede tener sentido que así sea al no crearse una nueva hipoteca+Hipoteca Barclays intereses(CaixaBank): preferí ir a lo seguro, y en primera instancia reclamé solo los gastos (primer bullet). Una vez con el dinero en cuenta, reclamé también los intereses. Han tardado como unos 2 meses en responderme, y curiosamente lo han hecho por correo postal, y me han dado la razón. En mi caso, con una hipoteca antigua de 2002 los intereses han supuesto una cantidad casi igual a la de los gastos, con lo que importe muy relevanteSaludos,Jose 
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Jlbr47 25/01/24 10:05
Ha respondido al tema Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Buenas,Hasta ahora lo estaba pasando por privado, pero la verdad es que no se porque...Lo copio a continuación y asi podrá servir a mas gente:Servicio de Atención al cliente Entidad  la Caixa En Madrid , a xx  de xxxx  2023  Asunto: Solicitud devolución gastos abonados en la constitución de la hipoteca  Por la presente Don XXXXX  con DNI XXXXX , nacido el XXXX y con domicilio a efecto de notificaciones en la calle XXXXX con teléfono de contacto XXXX y correo electrónico XXXXXXX De otro lado Doña XXXX con DNI XXXX nacida el XXXXX y con domicilio a efecto de notificaciones en la calle XXXXXX teléfono de contacto XXX y correo electrónico XXXXXX Exponemos: Nos dirigimos a Vds. como clientes titulares del préstamo hipotecario con número de referencia 0000000/00 de fecha XXXXXX, constituido con la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid (Bankia), la cual fue absorbida por la Entidad Bancaria La Caixa y que por tanto ha de hacerse cargo de las actuaciones efectuadas con los clientes de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid (Bankia). Dicha hipoteca cuyo contrato tiene incorporada una cláusula que me obligó al pago de todos los gastos ocasionados por la constitución del mismo y por cuya aplicación tuve que abonar la totalidad de Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, así como las minutas de notario, Registro de la Propiedad y tasación de la vivienda.  El desglose de dichas cantidades viene a ser el siguiente: ·       Gastos de notaria factura 0003501 A/2006 es de 362,97 € ·       Gastos de notaria factura 0003500 A/2006 es de 492.92 € ·       Gastos de tasación del inmueble Fra. Número 06035271 es de 406,00 € ·       Registro de la propiedad factura nº 002327 es de 156,24 ·       Registro de la propiedad factura nº 002326 es de 304,16 ·       Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados 3852,00 €  El Tribunal Supremo, en su sentencia 705/2015 de 23 de diciembre, confirma la nulidad de una cláusula de imposición de gastos, muy similar a la contenida en las condiciones generales de mi contrato. Según la citada sentencia “la cláusula discutida no solo no permite una mínima reciprocidad en la distribución de los gastos producidos como consecuencia de la intervención notarial y registral, sino que hace recaer su totalidad sobre el hipotecante, a pesar de que la aplicación de la normativa reglamentaria permitiría una distribución equitativa, pues si bien el beneficiado por el préstamo es el cliente y dicho negocio puede conceptuarse como el principal frente a la constitución de la hipoteca, no puede perderse de vista que la garantía se adopta en beneficio del prestamista. Lo que conlleva que se trate de una estipulación que ocasiona al cliente consumidor un desequilibrio relevante”. Por otro lado el Tribunal Supremo, establece que “la entidad prestamista no queda al margen de los tributos que pudieran devengarse con motivo de la operación mercantil, sino que, al menos en lo que respecta al impuesto sobre actos jurídicos documentados, será sujeto pasivo en lo que se refiere a la constitución del derecho y, en todo caso, la expedición de las copias, actas y testimonios que interese y que, a través de la cláusula litigiosa, carga indebidamente sobre la otra parte contratante”  Solicitamos : Por todo ello, teniendo en cuenta la declaración de nulidad de la citada cláusula, le solicito la devolución de los importes correspondientes a la liquidación del impuesto sobre actos jurídicos documentados, así como de las minutas de notario y registrador, así como los derivados de la tasación de la propiedad sobre la que constituí hipoteca con Bankia y que aboné con ocasión de la constitución de mi préstamo hipotecario. Adjunto remito copia tanto de la liquidación del impuesto como de las facturas de notario, gestoría y del registrador, así como de las escrituras hipotecarias y DNI los interesados. Sin otro particular y esperando a que accedan a nuestra peticiones, reciban un cordial saludo. Atentamente,  Fdo.  XXXXXXX                                                          Fdo. XXXXXXXX Saludos,JLB
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Jlbr47 24/01/24 09:36
Ha respondido al tema Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Gracias por la respuesta. Yo busqué en Internet y en caso de subrogación no estaba tan claro que te tuvieses que devolver. Pero conozco dos casos en que si les han devuelto siendo subrogación a hipoteca promotor, quizás sea como tu dices y en su caso hicieran novación para cambiar alguna condiciónTras desestimar me indican " En caso de disconformidad  con esta decisión,  pueden  plantear  su  reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, mediante escrito presentado  en la dirección postal calle Alcalá, 48 - 28014,  Madrid o de manera telemática a través de la Oficina  Virtual en la Web del Banco de España (www.bde.es). "Sabe alguien si esto sirve de algo, o ya hay que ir por via judicial si o si?
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Jlbr47 23/01/24 12:28
Ha respondido al tema Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Buenas,Como ya comenté me devolvieron las gastos de una hipoteca, y estaba reclamando ahora los de otra, pero en este caso era una subrogación a hipoteca del promotor. Pues esta es la respuesta Resolución de la reclamación En este caso, hemos podido  constatar  que las cantidades  reclamadas derivan del otorgamiento  de una  escritura  de  compraventa  y  subrogación  y que,  por  lo tanto,  no  se incluyen  en el  ámbito objetivo  de  la  jurisprudencia del TS de  23  de enero de 2019,  que  se  refiere  a  gastos  de constitución  de hipoteca. Por este motivo,  les informamos  que debemos desestimar su reclamación Saludos
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Jlbr47 28/12/23 16:14
Ha respondido al tema Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Buenas,Doy fe de que son muy variables, por mi experienciaEn la primera devolución que he solicitado a Caixa, tardaron 2 días exactamente en responderme y darme la razónAhora he lanzado una segunda devolución de otra hipoteca también con ellos, y llevo desde el 15 de diciembre sin respuesta (al margen del acuse de recibo)Paciencia...Saludos,Jose
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Jlbr47 10/11/23 18:15
Ha respondido al tema Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Pues si que están rápidos, respuesta en dos días. Por si a alguno le es deutilidad, aceptan lo que ya se esperabaa) Arancel registral por la inscripción de la garantía hipotecaria: banco prestamista.b) Gastos de gestoría: banco prestamista.c) Arancel notarial de la escritura de constitución de la operación hipotecaria: por mitades.d) Gastos de tasación: banco prestamistae) Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: prestatario.f) Gastos derivados de la cancelación de la hipoteca: prestatario.Me han pedido la cuenta, si me lo ingresan, satisfecho con elloAunque me quedan otras dos batallas que seguramente inicie:1) Si los importes los devuelven sin intereses, reclamarlos. Han pasado más de 20 años en mi caso, puede ser un pico. Sabéis si se están devolviendo?2) Lanzar la misma petición de gastos para la hipoteca que tengo ahora aún vigente. En este caso es la típica 'subrogación a hipoteca promotor'. Al final lleva aparejados los mismos gastos, pero me saltan dudas con opiniones que leo en internet. Alguno es esa situación?Saludos,
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Jlbr47 08/11/23 11:07
Ha respondido al tema Devolución gastos hipoteca... ¿A alguien de este foro se los han devuelto?
Buenas!!Acabo de hacer la solicitud de gastos de una hipoteca que tuve (la cancelé hace 4 años) con Barclays y que contraté en 2002. Espero que no haya prescrito y se puedan acoger a cualquier cosa para no pagar. He reclamado notaría, tasación, gestoría, registro y ajd, que aun sabiendo que no me corresponde todo, a ver que reponden. Dejaré el tema de los intereses para más tarde si es que tengo éxito en esta primera parteUna duda, en los casos de subrogación a hipoteca de promotor, que es muy habitual en la compra de vivienda nueva, se puede reclamar de igual manera? He leído opiniones contrarias y no lo dejan claro. Ahí no hay seguro gastos de tasación, pero el resto deberían devolverlo no?Saludos,Jose 
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Jlbr47 02/05/23 08:52
Ha respondido al tema Venta acciones recibidas como retribución de la empresa
Buenas!!Al final aplique FIFO sobre todas. No encontre respuesta 100% concluyente, pero creo que es lo mas correcto. Mi banco me bloquea las acciones por cantidad y tiempo (X acciones 3 años), con lo que al final no dejas de cumplir la norma de tenerlas en cartera.Saludos.
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Jlbr47 21/08/21 08:43
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Buenas!Pues en mi caso fue para mi bastante sorprendente. Yo con Caixa ya no tenia relacion alguna, hipoteca cancelada y cuenta a cero.  Le comente lo sucedido a mi gestora de la entidad, con la que tenia poco trato. Me dijo que no sabia nada del tema pero que lo consultaba. En un par de dias me dice que me han hecho el ingreso en cuenta, imagina como me quede. Desconozco si es practica habitual, pero conmigo la respuesta fue impecable. Espero que tengas la misma suerte. Saludos. Jose
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Jlbr47 03/06/21 16:04
Ha respondido al tema Venta acciones recibidas como retribución de la empresa
Gracias por la respuesta. Yo creo también que no sería 'justo' (claro que hablando de hacienda...) el que no puedas operar libremente en el valor mientras dure el bloqueo. Al final como dices el propósito es que mantengas tu participación en la empresa, y eso lo sigues cumpliendo si mantienes el mismo número de acciones en carteraSaludos,Jose
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Jlbr47 01/06/21 17:00
Ha respondido al tema Venta acciones recibidas como retribución de la empresa
BuenasSigo buscando casos similares, ya que no termino de creerme que o he incumplido o debo esperar mas tiempo. Que os parece este (últimos dos párrafos)https://www.bizkaia.eus/ogasuna/guregida/noticia.asp?Idioma=ca&idregistro=900001626Habla de 5 años porque creo que en el Pais Vasco es más tiempo, pero básicamente concluye lo que yo veía como mas lógico (porque me conviene también), se aplica FIFO pero no inclumples el plazo por mantener valores homogeneosSaludos
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Jlbr47 28/05/21 11:22
Ha respondido al tema Venta acciones recibidas como retribución de la empresa
Gracias por la respuesta,No tengo claro si es un salario en diferido como dices. Las acciones están en mi cartera, pero tienen un bloqueo para que no puedan venderse antes de 3 años, y así mantenerlas exentas del pago de IRPFY de lo anterior me surge otra pregunta, y si no estuvieran bloqueadas, cambiaría el tema? Yo puedo querer cumplir con la obligación de mantenerlas en cartera los 3 años. El hecho de comparar más acciones libres me imposibilita vender dichas acciones sin incumplir?Como decía lo lógico sería que cuando opero se realice sobre las acciones 'libres' y por tanto el FIFO se salte  las acciones bloqueadas. Pero la otra opción es que hacienda 'permita' mover ese bloqueo (o sin bloqueo porque creo que no siempre se bloquean y es responsabilidad del propietario el mantenerlas) y que con mantener en cartera el número de acciones obtenidas como remuneración sea suficiente para que continúen estando exentasCada vez voy viendo más sentido a esta segunda opción, en contraposición a lo que pensaba al inicio. Así se mantiene el FIFO, y al final mientras mantengas en cartera el tiempo obligado (3 años) el número de acciones recibidas como salario, no dejas de cumplir con el requisito (o eso espero)SaludosJose
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Jlbr47 25/05/21 17:43
Ha respondido al tema Venta acciones recibidas como retribución de la empresa
Sabéis si hay algún teléfono o buzón donde hacer una consulta vinculante, la verdad es que según aplique uno (FIFO) u otro criterio (Bloqueos tranchas específicas) me cambia mucho la foto, y puedo necesitar otras operaciones para no declarar tantas perdidasGraciasJose
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Jlbr47 23/05/21 19:38
Ha respondido al tema Venta acciones recibidas como retribución de la empresa
Las acciones me las entrega mi empresa, que es la propia entidad financiera donde quedan depositadas. Son mias pero les ponen un boqueo de manera que no me salen disponibles para la venta, pero si suman a mi cartera. Es por ello que cuando dice por ejemplo: 1000 acciones, disponibles 500, solo me deja vender como maximo 500 y por ello doy por hecho que no estoy incumpliendo nada. Tras vender me siguen quedando el mismo numero bloqueadas, y se iran desbloqueando en el futuro cuando procedaPor ello mi duda era no tanto si incumplia, sino si debia asumir como bloqueadas las tranchas concretas que me habia entregado la empresa en fechas concretas (y contabilizar asi las perdidas o ganancias) o aplicar el criterio fifo con el que el banco me muestra que se ha ejecutado mi orden de venta. Gracias por vuestras respuestas!
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Jlbr47 21/05/21 21:56
Ha respondido al tema Venta acciones recibidas como retribución de la empresa
Ufff. Llegado a este punto, quiero entender que al final a hacienda le valga con tener las x acciones bloqueadas y sin venderse. Logicamente si compro mas, no pueden bloquearme tambien esas para la venta. No se, al final si mantienes x acciones el tiempo definido debiera ser lo mismoInsisto en que quiero verlo asi porque me conviene y es lo que veo logico, pero lo que quiero es saber lo que va a considerar haciendaGracias!
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Jlbr47 21/05/21 18:26
Ha respondido al tema Venta acciones recibidas como retribución de la empresa
GraciasHe metido la pata hasta el fondo porque he vendido asumiento que me quedaba a 0, y resulta que por Fifo tengo perdidas importantesEntiendo que es correcto que sigan quedando bloqueadas el mismo numero, que se iran desbloqueando las tranchas segun se cumplan sus tres años y que no he incumplido nada porque tengo en cartera y bloqueadas el numero adecuadoCorrecto?
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